CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE AYUDAS PARA LA COLABORACIÓN EN EL VOLUNTARIADO LINGÜÍSTICO DEL VICERRECTORADO DE ESTUDIOS, CALIDAD Y LENGUAS (SERVICIO DE LENGUAS) DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2020-21
- Fecha de aprobación
- 23/04/2021
- Fecha de publicación
- 27/04/2021
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE AYUDAS PARA LA COLABORACIÓN EN EL VOLUNTARIADO LINGÜÍSTICO DEL VICERRECTORADO DE ESTUDIOS, CALIDAD Y LENGUAS (SERVICIO DE LENGUAS) DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2020-21
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: viernes, 23 de abril de 2021
CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE AYUDAS PARA LA COLABORACIÓN EN EL VOLUNTARIADO LINGÜÍSTICO DEL VICERRECTORADO DE ESTUDIOS, CALIDAD Y LENGUAS (SERVICIO DE LENGUAS) DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2020-21
BASES
1. Objetivo. Se trata de un complemento no reglado para ayudar en las tareas y los objetivos del Voluntariado Lingüístico del Vicerrectorado de Estudios, Calidad y Lenguas (Servicio de Lenguas) ejerciendo tareas como:
- Promoción de actividades lingüísticas de la UA, en el campus y fuera de este (jornadas, ferias, rutas, espectáculos, talleres, cursos, difusión en red, documentación gráfica, entrevistas, reseñas, etc.).
- Apoyo al Servicio de Lenguas en el programa de visitas a centros de secundaria y en la promoción y la ejecución de sus actividades.
- Apoyo a la formación del Voluntariado Lingüístico en cursos, talleres y actividades que organice o en los que participe la UA.
2. Requisitos del personal aspirante. Ser estudiante de la Universidad de Alicante y estar matriculado o matriculada en cualquier titulación oficial, estudios propios de posgrado o de especialización. Para las actividades que así lo exijan, se deben acreditar conocimientos de valenciano, inglés u otras lenguas (o estar estudiándolas).
La adjudicación definitiva de las ayudas estará condicionada a asistir a la formación necesaria para la actividad (si no se ha asistido ya con anterioridad).
3. Jornada. Según las necesidades de la actividad en la que se participe.
4. Dotación. Para actividades fuera del campus, que requieran una compensación económica, habrá una cantidad fija de 30 € más la suficiente para cubrir los gastos de desplazamiento, según la distancia: hasta 25 km de trayecto, 10 €; entre 26 y 75 km, 20 €; y entre 76 y 100 km, 30 €. Para otras actividades realizadas en un radio de acción superior a estas distancias, la cantidad será como máximo 200 € para el desplazamiento, que se aplicará de manera proporcional al kilometraje. Se priorizará el uso de transporte público siempre que haya una buena combinación con el lugar de destino y no sea necesario transportar materiales voluminosos.
5. Duración de las ayudas. El curso académico 2020-21 y, si procede, hasta que se resuelva una nueva convocatoria.
6. Sistema de selección. Las personas que quieran optar a estas ayudas tienen que estar inscritas en el Voluntariado Lingüístico de la Universidad de Alicante en el curso 2020-21: https://sl.ua.es/voluntariat.
La Comisión de Valoración, encargada de resolver las ayudas, estará formada por:
Presidencia: el vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas o persona en quien delegue.
Secretaría: la Subdirección de Gestión del Servicio de Lenguas o persona en quien delegue.
Vocalías:
La Dirección del Secretariado de Lenguas o persona en quien delegue.
La Dirección del Servicio de Lenguas o persona en quien delegue.
La Coordinación del programa de visitas a secundaria y bachillerato o persona en quien delegue.
Para la adjudicación de las ayudas y los posteriores llamamientos a la bolsa de Voluntariado Lingüístico para cada actividad propuesta, la Comisión tendrá en cuenta, además de la disponibilidad y la idoneidad para cada acción, los aspectos siguientes:
1) Los méritos aportados por el personal aspirante de acuerdo con el baremo que figura en el anexo I.
2) Las personas incluidas en la lista provisional de aspirantes admitidos o admitidas tendrán que asistir obligatoriamente a una sesión de formación para la actividad correspondiente (en el supuesto de que no hayan asistido ya en otras convocatorias), a la que serán convocadas en cada caso.
3) También podrá haber una entrevista opcional con las personas candidatas con objeto de valorar las capacidades comunicativas y la idoneidad con cada actividad.
Las actividades, excepto la asistencia a cursos y jornadas que ya tengan prevista una certificación propia, tendrán el certificado correspondiente dentro del Voluntariado Lingüístico, y todas estarán cubiertas por un seguro.
