CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LOS INSTITUTOS DE SECUNDARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARTICIPANTES EN EL IX CERTAMEN ESCOLAR DE TEATRO GRECOLATINO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 15/10/2025
- Fecha de publicación
- 16/10/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- CONVOCATORIAS Y CONCURSOS
Título: CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LOS INSTITUTOS DE SECUNDARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARTICIPANTES EN EL IX CERTAMEN ESCOLAR DE TEATRO GRECOLATINO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 15 de octubre de 2025
CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LOS INSTITUTOS DE SECUNDARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARTICIPANTES EN EL IX CERTAMEN ESCOLAR DE TEATRO GRECOLATINO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE.
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, varios proyectos elaborados por centros de enseñanza secundaria de la provincia de Alicante, para la representación de sus montajes teatrales en el IX Certamen Escolar de Teatro Grecolatino de la Universidad de Alicante (UA). Dicho certamen se realizará en el campus de la UA en la primera semana de mayo de 2026.
Entre las obras que se representen en el certamen se escogerá la mejor, a criterio del jurado, que actuará en el XIV Festival de Teatro Clásico de L'Alcúdia de la UA, en el mes de julio de 2026.
2. Requisitos de las personas beneficiarias
Podrá obtener la condición de beneficiario de esta convocatoria el centro de enseñanza secundaria que haya sido seleccionado para participar en el IX Certamen de Teatro Grecolatino de la Universidad de Alicante. Las obras que se presenten tienen que pertenecer al repertorio de textos de autores clásicos grecolatinos y tener una duración en escena de entre 60 y 90 minutos.
3. Número y dotación los premios.
Se concederán un número máximo de siete premios:
Premio a la mejor obra, que supondrá participar en el XIV Festival de Teatro Clásico que se celebra en L'Alcúdia, en julio de 2026.
Premio a la mejor dirección.
Premio a la mejor puesta en escena.
Premio a la mejor actriz.
Premio al mejor actor.
Premio a la mejor actriz de reparto.
Premio al mejor actor de reparto.
Estos premios se otorgarán sin dotación económica, y recibirán diploma acreditativo.
Todos los Centros de Educación Secundaria participantes recibirán placa conmemorativa por su participación en el certamen.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para presentar los proyectos empieza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA, y finaliza a las 23:59 h del 20 de diciembre de 2025.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación, con indicación de los datos de la convocatoria, se presentará a través del formulario de consultas del Servicio de Cultura. https://cvnet.cpd.ua.es/uaSolicitudes/solicitud/233?idioma=es
Se adjuntará la siguiente documentación:
Un único proyecto en PDF, que no exceda de 10 MB, en el que deberán estar cumplimentados los siguientes apartados:
· Nombre del centro educativo y localidad
· Nombre del grupo participante
· Título de la obra y autor o autora.
· Adaptación y género de la obra.
· Duración espectáculo e idioma.
· Número de alumnas y alumnos participantes.
· Nombre de la o el director y sus datos de contacto: teléfono, correo electrónico.
· Una fotografía del grupo teatral.
· Breve sinopsis de la obra y currículo del grupo.
· Duración del montaje, que será obligatoriamente entre 60 y 90 minutos.
Para más información, se puede contactar con la organización a través del formulario de consultas del Servicio de Cultura.
5. Criterios de adjudicación
La selección de los grupos teatrales participantes se realizará siguiendo los siguientes criterios:
Serán seleccionados un máximo de 6 montajes para participar en este Certamen. La elección se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Representación de textos en valenciano: 25 puntos.
- Montajes de textos no representados en los dos certámenes inmediatamente anteriores: 30 puntos.
- Participación exclusiva del alumnado de los centros en la obra, sin el apoyo de adultos o profesionales: 45 puntos.
Puntuación máxima: 100 puntos.
Órgano gestor y comisión de valoración
5.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es el Servicio de Cultura de la Universidad de Alicante, contacto: ofi.cultura@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
5.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración para la admisión de obras al certamen realizará la evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
Presidencia:
La Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, o persona que le sustituya.
Secretaría:
Una persona del equipo técnico del Servicio de Cultura.
