REFERENCIA: I-PAS-20/16CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA TÉCNICO PARA COLABORAR EN EL PROYECTO ""MULTIFUNCIONALIDAD DE PIPX Y REDES DE SEÑALIZACIÓN"" DEL DEPARTAMENTO DE FISIOLOGÍA, GENÉTICA Y MICROBIOLOGÍA.

Fecha de aprobación
23/05/2016
Fecha de publicación
07/06/2016
Órgano competente
Vicerrectora de Investigación y Transferencia de Conocimiento
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: REFERENCIA: I-PAS-20/16CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA TÉCNICO PARA COLABORAR EN EL PROYECTO ""MULTIFUNCIONALIDAD DE PIPX Y REDES DE SEÑALIZACIÓN"" DEL DEPARTAMENTO DE FISIOLOGÍA, GENÉTICA Y MICROBIOLOGÍA.

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Vicerrectora de Investigación y Transferencia de Conocimiento

Fecha de aprobación: lunes, 23 de mayo de 2016

REFERENCIA: I-PAS-20/16

CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR, CON CONTRATO TEMPORAL, DOS PLAZAS DE ESPECIALISTA TÉCNICO PARA COLABORAR EN EL PROYECTO “MULTIFUNCIONALIDAD DE PIPX Y REDES DE SEÑALIZACIÓN” DEL DEPARTAMENTO DE FISIOLOGÍA, GENÉTICA Y MICROBIOLOGÍA.

La Universidad de Alicante, de acuerdo a lo establecido en su Normativa reguladora de las convocatorias para la selección de personal de administración y servicios contratado en régimen laboral en los proyectos de investigación, disponible en la siguiente dirección de su página web:

http://ssyf.ua.es/es/seleccionpas/normativa.html,

aprobada por Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2009 (BOUA de 15 de enero de 2010), y demás normativa general de aplicación, convoca oferta pública para cubrir puesto/s de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

1ª. Número de plazas: dos.

2ª. Características de las plazas:

- Puesto de trabajo: Especialista técnico.

- Jornada: completa en horario de mañana/tarde.

- Retribución: 850 € brutos mensuales más las pagas extras correspondientes según la normativa vigente.

- Duración inicialmente prevista del contrato: 6 meses.

En todo caso, la duración del contrato estará vinculada al objeto de la presente convocatoria, a la duración del proyecto y a la disponibilidad presupuestaria del mismo.

De conformidad con lo previsto en el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 17 de diciembre de 2013, por el que se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que existe infrarrepresentación de hombres en los puestos de especialista técnico contratados en régimen laboral en los proyectos de investigación, por lo que la Universidad de Alicante, comprometida con principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, anima especialmente al colectivo de hombres a participar en esta convocatoria.

3ª. Objeto: Colaborar en el proyecto de investigación “Multifuncionalidad de PipX y redes de señalización” realizando las siguientes tareas:

- Obtención y mantenimiento de estirpes de cianobacterias.

- Ensayos enzimáticos, cuantificaciones de proteínas, pigmentos y ácidos nucleicos.

- Clonación molecular.

- Análisis bioinformáticos.

- Estudio de interacciones y coevolución de proteínas.

4ª. Perfil de las plazas: Se valorará:

- Experiencia y formación relacionada con el objeto de la convocatoria y en manipulación y cultivos de cianobacterias.

- Titulación: Se valorarán las siguientes titulaciones:

· Licenciatura en Biología o los títulos de Grado que se correspondan con dicha licenciatura.

· Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.

· Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.

· Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico.

· Técnico en Laboratorio.

· Técnico en Operaciones de Laboratorio.

5ª. Requisitos del personal aspirante: El cumplimiento de los requisitos relacionados a continuación deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato:

- Estar en posesión o haber abonado los derechos para la expedición del título de Bachiller, Técnica o Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

- Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre).

- Tener un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desempeño del puesto de trabajo.

- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.

6ª. Presentación de instancias: Las instancias están disponibles en la siguiente dirección de la página web de la Universidad, Servicio de Selección y Formación - Selección y Provisión PAS-:

http://ssyf.ua.es/es/seleccionpas/plazas-temporales/actual

y podrán presentarse en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad (Edificio de Rectorado y Servicios General es del Campus de San Vicente) o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, en el plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA).

Se podrán emplear los cauces establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), preferentemente a través de las Oficinas de Correos, en cuyo caso la solicitud que se presente deberá ir en sobre abierto para que el personal de Correos pueda estampar en ella el sello con la fecha de presentación antes de su certificación.

En ningún caso se admitirá la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante.

