PREMIO "JOSEFINA PASCUAL DEVESA" PARA RECONOCER Y PROMOVER LA DIFUSIÓN DE LAS MEJORES TESIS DOCTORALES DEFENDIDAS EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, QUE INCORPOREN LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
- Fecha de aprobación
- 11/09/2025
- Fecha de publicación
- 12/09/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- CONVOCATORIAS Y CONCURSOS
Título: PREMIO "JOSEFINA PASCUAL DEVESA" PARA RECONOCER Y PROMOVER LA DIFUSIÓN DE LAS MEJORES TESIS DOCTORALES DEFENDIDAS EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, QUE INCORPOREN LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 11 de septiembre de 2025
PREMIO "JOSEFINA PASCUAL DEVESA" PARA RECONOCER Y PROMOVER LA DIFUSIÓN DE LAS MEJORES TESIS DOCTORALES DEFENDIDAS EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, QUE INCORPOREN LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de un premio a la mejor tesis doctoral y un accésit honorífico, que incorporen la perspectiva de género.
La convocatoria de este premio da cumplimiento a la acción A3.11 del IV Plan de Igualdad de Mujeres y Hombres en la UA (2022-2025): "Premiar y promover la difusión de las mejores Tesis Doctorales defendidas en la UA que incorporen la perspectiva de género y/o se desarrollen en el marco de los estudios de género" y contribuye a consolidar la integración de la dimensión de género en la investigación, como estrategia para avanzar en la eliminación de las desigualdades entre mujeres y hombres en la sociedad.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán solicitar este PREMIO los doctores y las doctoras que:
a) Hayan defendido en la UA, durante el curso 2024-25, una tesis doctoral con perspectiva de género, desde cualquier disciplina científica, calificada con sobresaliente cum laude.
b) La tesis deberá aportar conocimientos relevantes y contribuir a avanzar en la igualdad real entre mujeres y hombres.
3. Número y dotación de los premios
Se concederá un premio con una dotación de 1.000 euros brutos y un accésit honorífico sin dotación económica.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 20 de octubre de 2025 a las 23:59 h.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de instancia genérica disponible en la aplicación UA-Cloud, dirigido a la Unidad de Igualdad, con indicación de los datos de esta convocatoria: ("Premio Josefina Pascual Devesa, tesis doctoral con perspectiva de género ")
Se adjuntará la siguiente documentación:
a) Una copia de la tesis presentada y otra copia anonimizada, en la que no figure ni la autoría, ni referencia alguna a la persona o personas que la han dirigido.
b) Resumen de la tesis de entre 500 y 700 palabras (letra arial 12, doble espacio) que incluya, al menos, objetivos, metodología, conclusiones y justificación del cumplimiento de la base 2.b) de la convocatoria. (Se presentarán dos ejemplares, siendo uno de ellos anónimo)
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
5. Criterios de adjudicación
La asignación del PREMIO y del accésit se realizará siguiendo los criterios recogidos en el Anexo 1.
La Comisión de Valoración podrá proponer desierto alguno de los premios / accésit cuando estimen que las tesis presentadas no reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, carezcan de la calidad y el rigor adecuados o cuando no se ajusten al objeto de la convocatoria y no alcancen un mínimo de 35 puntos.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, persona titular del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, será la Unidad de Igualdad, contacto: unitat.igualtat@ua.es
6.2. Comisión de valoración
La Comisión de Valoración del Premio "Josefina Pascual Devesa" realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión.
La Comisión de Valoración contará con asesoramiento externo por parte de personas expertas en el ámbito de conocimiento que aborden los trabajos de investigación presentados.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
· Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social de la UA, o persona en quien delegue.
Secretaría:
· Directora del Secretariado de Diversidad e Inclusión Social de la UA, o persona en quien delegue.
Vocales:
· Directora del Secretariado de Recursos para la Investigación de la UA, o persona en quien delegue.
· Directora del Instituto de Investigación de Estudios de Género de la UA, o persona en quien delegue.
· Dos personas expertas en Estudios de Género de la UA.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/unidad-igualdad/5-convocatorias-y-premios/premio-josefina-pascual-devesa/premio-josefina-pascual-devesa.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional del premio se publicará a partir del 23 de enero de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de diez días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo, y a la vista de la propuesta motivada de la resolución, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria, con código 2026SBV006, sirve de base reguladora y será incorporada en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria de un máximo de 1.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 11.40.4B.00.01 del presupuesto del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria en el ejercicio económico 2026 de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación de personas beneficiarias y pago
9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
a) Haber defendido en la UA, durante el curso 2024-25, una tesis doctoral con perspectiva de género, desde cualquier disciplina científica, calificada con sobresaliente cum laude.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
b) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
c) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
d) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad hará efectiva, en un único pago, la subvención concedida.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar exclusivamente las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la propia solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 11 de julio de 2025
La rectora
P.D. de firma, VICERRECTORA DE IGUALDAD, INCLUSIÓN Y RESPONSABILIDAD SOCIAL
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Carmen Vives Cases
Anexo 1:
CRITERIOS ADJUDICACIÓN |
FÓRMULA DE CÁLCULO |
PONDERACIÓN |
1- La originalidad, relevancia e interés de la propuesta investigadora en relación con el área de conocimiento. |
0-10 puntos |
10% |
2- El rigor en el proceso de la investigación (objetivos, metodología, resultados y conclusiones). |
0-10 puntos |
10% |
3- El impacto y aplicabilidad de los resultados del trabajo de investigación. |
0-10 puntos |
10% |
4- La calidad en la redacción científica (expresión y corrección lingüística, estructuración de contenidos). |
0-10 puntos |
10% |
5- La revisión de la literatura aplica el enfoque de género para identificar diferencias y/o semejanzas de sexo/género. |
0-10 puntos |
10% |
6- Las preguntas e hipótesis de la investigación incluyen un análisis de sexo y/o género que aborde las posibles diferencias o semejanzas que pueda haber entre mujeres y hombres. |
0-10 puntos |
10% |
7- La metodología propuesta para la investigación incluye: muestras desagregadas por sexo; objetos de estudio (obras, productos, actividades) representativos de los diversos sexos/géneros; representación proporcional de mujeres y hombres. |
0-10 puntos |
10% |
8- La categoría sexo/género se incorpora en el análisis de los resultados de la investigación. |
0-10 puntos |
10% |
9- La investigación realizada contribuye a la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. |
0-10 puntos |
10% |
10- La tesis utiliza una comunicación inclusiva tanto en el lenguaje como en las imágenes. |
0-10 puntos |
10% |