La no asistencia a la formación y la no presentación de la documentación indicada podrá conllevar la pérdida del derecho a las ayudas.
Periódicamente, en la página web del Voluntariado Lingüístico (https://sl.ua.es/voluntariat) aparecerá la lista de personas candidatas para cada actividad en los casos en los que haya varias solicitudes para una misma actividad.
7. Presentación desolicitudes. Las solicitudes de ayudas se harán a través de la página web del Servicio de Lenguas en la que se publique la convocatoria, rellenando debidamente el formulario disponible en https://sl.ua.es/voluntariat y adjuntando la documentación requerida. Se abre un plazo de presentación permanente de solicitudes para estas ayudas, desde la fecha de publicación en el BOUA de esta convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2021.
Las solicitudes tendrán que incluir, dentro del formulario mencionado, la documentación siguiente:
- Fotocopia del DNI (solo en el caso de que haya caducado el DNI que consta en el expediente académico de la persona que presenta la solicitud). Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que presentar fotocopia del NIE o, si no tienen, fotocopia del pasaporte o de otro documento de su país de origen que acredite su identidad, estado y nacionalidad (solo en el caso de que haya caducado el documento que consta en el expediente académico).
- Formulario de recogida de datos de personas físicas para el fichero de terceros de la UA. Si ya se ha presentado en la UA con anterioridad, solo habrá que presentarlo en el caso de que haya cambiado alguno de los datos (fecha de caducidad del DNI, datos bancarios, dirección, etc.).
- Documentación acreditativa de los méritos enumerados en el baremo (anexo I).
La solicitud de participación en esta convocatoria supone la autorización para el tratamiento de los datos académicos necesarios para la baremación de los méritos a valorar.
8. Notificación a las personas aspirantes. La resolución de esta convocatoria se publicará en el plazo de un mes a partir de la publicación de esta; posteriormente, se publicarán resoluciones adicionales, cada dos meses, siempre que haya solicitudes pendientes. Las resoluciones, así como la información de otros actos que requieran publicación y se deriven de esta convocatoria, se publicarán en la dirección de la página web https://sl.ua.es/voluntariat.
En esta misma dirección se encuentran el anexo y el resto de información referente a esta convocatoria.
Más información en la Secretaría del Servicio de Lenguas (1ª planta del edificio Germán Bernácer, con cita previa, de lunes a viernes, de 10 a 13 h, y martes y jueves, también de 15 a 17 h), en el correo electrónico voluntariat.linguistic@ua.es o en el teléfono 682928447.
9. Marco legal y presupuestario. La dotación económica para esta convocatoria está consignada en el capítulo 4 de créditos del Servicio de Lenguas de la Universidad de Alicante (aplicación orgánica 5180.4B.0001). La dotación máxima será de 6.000 €. La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.
La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a las regulaciones, los requisitos y los términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que establece esta convocatoria.
Justificación de personas beneficiarias. La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.
10. Protección de datos de carácter personal. De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en la convocatoria.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Las personas que participen en esta convocatoria pueden ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es.
La información adicional y detallada sobre protección de datos, sus derechos y la política de privacidad de la Universidad de Alicante, se puede consultar en el enlace https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.
11. Recursos. Contra la convocatoria, sus bases y cualquier acto administrativo que se derive de ellas y que agote la vía administrativa se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que sea competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Contra las actuaciones de la Comisión de Valoración se podrá interponer el recurso de alzada previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a las publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.
Alicante, 23 de abril de 2021
La rectora,
P.D. de firma, el vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Francisco Torres Alfosea
ANEXO I
BAREMO
Convocatoria de la Universidad de Alicante de ayudas para la colaboración en el programa de Voluntariado Lingüístico del Vicerrectorado de Estudios, Calidad y Lenguas de la Universidad de Alicante durante el curso académico 2020-21.
- Años de estudio en la UA (cursos superados): 1 punto por curso de grado, máster o equivalente
- Acreditación de valenciano y otras lenguas:
-
- C2: 2 puntos
- C1: 1,5 puntos
- B2: 1 punto
- B1: 0,5 puntos
- A2: 0,25 puntos
- Participación en el Programa de Voluntariado Lingüístico:
-
- 5 puntos por curso en el caso de la UA
- 3 puntos por curso en el caso de otras universidades
- Participación en el Programa de visitas de secundaria, apoyo a actividades lingüísticas, ferias, jornadas, charlas, etc.:
-
- Más de 6 h: 3 puntos
- Entre 4 h y 6 h: 2 puntos
- Entre 1 h y 4 h: 1 punto