PRÁCTICAS BECADAS EN EL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL ESTADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 31 / 2023-2024)

Fecha de aprobación
23/04/2024
Fecha de publicación
26/04/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: PRÁCTICAS BECADAS EN EL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL ESTADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 31 / 2023-2024)

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 23 de abril de 2024

PRÁCTICAS BECADAS EN EL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL ESTADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 31 / 2023-2024)

CURSO 2023-2024

1.   Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de unas prácticas becadas en el departamento de Estudios Jurídicos del Estado de la Universidad de Alicante, con la finalidad de facilitar al alumnado la posibilidad de aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le prepare para el ejercicio de actividades profesionales, facilite su empleabilidad y fomente su capacidad de emprendimiento. El proyecto formativo, las actividades propuestas y las condiciones son las siguientes:

1. 1. Descripción de las actividades formativas:

Formación complementaria, mejora y especialización profesional en el área de trabajo de Ciencia Política, Derecho y Relaciones Internacionales, concretamente en:

- Soporte y ayuda en la organización de conferencias y otras actividades relacionadas con la temática del ODS número 16: paz y justicia e instituciones sólidas.

- Tareas de documentación relacionadas con el ODS 16 y el blog Paz y Justicia UA.

- Tareas relacionadas con la difusión y publicidad de las actividades de la Cátedra Paz y Justicia UA.

- Colaboración en la organización del Congreso "Conflictos globales: la inclusión del otro".

Jornada: 20 horas/semana, en horario de mañana o tarde.

Modalidad: Se combinará la actividad presencial y no presencial. La actividad presencial se desarrollará en el departamento de Estudios Jurídicos del Estado, área de Ciencia Política y de la Administración, de la Universidad de Alicante, ubicada en la Facultad de Derecho, código SIGUA 0011PB015.

Fecha de inicio prevista de las prácticas: a partir de inicios/mediados de mayo de 2024. Con una duración de cuatro (4) meses, prorrogables en los casos que establezca la Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante.

2.   Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar esta BECA, los/as estudiantes que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

·        Estén matriculados/as en la Universidad de Alicante durante el curso académico 2023-24 en la titulación oficial de grado de Relaciones Internacionales, Historia, Humanidades, Traducción e Interpretación (alemán, francés, inglés), Español (Lengua y Literatura), Estudios Franceses, Estudios Ingleses, Sociología, Derecho o Criminología.

·         No mantengan relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con la Universidad de Alicante.

·         Cumplan los requisitos para poder realizar unas prácticas a través de su Centro, según la normativa aplicable (Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante).

·         La concesión de esta beca será incompatible con la obtención de cualquier otra beca o ayuda económica que tenga la misma finalidad durante el período de duración de las prácticas (a excepción de las becas de ayudas al estudio), por lo que en caso de coincidencia se deberá renunciar a la otra beca para que ésta sea adjudicada. Asimismo, será incompatible con la percepción de sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada con la Universidad de Alicante.

3. Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 1.

Beca: 700 € brutos mensuales.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1493/2011 se tramitará la inclusión del / de la estudiante en prácticas en el Régimen General de la Seguridad Social. Para ello el estudiante o la estudiante en prácticas deberá facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria una vez requerida.

4.        Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la práctica será de 5 días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA).

4.2. Procedimiento de presentación

Las solicitudes, dirigidas a la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad se presentarán únicamente a través de la e-Administración en UACloud (e-Administración>Trámites>Académicos>Solicitud de Prácticas Becadas), se elegirá el formulario específico de la respectiva convocatoria, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

  • Currículum y carta de motivación
  • Documentación que acredite los méritos alegados en el currículum (sólo aquella que no haya sido expedida por la Universidad de Alicante).
  • Declaración responsable

IMPORTANTE: A la hora de subir los documentos (en pdf) a la plataforma, éstos deberán presentarse por separado (no comprimidos).

AVISO: No se admitirán solicitudes presentadas por otra vía que no sea a través de UACloud: eAdministración>Trámites>Académicos>Solicitud de Prácticas Becadas en la UA

5.    Criterios de adjudicación

La comisión encargada de resolver la asignación de las prácticas (compuesta según se detalla en el punto 6.2) valorará las solicitudes presentadas y que cumplan los requisitos de acuerdo con el baremo que se detalla a continuación.  Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

Los y las solicitantes que estén admitidos en la convocatoria, estarán obligados/as a acudir a la entrevista, en caso de no presentarse decaerá en su derecho a continuar en el proceso de asignación de las prácticas.

