CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE SOFTWARE PARA LA DOCENCIA INSTALADO EN AULAS INFORMÁTICAS DE USO GENERAL

Fecha de aprobación
10/02/2010
Fecha de publicación
12/02/2010
Órgano competente
Vicerector de Tecnologia i Innovació Educativa
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE SOFTWARE PARA LA DOCENCIA INSTALADO EN AULAS INFORMÁTICAS DE USO GENERAL

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Vicerector de Tecnologia i Innovació Educativa

Fecha de aprobación: miércoles, 10 de febrero de 2010

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE SOFTWARE PARA LA DOCENCIA INSTALADO EN AULAS INFORMÁTICAS DE USO GENERAL
 
Con el objetivo de incentivar el uso de las tecnologías digitales en las labores docentes se lanza una convocatoria de ayudas para la adquisición de software para la docencia instalado en aulas informáticas de uso general. Esta convocatoria se enmarca en el nuevo plan plurianual 2009-2012 desarrollado por el Vicerrectorado. La dotación global para esta convocatoria del año 2010, asciende a 60.000 euros. El catálogo de los programas disponibles para docencia en las aulas de informática de uso general se puede consultar en
 
http://www.ua.es/es/servicios/si/servicios/programas/docencia.html
 
 
Las razones que justificarían una adquisición centralizada de licencias de programas son:
 
-Aplicaciones informáticas de uso generalizado (sistemas operativos, navegadores, ofimática) con disponibilidad de licencias campus.
 
-Aplicaciones informáticas compartidas por varios departamentos, lo que permite compartir costes.
 
-Aplicaciones informáticas de elevado coste pero de alto interés, que difícilmente serían asumibles por una asignatura/departamento.
 
 
 
1.- CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA Y SOLICITANTES
 
La petición de ayudas se realizará para la adquisición de programas de ordenador de uso en asignaturas de titulaciones oficiales (1º y 2º ciclo, grado y másteres) impartidas en la Universidad de Alicante. Dichos programas serán instalados en aulas informáticas de uso general. Aunque las iniciativas pueden partir de los departamentos, la solicitud será canalizada a través de los Centros, siendo la petición única por Centro, que podrá priorizar la propuesta. Se trata de ayudas para incentivar el uso de las tecnologías digitales en la docencia, por lo tanto estamos hablando de financiación compartida. De esta forma, el Vicerrectorado de Tecnología e Innovación Educativa asumiría un porcentaje del gasto y los solicitantes el otro. Los programas adquiridos en las convocatorias de los años anteriores que necesiten renovación de licencias deberán realizar la solicitud de renovación participando en esta convocatoria.
 
De no solicitar renovación por esta vía, ésta no será tenida en cuenta. En consecuencia, el software docente del que no se posea licencia no estará instalado en ninguna de las aulas de informática de uso general de la Universidad de Alicante.
 
 
2.- PLAZOS Y PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
 
-Presentación de solicitudes: desde el día siguiente a la publicación en el BOUA hasta el 30 de marzo de 2010.
 
-Resolución y comunicación de las ayudas: mayo de 2010.
 
Las solicitudes se realizarán telemáticamente a través del Campus Virtual en el plazo establecido en la convocatoria. Con la aplicación electrónica se generará una copia en papel de la solicitud que se presentará, con las firmas correspondientes, en el Registro General de la Universidad de Alicante o en los registros auxiliares ubicados en las secretarías de Centro y en la sede de Alicante, dirigida al Vicerrector de Tecnología e Innovación Educativa.
 
 
El modelo de impreso donde se priorizarán los programas solicitados está disponible en la dirección Web:
 
http://www.ua.es/es/servicios/si/ite/convocatorias/impresos_2010.html
 
 
 
3.- VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y CONCESIÓN DE AYUDAS
 
Las peticiones recibidas serán analizadas por un Comité de Valoración constituido por:
 
Vicerrector de Tecnología e Innovación Educativa.
Director del Secretariado de Biblioteca Universitaria.
Directora del Secretariado de Informática.
Director del Secretariado de Innovación Tecnológico-Educativa.
Director del Servicio de Informática.
 
Este comité elaborará un informe razonado, que será remitido a la Comisión de Innovación Educativa que aprobará la propuesta de resolución de las ayudas. La resolución contendrá el porcentaje de financiación por parte del Vicerrectorado. Los solicitantes recibirán la resolución y deberán responder, en el plazo determinado en dicha resolución, confirmando que aceptan dicha resolución y con ello el porcentaje correspondiente de financiación. Los criterios de valoración serán los siguientes:
 
-Si los Centros han presentado la petición priorizada, será tenida en cuenta dicha priorización.
 
-Uso docente de los programas, en función de la importancia para la formación del alumno (porcentaje de horas de uso, valor estratégico del mismo...).
 
-Se tendrá en cuenta la existencia de alternativas, tanto de software libre como de programas de funcionalidad similares de los que ya tenga licencia la Universidad.
 
-La licencia deberá ser ilimitada en el tiempo a cambio de pago único. En caso contrario, se deberá conocer el precio de renovación de licencias y se procederá a una revisión anual de las renovaciones, no existiendo compromiso de renovación automática por parte del vicerrectorado.
 
-El uso en las aulas no deberá requerir protector hardware individual por PC.
 
-A ser posible deberá ser licencia campus, y en su defecto abarcará el mayor número posible de puestos. En ningún caso el número de licencias será inferior a 25 puestos (1 aula).
 
-Preferiblemente no deben ser licencias individualizadas sino de uso concurrente, para poder instalarlas en un servidor de licencias
 
-Programas estratégicos de especial interés para los estudios que se cursan.
 
No serán tenidas en cuenta las solicitudes que no se adecuen a las bases de la convocatoria, que no aporten toda la información solicitada o que hagan referencia a programas ya adquiridos con anterioridad a la resolución.
 
 
 
4.- OBLIGACIONES
 
Los beneficiarios de estas ayudas se comprometen a:
 
-Asumir el porcentaje correspondiente de los costes de los programas adquiridos y solicitados por ellos.
 
-En caso de necesitar renovación, los solicitantes deberán estar dispuestos a asumir el mismo porcentaje en los años sucesivos, o notificar al Vicerrectorado que no desean renovación de las mismas.
 
-Los programas serán instalados en aulas de uso general. En caso de tratarse de un aula particular y unas licencias limitadas, la disponibilidad de este programa deberá aparecer en la web de la Universidad, junto con el resto de aulas de informática de la Universidad, y cualquier profesor de la Universidad podrá reservar el aula para uso docente.
 
-No existe compromiso por parte del Vicerrectorado de actualizaciones de los programas. Dichas actualizaciones deberán acogerse a futuras convocatorias.
 
 
 
Alicante, 10 de febrero de 2010
 
EL VICERRECTOR DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN EDUCATIVA
Faraón Llorens Largo