Vocales:
Una persona del equipo técnico del Servicio de Cultura.
Una persona del equipo técnico del Servicio de Cultura.
La comisión encargada de asignar los premios estará compuesta por:
Presidencia:
La Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, o persona que le sustituya.
Secretaría:
Una persona del equipo técnico del Servicio de Cultura.
Vocales:
Una persona vinculada al mundo teatral y nombrada por la rectora de la Universidad de Alicante.
Una persona vinculada al mundo teatral y nombrada por la rectora de la Universidad de Alicante.
Una persona vinculada al mundo teatral y nombrada por la rectora de la Universidad de Alicante.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
6. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la página web del Servicio de Cultura (https://cultura.ua.es), sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
La propuesta de resolución provisional de la selección de los montajes teatrales se publicará a partir del 20 de enero de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
La resolución de los premios se comunicará el último día del certamen, en mayo de 2026, en una gala organizada a tal efecto.
7. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria se ajusta a los principios de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
Esta convocatoria no conlleva dotación económica.
8. Obligaciones de las partes.
8.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de los grupos teatrales participantes las siguientes:
· La actividad debe realizarse en 2026.
· Aceptarán las presentes bases.
· Se comprometerán a la representación del montaje, estarán exentos de abonar cantidad alguna en concepto de pago de la representación y de abonar cualquier cantidad en concepto de daños y perjuicios.
· Cada grupo teatral asumirá la responsabilidad artística de la representación y aportará la infraestructura escénica necesaria (escenografía, vestuario, elementos, montaje y desmontaje).
· Los grupos teatrales presentarán, con al menos un mes de antelación al inicio del certamen, la ficha técnica necesaria que deberá ser aprobada por los técnicos de la UA.
· Participará en el XIV Festival de Teatro Clásico de L'Alcúdia, el grupo cuya obra obtenga la mención a la mejor obra.
Los centros responsables de los grupos teatrales participantes:
· Recabarán la autorización paterna o materna de participación, además de la autorización para cuestiones de imagen y comunicación, de las personas participantes menores de edad.
· Tendrán en cuenta la información sobre la Unidad Médica del Servicio de Prevención de la UA, disponible en este enlace: https://sp.ua.es/es/webs/servicio-de-prevencion/unidad-de-salud.html.
· Cederán los derechos de autor y explotación que sean necesarios para llevar a cabo su participación en el certamen.
· Darán su consentimiento a la utilización de los datos básicos de las obras, título y descripción, para fines de promoción de las acciones propias de fomento de la cultura, por parte del Servicio de Cultura de la Universidad de Alicante.
· Serán responsables de las reclamaciones que se puedan producir por derechos de propiedad intelectual.
El incumplimiento de alguna de estas obligaciones por parte del grupo teatral o del centro responsable dará lugar a la descalificación.
8.2. Por la Universidad de Alicante:
· Gestionar la campaña de publicidad y de divulgación del certamen a través de los medios que estime oportunos y con antelación suficiente para dar a conocer el programa de las representaciones teatrales.
- Poner a disposición del grupo teatral un técnico de iluminación y sonido durante la representación, y personal técnico de grabación y fotografía en el acto de clausura del Certamen.
- Gestionar y asumir el desplazamiento en autobús y la asistencia técnica para el montaje teatral que obtenga la mención a la mejor obra y que participará en el XIV Festival de Teatro Clásico de L'Alcúdia.
- Gestionar y asumir el gasto relacionado con la participación de las personas vocales de la comisión encargada de asignar los premios.
- Llevar a cabo el certamen en la primera semana de mayo de 2026.
- Gestionar y asumir el gasto de los trofeos de participación y coordinación del acto de clausura del Certamen.
- Gestionar y asumir el gasto de grabación y fotografía del acto de clausura del certamen.
- No utilizar con fines lucrativos el derecho a la reproducción de las obras seleccionadas.
9. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de participar en el IX Certamen Escolar de Teatro Grecolatino. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
10. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
San Vicente del Raspeig, 14 de octubre de 2025
La rectora,
P.D. de firma, la vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Catalina Iliescu Gheorghiu