CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL ALUMNADO POR LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS ENCUESTAS SOBRE LA DOCENCIA (CAMPAÑA 2024/2025, SEGUNDO CUATRIMESTRE)

Fecha de aprobación
14/04/2025
Fecha de publicación
17/04/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL ALUMNADO POR LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS ENCUESTAS SOBRE LA DOCENCIA (CAMPAÑA 2024/2025, SEGUNDO CUATRIMESTRE)

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 14 de abril de 2025

CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL ALUMNADO POR LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS ENCUESTAS SOBRE LA DOCENCIA (CAMPAÑA 2024/2025, SEGUNDO CUATRIMESTRE)

1.       Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

Se establecen las siguientes condiciones para la entrega de incentivos, mediante sorteo, al alumnado matriculado en titulaciones oficiales de Grado y Máster de la Universidad de Alicante por su participación en las encuestas sobre la docencia (campaña 24/25, segundo cuatrimestre). 

El objetivo de este sorteo es lograr una elevada participación en las encuestas en línea, para obtener datos representativos y disponer de tasas e indicadores que permitan elaborar los informes necesarios tanto para los procesos de reacreditación de las titulaciones como para aplicar el modelo de evaluación de la actividad docente del profesorado (DOCENTIA-UA). 

Las encuestas a las que se hace referencia se rellenarán a través de la aplicación "Encuestas docentes" en UACloud, y tendrá acceso a ella el alumnado matriculado en titulaciones oficiales de grado y máster de la UA.

2.       Requisitos de las personas beneficiarias

Podrá participar en la campaña de encuestas para expresar su opinión sobre la actividad docente del profesorado cualquier estudiante matriculado/a en asignaturas de segundo cuatrimestre en estudios oficiales de Grado o de Máster impartidos en la Universidad de Alicante en el curso 2024/2025, bien con matrícula total o parcial. 

Al comenzar la encuesta, el o la estudiante tendrá la opción de escoger si desea participar en el sorteo que se describe más adelante; su aceptación implica la solicitud de participación en el premio.

3.       Número y dotación de los incentivos.

Para fomentar la participación, la Universidad de Alicante sorteará, con cargo a la partida 11204B0001 de su presupuesto, los siguientes incentivos: 

- 5 ordenadores portátiles: ASUS VIVOBOOK 15 F15 CORE i5-1235U HASTA 4.4GHZ/16GB/ 512GB SSD/ 15.6" FHD /W11H, con un valor aproximado de 450 € cada uno de ellos.

- 100 camisetas UA, con un valor aproximado de 10 € cada una de ellas.

- 100 sudaderas UA, con un valor aproximado de 20 € cada una de ellas.

4.       Plazo y procedimiento de participación.

4.1.  Plazo de participación

La campaña de encuestas online para opinar sobre la docencia del segundo cuatrimestre del curso 2024/2025 comenzará el 5 de mayo de 2025 a las 10:00 h. y terminará el 27 de mayo de 2025, a las 15:00 h. para no coincidir con el periodo de exámenes de la C3. 

La participación en las encuestas supone la solicitud participación en estos premios.

4.2.  Procedimiento de participación

La cumplimentación de la encuesta docente se realizará mediante el acceso a la aplicación "Encuestas docentes", de UACloud. El acceso debe realizarse a través de dicha plataforma para garantizar, mediante un sistema de autenticación, que las personas que participan están matriculadas en esas asignaturas, y para poder obtener los datos identificativos necesarios para realizar el sorteo. No obstante, la opinión expresada en la encuesta se tratará de forma anónima, y en ningún caso se facilitará al profesorado o a otros órganos universitarios las respuestas individuales del alumnado. 

Cada estudiante realizará sólo una encuesta, en la que valorará a todo el profesorado que le haya impartido al menos el 25% de docencia en asignaturas del segundo cuatrimestre del curso 2024/2025. La encuesta dispone de autograbado y es posible salir para continuar su cumplimentación más adelante. Sin embargo, una vez que termine la campaña de encuestas, quedará bloqueada y no será modificable.

