CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE PRESELECCIÓN PARA CUBRIR CON CONTRATO LABORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL INVESTIGADOR/A PREDOCTORAL EN FORMACIÓN PARA EL PROYECTO: "MICROECONOMÍA APLICADA A TEMAS DE ECONOMÍA LABORAL, ECONOMÍA DE LA SALUD Y GÉNERO" DEL DEPARTAMENTO DE FUNDAMENTOS DEL ANÁLISIS ECONÓMICO. REFERENCIA: I-PI 64-22.

Fecha de aprobación
20/06/2022
Fecha de publicación
21/06/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE PRESELECCIÓN PARA CUBRIR CON CONTRATO LABORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL INVESTIGADOR/A PREDOCTORAL EN FORMACIÓN PARA EL PROYECTO: "MICROECONOMÍA APLICADA A TEMAS DE ECONOMÍA LABORAL, ECONOMÍA DE LA SALUD Y GÉNERO" DEL DEPARTAMENTO DE FUNDAMENTOS DEL ANÁLISIS ECONÓMICO. REFERENCIA: I-PI 64-22.

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 20 de junio de 2022

REFERENCIA: I-PI 64-22

CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE PRESELECCIÓN PARA CUBRIR CON CONTRATO LABORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL INVESTIGADOR/A PREDOCTORAL EN FORMACIÓN PARA EL PROYECTO: "MICROECONOMÍA APLICADA A TEMAS DE ECONOMÍA LABORAL, ECONOMÍA DE LA SALUD Y GÉNERO" DEL DEPARTAMENTO DE FUNDAMENTOS DEL ANÁLISIS ECONÓMICO

Organismo Financiador: Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (GV)

Referencia: CIGRIS/2021/013

La Universidad de Alicante, dentro de las Ayudas del Programa Santiago Grisolía incluidas en la Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se convocan, para el ejercicio 2022 subvenciones del Programa para la promoción de la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en la Comunitat Valenciana (DOGV de 30 de septiembre),y de acuerdo a lo establecido en su Normativa reguladora de las convocatorias para la selección de personal investigador contratado en régimen laboral temporal y su contratación, aprobada por Consejo de Gobierno 29 de junio de 2021 (BOUA de 30 de junio de 2021) y en la Instrucción de la Secretaría General y de la Gerencia por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección para la contratación temporal en régimen laboral de personal de administración y servicios y de personal investigador y demás normativa general de aplicación, convoca proceso de preselección para cubrir un puesto de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Número de plazas: Una.

2. Características de la plaza.

La celebración del contrato, así como la duración del mismo estará supeditada a la resolución de la concesión de la ayuda.

- Figura: Investigador/a Predoctoral en Formación.

- Jornada: 37,5 horas/semana, en horario de mañana/tarde.

- Retribución: 1.435 € brutos/mensuales, (pagas extra prorrateadas en la mensualidad).

- Duración inicialmente prevista del contrato: 12 meses.

En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto, la disponibilidad presupuestaria del mismo, la lectura y defensa de la tesis doctoral y al informe anual de seguimiento.

De conformidad con lo previsto en el acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2022, por el cual se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que no existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en la categoría de Investigador/a Predoctoral en Formación.

3. Objeto.

Colaborar en el proyecto de investigación: "Microeconomía Aplicada a temas de Economía Laboral, Economía de la Salud y Género", desempeñando las siguientes funciones:

- Realizar tareas de investigación en Microeconomía Aplicada, bajo la supervisión del investigador principal.

- Participar en los seminarios de investigación del departamento.

- Participar en la organización de seminarios, workshops, reuniones científicas y demás actividades relacionadas con la investigación.

- Y cualquier otra tarea afín al puesto que pueda surgir de la ejecución del proyecto.

4. Perfil de la Plaza. Se valorará:

- Experiencia y formación relacionada con el objeto de la convocatoria y en Microeconomía Aplicada.

- Titulación: Máster en Economía Cuantitativa u otro máster cuyo contenido puede considerarse equivalente.

- Idioma: Conocimientos de inglés.

5. Requisitos del personal aspirante.

El cumplimiento de los requisitos relacionados a continuación deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.

- Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de i) Licenciatura en Economía, o ii) Grado en Economía, o la equivalente en su país, expedida por una Universidad o institución no perteneciente a la Unión Europea, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 1 de enero de 2017.

En el caso de aquellas personas que hayan disfrutado de permisos derivados de maternidad o paternidad con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el régimen general de la Seguridad Social o por la atención a personas en situación de dependencia -con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre-; o por situación de incapacidad temporal derivada de una enfermedad grave o una situación derivada de violencia de género, se ampliará un año por cada permiso de maternidad o paternidad o por una situación de las citadas, tenidos con posterioridad al 1 de enero de 2017.