A la instancia se adjuntará:

- Fotocopia del DNI. Las o los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia del NIE, o si no disponen de éste último, fotocopia del Pasaporte o de otro documento de su país de origen que acredite su identidad, edad y nacionalidad.

- Fotocopia del título académico que se requiere para poder participar en la convocatoria (base 5ª) o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

- Modelo de Currículum

dela Universidad de Alicante para Personal de Administración y Servicios en Proyectos de Investigación, disponible en la misma página web referenciada para la instancia y acompañado de fotocopias de todos los méritos alegados en el mismo, y para el apartado ‘6. Actividades de carácter profesional’ se acompañará del informe de vida laboral expedido por la tesorería general de la seguridad social y los contratos de trabajo. Cuando de los datos contenidos en el contrato de trabajo no se desprenda la relación con el objeto y perfil de la convocatoria, se complementará con un certificado de la empresa donde consten las funciones desarrolladas.

La comisión no valorará aquellos méritos aportados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, si éstos no han sido previamente relacionados en el currículum que se adjunta a la instancia.

En cualquier momento del proceso, se podrá solicitar al personal aspirante la presentación de los originales de los documentos presentados y, en su caso, de la traducción por intérprete jurado de los mismos.

7ª. Relación de aspirantes admitidos y excluidos: Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. A partir del día siguiente de su publicación las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de posibles subsanaciones. Transcurrido éste se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

8ª. Comisión de selección: La comisión encargada de resolver la convocatoria estará compuesta por 5 miembros y sus suplentes: Presidenta o Presidente, Secretaria o Secretario y 3 vocales y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus componentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas.

El nombramiento de los miembros se hará público antes del acto de constitución.

La comisión velará porque queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

9ª. Sistema de selección con dos fases:

a) Prueba: Se realizará una prueba relacionada con el objeto y perfil de la convocatoria, que tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. Será necesaria una puntuación mínima de 3 puntos para que sean considerados y baremados los currículos presentados. Para su realización se convocará al personal aspirante con una antelación mínima de 4 días hábiles.

b) Baremación de méritos: La comisión valorará los méritos alegados por el personal aspirante en sus currículos de acuerdo con el baremo que figura en el ANEXO II de la Normativa de la UA referenciada al inicio de la convocatoria y previo acuerdo de los criterios de valoración específicos de aquellos apartados que lo requieran. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias establecido en la base 6ª.

Los resultados provisionales de ambas fases, en la segunda junto con los criterios de valoración específicos del baremo, se publicarán con un plazo de reclamaciones establecido por la Comisión de al menos 3 días hábiles. Vistas las reclamaciones o transcurrido dicho plazo sin haber presentado ninguna, se publicarán los resultados definitivos.

10ª. Adjudicación: La Comisión para la elaboración de la propuesta de adjudicación sumará las puntuaciones obtenidas y las ordenará de mayor a menor; correspondiendo la propuesta de adjudicación a la o al aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se elevará al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Conocimiento, para su adjudicación, tras la cual se formalizará contrato laboral a través del Servicio de Gestión de Personal y cuyas condiciones de trabajo podrán sufrir modificaciones sustanciales al amparo de los artículos 41 y 12.4.e) del Estatuto de los Trabajadores.

A la vista de los resultados de la aplicación del sistema de selección, y en caso de evidenciarse la inadecuación de los méritos del personal aspirante al perfil y objeto de la convocatoria, se podrá declarar motivadamente la no adjudicación del puesto convocado.

11ª. Notificaciones a las o los aspirantes: A efectos de notificación y de acuerdo con el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las publicaciones detalladas en estas bases, así como la información de otros actos que de ella se deriven que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, se realizarán en la dirección de la página web del Servicio de Selección y Formación siguiente:

http://ssyf.ua.es/es/seleccionpas/plazas-temporales/actual

En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.

12ª. Protección de datos de carácter personal: Los datos de carácter personal aportados por el personal aspirante quedarán incluidos en el fichero automatizado de Personal de esta Universidad, que se compromete a no hacer un uso distinto de aquel para el cual han sido solicitados, según la resolución de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2002, por la que se regula los ficheros automatizados de datos de carácter personal (DOCV de 15 de enero de 2003).

La Universidad de Alicante informa asimismo, sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, de oposición, que prevé el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos; que deben ser ejercidos, por escrito, ante el Gerente de esta Universidad.

13ª. Recursos: Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones de la Comisión de valoración, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como órgano competente para resolverlo.

Alicante, 23 de mayo de 2016

Vicerrectora de Investigación

y Transferencia de Conocimiento,

Fdo.: Amparo Navarro Faure