5.       Criterios de adjudicación. Sorteo de los incentivos.

En el momento del cierre de la campaña, tras el 27 de mayo de 2025, el Servicio de Informática bloqueará las encuestas, y facilitará al Vicerrectorado de Estudios y Calidad, una relación de las personas que hayan participado en esta fase de la campaña. Para poder participar en el sorteo de incentivos el/la estudiante debe rellenar las encuestas de todo el profesorado al que haya confirmado como docente en este periodo, y expresar su deseo de formar parte del sorteo. 

El sorteo del incentivo descrito será público y tendrá lugar en la fecha y lugar en concreto que publique en la página web del Vicerrectorado de Estudios y Calidad, con al menos dos semanas de antelación. Dicho sorteo se realizará a partir del conjunto de datos que facilite el Servicio de Informática, mediante un programa informático que proporcionará de forma aleatoria el nombre de la persona beneficiaria y que se podrá consultar en la web:  https://web.ua.es/es/vr-estudis/docentia/encuestas.html

6.       Órgano Gestor y Comisión de Concesión.

6.1.  Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, el vicerrector de Estudios y Calidad, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Secretaría Administrativa del Vicerrectorado de Estudios y Calidad. Contacto: vr.estudis@ua.es

6.2.  Comisión de valoración

El sorteo será llevado a cabo por una Comisión de Concesión, compuesta por los siguientes integrantes o, en su caso, persona que los sustituya:

Presidencia:

Vicerrectora o vicerrector con competencias en Calidad.

Secretaría:

Director/a del Secretariado de Calidad.

Vocales:

Vicerrectora o vicerrector con competencias en Estudiantes.

Director/a de la Unidad Técnica de Calidad. 

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.       Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/vr-estudis/docentia/encuestas.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

8.       Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2025SBV104, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS016 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante, el cual se está en proceso de elaboración y pendiente de aprobación.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 6.000 € euros será sufragada con cargo al capítulo IV 11204B0001 (BECAS Y AYUDAS P.F.) del presupuesto del Vicerrectorado de Estudios y Calidad. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

El incumplimiento por parte de las personas beneficiarias de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio. 

No se sortearán incentivos adicionales a los descritos.

9.       Obligación y justificación del beneficiario

La actividad subvencionada debe realizarse desde 2024 hasta 2025. 

La persona que resulte beneficiaria dispondrá de un mes para recoger dicho incentivo en el citado Vicerrectorado de Estudios y Calidad (edificio de Rectorado, planta 1). Será imprescindible la identificación de la persona beneficiaria, con el DNI, pasaporte, NIE, TIU o carnet de conducir. La comparecencia en persona tendrá efectos de aceptación del incentivo, debiendo firmar un acuse de recibo. En caso de no poder hacerlo personalmente, se podrá recoger por persona autorizada por el beneficiario con autorización expresa. Si transcurriera el plazo sin que fuera recogido el incentivo, se podrá acumular para sorteos de campañas posteriores. 

Para aquellos incentivos que, por razón de su importe, impliquen la obligación por parte de la Universidad de Alicante de declarar e ingresar en concepto de IRPF a nombre de la persona beneficiaria, esta deberá facilitar a la Universidad la documentación necesaria para realizar en su nombre el ingreso a cuenta en el Tesoro Público, según se establece en la legislación vigente. 

La participación en la campaña de encuestas y en el sorteo implica la aceptación de las condiciones descritas. 

La justificación de la persona beneficiaria será previa a la concesión mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión del premio.

10.  Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html 

11.  Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

En Alicante, a 14 de abril de 2025. 

La rectora, 

PD de firma, el vicerrector de Estudios y Calidad,

(Resolución de 19 de diciembre de 2024) 

Francisco José Torres Alfosea