Cuando el número de candidatos/as no sea superior al de las prácticas ofertadas en la convocatoria, se prescindirá de la entrevista.

La asignación de las prácticas se realizará siguiendo el siguiente baremo:

1. Nota media del expediente académico de grado (Máximo 2 puntos):

 (Nota media de la calificación global del expediente de grado*2) / 10

2.  Entrevista personal (Máximo 2 puntos):

Los criterios para valoración son:  

2.1 Capacidad de respuesta del/de la candidato/a: 0.5 puntos.

2.2 Claridad en la exposición: 0.5 puntos.

2.3 Motivación y entusiasmo: 0.5 puntos.

2.4 Capacidad para identificar y resolver problemas: 0.5 puntos.

6.   Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, UNIDAD DE PRÁCTICAS del Servicio de Alumnado, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web de la unidad de Prácticas https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/convocatorias-ua/practicas-en-la-ua.html  una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y se dará un plazo de 3 días hábiles para las posibles subsanaciones a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación.

Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, será la comisión de selección.

La comisión de selección realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

- Vicerrectora Estudiantes y Empleabilidad o persona en quien delegue.

Secretaría:

- Subdirectora de Prácticas, Empleo y Emprendimiento.

Vocales:

-     Director del departamento de Estudios Jurídicos del Estado, como unidad proponente de las prácticas, o persona en quien delegue.

-     Responsable de la supervisión de las prácticas en la unidad proponente.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web de la unidad de Prácticas https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/convocatorias-ua/practicas-en-la-ua.html  una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y se dará un plazo de 3 días hábiles para las posibles subsanaciones a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación.

Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.

La lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en esa página web una vez acabado el plazo de alegaciones. Una vez publicado el listado, se reunirá la comisión de selección para la aplicación del baremo y la resolución del proceso.

La resolución de la asignación de las prácticas y la concesión de la beca se publicará en esa página web y se abrirá un período de alegaciones de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación.

La resolución definitiva se publicará en esa página web y la persona seleccionada tendrá un plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación para aceptar la beca y presentar la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en Seguridad Social, documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.

Quien desee renunciar a las prácticas y a la beca, habrá de comunicarlo por escrito, exponiendo las causas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, en los 5 días siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria.

8. Marco legal y presupuestario

Estas prácticas con beca están reguladas en la Universidad de Alicante tanto por el RD 592 / 2014 de 11 de julio como por la normativa propia de la UA, y deben seguir el procedimiento establecido para la tramitación de las prácticas del alumnado de la UA, tanto en lo que se refiere a la propuesta de prácticas como a la documentación académica del alumnado.

Esta convocatoria con código 2024SBV095 que sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS008 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación global de las ayudas de un máximo de 2.800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 51604B0015 del presupuesto del Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.   Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias de la presente convocatoria, la aceptación y la justificación de la ayuda, además de las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

·         Tener el DNI/NIE en vigor, tanto a la hora de comenzar las prácticas, como durante el desarrollo de éstas. En el caso de estudiantes con permiso de residencia, no se admitirá la solicitud de renovación de su NIE, sólo la resolución con la renovación de éste con la nueva fecha de vigencia.

AVISO: Si éste caducara durante la realización de las prácticas, la fecha de finalización de éstas será el mismo día en que caduque el NIE y sólo se podrán reanudar las prácticas cuando presenten la resolución con el nuevo período de vigencia, y siempre y cuando se mantengan las condiciones académicas para continuar las mismas.

·        Facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en seguridad social, en un plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva.  Documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.

·        Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

·        Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

·        Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

·        A la finalización de la estancia de prácticas deberá subir en UACloud, donde firmó el acuerdo de prácticas, la memoria de actividades de su estancia de prácticas.

Todos los requisitos relativos a las prácticas becadas deberán cumplirse durante todo el periodo íntegro del desarrollo de las mismas.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en la resolución de concesión de la ayuda y en la presente convocatoria, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la beca y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

Quien desee renunciar a las prácticas y a la correspondiente beca, habrá de comunicarlo por escrito, exponiendo las causas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, en los 5 días siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria.

9.2  Justificación de personas beneficiarias y pago.

·         La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

La rectora

P.D. de firma, (Resolución de 22 de diciembre de 2020),

La Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

Rosario Ferrer Cascales