AYUDAS AL ALUMNADO DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA CULINARIA, MARIDAJES, ARROCES Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (UA) PARA SUFRAGAR GASTOS REALIZADOS DE MATRÍCULA. CURSO ACADÉMICO 2020/21. (SUFRAGADA POR EL PROGRAMA DE ESTUDIOS PROPIOS EN ARROZ Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA)

Fecha de aprobación
07/05/2021
Fecha de publicación
10/05/2021
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: AYUDAS AL ALUMNADO DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA CULINARIA, MARIDAJES, ARROCES Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (UA) PARA SUFRAGAR GASTOS REALIZADOS DE MATRÍCULA. CURSO ACADÉMICO 2020/21. (SUFRAGADA POR EL PROGRAMA DE ESTUDIOS PROPIOS EN ARROZ Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA)

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 7 de mayo de 2021

AYUDAS AL ALUMNADO DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA CULINARIA, MARIDAJES, ARROCES Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (UA) PARA SUFRAGAR GASTOS REALIZADOS DE MATRÍCULA. CURSO ACADÉMICO 2020/21. (SUFRAGADA POR EL PROGRAMA DE ESTUDIOS PROPIOS EN ARROZ Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA)

Objeto

El objeto de estas ayudas es sufragar parcialmente gastos de matrícula del alumnado del Especialista en ciencia y tecnología culinaria, maridajes, arroces y alta cocina mediterránea de la Universidad de Alicante (UA), en régimen de concurrencia competitiva, en el curso académico de la presente convocatoria.

Finalidad

La finalidad de esta ayuda es evitar la exclusión de los estudios superiores en la Universidad de Alicante por razones económicas, prestando especial atención a las personas con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y personas con dependencia y/o discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia en los estudios universitarios.

Personas beneficiarias

Podrá solicitar la ayuda el alumnado matriculado en Especialista en ciencia y tecnología culinaria, maridajes, arroces y alta cocina mediterránea de la Universidad de Alicante.

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda será de 1.000 euros, cantidad correspondiente a parte de los gastos de matrícula.

Nº de ayudas que se ofrecen

UNA

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles y se inicia el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA.

Requisitos

Estar matriculada o matriculado en el curso 2020/21 en Especialista en ciencia y tecnología culinaria, maridajes, arroces y alta cocina mediterránea de la Universidad de Alicante (UA), en 30 créditos ECTS.

La percepción de una ayuda dentro de esta convocatoria es incompatible con otras becas o ayudas de matrícula financiadas con fondos públicos o privados con el mismo fin.

Solicitudes

Las solicitudes para la presente convocatoria de ayuda deberán cumplimentarse en el modelo que estará disponible en la siguiente dirección del Programa de Estudios Propios en Arroz y Alta Cocina Mediterránea (https://masterarrocesyaltacocina.ua.es/).

En el formulario de solicitud se indicará expresamente si se ha solicitado o no cualquier otra ayuda pública o privada, indicando cuál según el caso, si procede. En el momento que se comprobara que la información facilitada no es veraz, ello conllevaría la exclusión del solicitante de la presente convocatoria.

El formulario de solicitud, una vez cumplimentado y firmado, irá dirigido al PROGRAMA DE ESTUDIOS PROPIOS EN ARROZ Y ALTA COCINA MEDITERRÁNEA APLICADA (Secretaría de la Sede Universitaria Ciudad de Alicante, C/ Ramón y Cajal, nº 4, CP: 03001, Alicante) y se presentará en el Registro General de la Universidad de Alicante, o en sus registros auxiliares, acompañado de la documentación:

- Currículum vitae completo

- Vida laboral

- Documentos oficiales que permitan conocer los datos familiares y el nivel de renta de los solicitantes.

- Acreditación de los ingresos económicos de la unidad familiar (en el caso de alumnos/as españoles/as, la última declaración del IRPF del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar con la que convive el solicitante, o en su caso, certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de no existir obligación de presentar la declaración del IRPF de todas las personas anteriores).

- Título de familia numerosa (en su caso).