Para aquellas personas que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años por un periodo de tiempo no inferior a un año, en los cuatro años anteriores a la obtención del título, la fecha de finalización de estudios se extenderá hasta el 1 de enero de 2014.

- Estar admitido en el programa de doctorado de Economía (E003) de la Universidad de Alicante en el momento de su contratación.

- Poseer un conocimiento de español, valenciano o inglés, a nivel de conversación, adecuado para el desarrollo del trabajo de investigación.

- No estar en posesión del título de doctor.

- No haber disfrutado de una beca o ayuda del Programa Santiago Grisolía.

- Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre). En el caso establecido en el punto 4 de este artículo, cuando se requiera la residencia legal en España, se deberá estar en posesión de la misma en el momento de la formalización y firma del contrato de trabajo.

- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas, para lo que, con carácter previo a la firma del contrato, se deberá aportar certificado médico que acredite poseer dichas capacidades y aptitudes. A estos efectos los reconocimientos se podrán realizar a través de los servicios médicos existentes en el servicio de prevención de la Universidad de Alicante.

- No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6. Presentación telemática de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán en el plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA), la correspondiente solicitud, que habrá  de ser cumplimentada a través de Sede electrónica, (https://seuelectronica.ua.es/) Trámites- Solicitud de plazas de personal investigador para proyectos de investigación o accediendo a la siguiente dirección:

En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en esta base 6.1.

Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se recomienda una resolución de 200ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb.

Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la Sede Electrónica.  En "Instrucciones para cumplimentar y presentar la solicitud E-administración" que se encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección y Formación, Acceso PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes.

6.1. Documentación digitalizada a adjuntar a la solicitud.

Deberán anexarse en el apartado "Documentos adjuntos" de la aplicación informática:

- Copia del DNI, o en caso de personas extranjeras, del documento que acredite su identidad, fecha de nacimiento y nacionalidad. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada seleccionando en tipo de documento "DNI" u "Otro documento identificativo de identidad".

- Copia del título académico que se requiere para poder participar en la convocatoria o del depósito para la expedición del mismo. En el caso de haber finalizado los estudios requeridos con fecha anterior al 1 de enero de 2017 copia de los documentos justificativos que acrediten la posibilidad de acogerse a esta opción. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada seleccionando en tipo de documento "Requisito de titulación".

Copia del certificado académico oficial donde figurará la titulación que se posea y las calificaciones obtenidas y sus fechas, con una traducción al español, (si no se presentase no podrá ser valorada en el apartado correspondiente del baremo). La documentación requerida en este punto deberá será adjuntada seleccionando en tipo de documento "Certificación académica.

- Aquellos documentos acreditativos de la titulación que se presenten en un idioma distinto de alguno de los oficiales en la Comunidad Valenciana, deberán ir acompañados de traducción por intérprete jurado

- Modelo de Currículum de la Universidad de Alicante para Personal Investigador en Proyectos de Investigación, disponible en la misma página web, que deberá anexarse en el apartado "Modelo de CV" y copias de los documentos que acrediten los méritos alegados; y para el apartado "12. Actividades de carácter profesional", se acompañará, además, del informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los contratos de trabajo o certificado de servicios prestados, caso de ser empleo público. Todas las copias de los documentos acreditativos del Curriculum Vitae deberán incluirse en los apartados I a IV de la aplicación informática. Podrán agruparse todos los documentos correspondientes a un apartado y adjuntarse en un único documento.

- Declaración jurada indicando que no se está en posesión del título de Doctor y que no se ha disfrutado una beca o ayuda del Programa Santiago Grisolía. Se adjuntará seleccionando en tipo de documentos "Otros".

- En caso de aspirantes cuyo país de origen no tenga el español o inglés como idioma oficial, documentación acreditativa del conocimiento de alguno de los dos. Se adjuntará seleccionando en tipo de documentos "Requisito lingüístico".

En cualquier momento del proceso, se podrá solicitar a la persona aspirante la presentación de los originales de los documentos presentados y, en su caso, de la traducción por intérprete jurado de los mismos. 

7. Notificaciones a aspirantes.

De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre anteriormente referenciada, las publicaciones detalladas en estas bases, así como la información de otros actos que de ella se deriven de la presente convocatoria que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, a efectos de notificación se realizarán en Sede electrónica/ Carpeta de Expedientes en el apartado "Otros documentos generales", sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Se podrán consultar a título informativo en la página web del Servicio de Selección y Formación-Acceso PDI I https://s.ua.es/9rMl

En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.

En el caso de tener que realizar alguna notificación individual se realizará a través del sistema de notificación electrónica de la UA.

8. Relación de personas admitidas y excluidas.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará, en Sede electrónica, la relación provisional de personas admitidas y excluidas. A partir del día siguiente de su publicación las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de subsanaciones o reclamaciones, que tramitarán accediendo a su expediente electrónico. No se admitirá documentación acreditativa de los méritos una vez finalizado este plazo.

