PREMIOS UA:EMPRENDE A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
07/06/2021
Fecha de publicación
09/06/2021
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS UA:EMPRENDE A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 7 de junio de 2021

PREMIOS ua:emprende A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

BASES

OBJETO

En el marco del programa institucional ua:emprende, el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica y el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, organizan los premios ua:emprende a trabajos de fin de grado (TFG), trabajos de fin de master (TFM) y tesis doctorales que puedan ser la base de un proyecto empresarial innovador, como una de las acciones encaminadas a promover la creación de empresas innovadoras y sostenibles surgidas en la comunidad universitaria.

PARTICIPACIÓN

Podrán presentarse a esta convocatoria candidatas y candidatos que hayan defendido su TFG, su TFM o su tesis doctoral en la Universidad de Alicante con posterioridad al curso académico 2017-2018 y siempre que procedan de estudios oficiales. En los tres casos, los trabajos deberán ser susceptibles de ser la base de un futuro proyecto empresarial innovador.

PREMIOS

Todos los premios estarán sujetos, en su caso, a las correspondientes retenciones fiscales que contemple la legislación vigente.

- TFG: Tres premios de 600.-€.

- TFM: Tres premios de 900.-€.

- Tesis Doctoral: Tres premios de 1.500.-€

Estos premios han recibido la financiación del Banco Santander en el marco del convenio suscrito con la Universidad de Alicante el 12 de noviembre de 2020, dentro del Eje Emprendimiento.

Adicionalmente, los premiados tendrán la posibilidad de participar en las acciones de impulso al emprendimiento disponibles dentro del programa ua:emprende; así como de contar con el soporte del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación ¿ OTRI de la Universidad de Alicante. 

Los autores y autoras de los TGM, TFM y Tesis Doctorales tendrán la posibilidad de publicar, previa solicitud por parte de los directores de los trabajos, en formato digital y sin coste alguno para ellos, los resultados derivados de sus investigaciones en el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alicante.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

- TFG, TFM o Tesis Doctoral

- Formulario de solicitud: en el formulario se especificarán los siguientes aspectos:

o Resumen de la idea de negocio: identificar el producto o servicio; problema o necesidad que se atiende; grado de innovación; ventaja competitiva.

o Mercado objetivo: identificar sector, clientela y competencia.

o Viabilidad técnica: indicar y argumentar que existen los medios necesarios para que el proyecto se convierta en una realidad.

o Grado de desarrollo de la idea de negocio.

o Justificación de la relación del proyecto con el TFG, TFM o Tesis Doctoral.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV hasta el día 30 de noviembre (23:59 hora límite) de 2021. Las personas interesadas en participar deberán presentar su candidatura en UACloud, accediendo al apartado de eAdministración y cumplimentando el formulario habilitado al efecto. Adicionalmente, deberán darse de alta en la plataforma https://www.santanderx.com/.

Publicada la lista provisional de candidaturas admitidas se abrirá un plazo de diez días hábiles para subsanaciones.

Para cualquier duda sobre la documentación a aportar o la orientación de los proyectos pueden dirigirse al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web http://uaemprende.ua.es.

EVALUACIÓN, VALORACIÓN Y CONCESIÓN

Las propuestas serán evaluadas por un jurado, cuya composición se detalla a continuación, mediante el análisis y discusión de la documentación aportada atendiendo a criterios como el grado de innovación y de impacto de la propuesta, viabilidad de la misma y relación con el TFG, TFM o Tesis Doctoral. Se establecerá el siguiente baremo:

Criterio

Peso relativo (%)

Relación de la propuesta con el TFM, TFG y Tesis Doctoral

20

Viabilidad de la propuesta

40

Impacto de la propuesta

20

Innovación de la propuesta

20

El Jurado, a su discreción, podrá instar a las candidatas y los candidatos previamente preseleccionados, a presentar su proyecto ante el mismo, para lo que serán requeridos con suficiente antelación.

El jurado estará compuesto por:

- Vicerrectora de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica de la UA, o persona en quien delegue, que actuará como presidenta.

- Vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas, o persona en quien delegue.

- Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona en quien delegue.

- Directora de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante, o persona en quien delegue.

- Director del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona en quien delegue.

- Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento de la UA, o persona en quien delegue, que actuará como secretario.

- Un técnico o técnica del Centro de Empleo de la UA.

- Un técnico o técnica del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI.

Una vez evaluadas las solicitudes, el Jurado emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que remitirá al Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica, quien hará pública la propuesta de resolución definitiva.

Los premios podrán declararse desiertos cuando el jurado considere que los trabajos no reúnen los requisitos adecuados. La entrega de los premios se realizará en un acto público que se anunciará con suficiente antelación.

CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

La información aportada por las personas participantes será considerada confidencial.

Quienes participen en esta convocatoria dan su consentimiento a la utilización de los datos básicos de los proyectos, título y descripción, para fines de promoción de las acciones propias de fomento de la cultura emprendedora, por parte de la organización y, en especial, dentro del programa ua:emprende.

Los datos de carácter personal que se recaben formarán parte de los correspondientes ficheros de la Universidad de Alicante, que tienen como finalidad la gestión de los expedientes derivados de la presente convocatoria, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La persona responsable de los ficheros es el Gerente de la Universidad de Alicante.

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos se podrán ejercitar ante la Gerencia de la Universidad, mediante solicitud con fotocopia de documento de identidad, presentada en el Registro General de la Universidad de Alicante, o a través de los medios que establece el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal. Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en este concurso supone la total aceptación de las bases que podrán ser interpretadas por el Jurado en aquellos aspectos no previstos en las mismas.

PUBLICACIONES

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web http://uaemprende.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO

La dotación máxima para esta convocatoria es de 9.000 € consignada de la siguiente forma: 4.500 € en la clave orgánica 10304E0001 del Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica; 4.500 € en la clave orgánica 10504B0003 del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad. La ejecución de la dotación de esta convocatoria, en lo que respecta a la Universidad de Alicante, está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la misma.

La participación de los premiados en las acciones de impulso al emprendimiento del programa ua:emprende, así como el soporte ofrecido por el Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación ¿ OTRI de la Universidad de Alicante, estarán supeditadas a la disponibilidad de plazas en las acciones ua:emprende y a la capacidad del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación ¿ OTRI de atender adecuadamente a los proyectos premiados.

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El incumplimiento por parte de las beneficiarias y beneficiarios de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio.

RECURSOS

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso¿administrativo ante el juzgado de lo contencioso¿administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso¿Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna. Ante las actuaciones definitivas de los jurados de valoración podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.

No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.

Alicante, 7 de junio de 2021

La rectora,

P.D. de firma, la vicerrectora de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica.

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

María Jesús Pastor Llorca