Las y los interesados que presenten solicitud de ayuda en esta convocatoria autorizan al Universidad de Alicante a solicitar información a la secretaría de Centro de Formación Continua sobre el coste de su matrícula de Especialista en ciencia y tecnología culinaria, maridajes, arroces y alta cocina mediterránea y/o Máster en arroces y alta cocina mediterránea aplicada y la situación de su expediente, y a la Unidad de Becas sobre la tramitación de otras becas y ayudas públicas solicitadas por el interesado o la interesada.

Obligaciones

El alumnado beneficiario está obligado a pagar el importe de total de la matrícula y a cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.

Criterios de adjudicación de las ayudas.

Las ayudas se concederán a aquellas personas que obtengan la máxima valoración al sumar las puntuaciones de los siguientes apartados.

- Valoración del currículo vitae que le ha dado acceso a los estudios: Hasta 3 puntos.

La valoración del currículo vitae se realizará como sigue:

1. Formación acreditada relacionada con gastronomía, restauración: 1 punto

2. Experiencia laboral acreditada como cocinero/a, chef: 1,5 puntos

3. Otros méritos relevantes: 0,5 puntos

Las calificaciones que haya obtenido hasta el momento en el título propio no podrán ser tenidas en cuenta para la concesión de la beca.

- Valoración de los datos económicos y familiares: Hasta 1 punto.

Serán excluidas las personas candidatas que hayan obtenido otra ayuda con fondos públicos o privados para el mismo fin o hayan obtenido una beca, ayuda o contrato en cuyas bases se recoja la exención de tasas académicas del máster cursado. Para ello se solicitará declaración jurada de no ser o haber sido beneficiaria o beneficiario de otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados para el mismo fin.

Comisión evaluadora

Las solicitudes admitidas serán evaluadas por una Comisión de Valoración, integrada por el Vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas, la Directora del Centro de Formación Continua, la Directora del Secretariado de Estudios, la Secretaria del Centro de Formación Continua y un representante del Centro, Departamento o Instituto responsable del título. La Comisión estará presidida por el Vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas o persona en quien delegue, actuando como Secretaria de la Comisión la Secretaria del Centro de Formación Continua.

Notificaciones

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web del Programa de Estudios Propios en Arroz y Alta Cocina Mediterránea (https://masterarrocesyaltacocina.ua.es/) sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Marco legal y presupuestario

La dotación máxima para esta convocatoria es de 1.000€ y será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 20804B0001 de créditos del presupuesto del PEP en Arroz y Alta Cocina Mediterránea. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disposición de liquidez de la UA.

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

Resolución

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases, por lo que las personas beneficiarias de las ayudas quedarán obligadas a su estricto cumplimiento.

El incumplimiento de las normas y requisitos establecidos en estas bases, así como las demás causas establecidas en la legislación de subvenciones, serán causa de reintegro total de las ayudas concedidas.

El plazo de resolución es de un mes máximo computado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes

La resolución del procedimiento se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la publicación en la página web del Programa de Estudios Propios en Arroz y Alta Cocina Mediterránea (https://masterarrocesyaltacocina.ua.es/)

Pago de la ayuda

Se abonará mediante transferencia bancaria.

A partir de la fecha de resolución, se abonará la dotación de la ayuda en la cuenta bancaria consignada en el impreso de solicitud.

A la ayuda se le aplicará la retención que marque la legislación vigente en materia fiscal.

Justificación de las ayudas por parte de las personas beneficiarias

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad, será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.

Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, se hace constar que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados en el formulario de solicitud, así como aquellos contenidos en la documentación que lo acompañe, con la finalidad de registrar y gestionar académica y administrativamente la participación de la persona solicitante en esta convocatoria.

La legitimación de este tratamiento se basa en el interés público de la convocatoria y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es).

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante se puede consultar en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas de la Comisión evaluadora, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.

No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.

Alicante, 7 de mayo de 2021

La Rectora,

P.D. de firma, el Vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Francisco José Torres Alfosea