Transcurrido este, se publicará, en Sede electrónica, la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

9. Comisión de Selección.

La comisión encargada de resolver la convocatoria estará compuesta por 5 miembros de pleno derecho y sus suplentes. Cada sindicato presente en la mesa negociadora podrá proponer la participación de una observadora o un observador.

El nombramiento de los miembros se hará público antes del acto de constitución en Sede electrónica.

La comisión velará porque queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, así como la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad adoptando en el procedimiento las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.

10. Sistema de selección.

Baremación de méritos, la Comisión valorará los méritos alegados por el personal aspirante en el currículo, una vez acordados los criterios de valoración específicos ajustados a los criterios generales, que figuran en el Anexo I de la normativa de la UA referenciada al inicio de la convocatoria. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias establecido en la base 6.

Los resultados provisionales, junto con los criterios de valoración específicos del baremo, se publicarán, en Sede electrónica, con un plazo de reclamaciones, establecido por la Comisión de, al menos, 3 días hábiles. Vistas las reclamaciones o transcurrido dicho plazo sin haber presentado ninguna, se publicarán los resultados definitivos.

Realizada la propuesta de provisión definitiva, que se hará pública en Sede electrónica, la Comisión podrá acordar la constitución de una bolsa de trabajo con el resto de aspirantes, ordenada por puntuación de mayor a menor, que podrá utilizarse en el caso de renuncia de la persona preseleccionada, su baja definitiva o para cubrir necesidades posteriores de plazas con las mismas características para el mismo proyecto.

11. Preselección.

La Comisión, para la elaboración de la propuesta de preselección sumará las puntuaciones obtenidas y las ordenará de mayor a menor, correspondiendo la propuesta a la o al aspirante con mayor puntuación. En el caso de que en la base 2ª se haya hecho constar infrarrepresentación de alguno de los géneros y se produjese un empate en la puntuación total del proceso, para dirimir dicho empate se aplicarán las Instrucciones para resolver empates en procesos selectivos, aprobadas en Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28 de octubre).

La propuesta de la Comisión se elevará a la Rectora, para su resolución, que se hará pública en Sede electrónica, tras la cual se formalizará contrato laboral a través del Servicio de Gestión de Personal Docente y cuyas condiciones de trabajo podrán sufrir modificaciones sustanciales al amparo de los artículos 12.4.e) y 41 del Estatuto de los Trabajadores.

A la vista de los resultados de la aplicación del sistema de selección, y en caso de evidenciarse la inadecuación de los méritos del personal aspirante al perfil y objeto de la convocatoria, se podrá declarar motivadamente la no preselección del puesto convocado.

12. Firma del contrato.

Se realizará en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación por parte de la Unidad de Gestión de Personal Docente e Investigador a la persona preseleccionada que puede formalizar el contrato. Para ello, deberá presentar, mediante instancia genérica a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante (disponible en la sede electrónica de la Universidad de Alicante), o a través de Uacloud-eadministración-trámites-instancia genérica, la documentación requerida por la Unidad de Gestión de Personal Docente e Investigador. El plazo indicado en esta base podrá ser ampliado por petición motivada, formulada con anterioridad a la expiración del mismo, de la investigadora o investigador solicitante de la plaza o de la persona propuesta. El Vicerrectorado de Investigación, oída la investigadora o investigador solicitante de la plaza y el responsable de la unidad de destino, podrá conceder la ampliación.

13. Protección de datos personales.

Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en su carácter de responsable e incorporados a la actividad de tratamiento "113 - Convocatorias de concurso para la provisión de plazas de personal investigador". La finalidad de dicho tratamiento de datos personales será la gestión y resolución de la convocatoria. La legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público. 

Sus datos no podrán ser cedidos salvo obligación legal. No están previstas transferencias internacionales.

Los  derechos de acceso, rectificación, supresión, entre otros, en relación con el tratamiento de sus datos se podrán ejercitar ante el Gerente de la Universidad mediante solicitud con fotocopia del documento de identidad, presentada en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica (https://seuelectronica.ua.es). La Universidad ha designado un Delegado de Protección de Datos, con el cual se puede contactar a través de la dirección de correo electrónico (dpd@ua.es). Asimismo, le informamos que tiene derecho a presentar una reclamación ante la AEPD. Además, la UA cuenta con una política de privacidad la cual puede ser consultada en el sitio web: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

14. Recursos.

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la Rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015 . Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones de la Comisión de selección, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la Rectora como órgano competente para resolverlo.

No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.

La Rectora

P.D. (Resolución Rectoral 22/12/2020)

El Vicerrector de Investigación

Juan Mora Pastor