CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL COLABORADOR/A JÚNIOR PARA COLABORAR EN EL PROYECTO: "APRENDIZAJE ADAPTATIVO" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL.REFERENCIA: I-PI 10-22.

Fecha de aprobación
25/01/2022
Fecha de publicación
26/01/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL COLABORADOR/A JÚNIOR PARA COLABORAR EN EL PROYECTO: "APRENDIZAJE ADAPTATIVO" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL.REFERENCIA: I-PI 10-22.

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 25 de enero de 2022

REFERENCIA: I-PI 10-22

CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE OFERTA PARA CUBRIR CON CONTRATO TEMPORAL, UNA PLAZA DE PERSONAL COLABORADOR/A JÚNIOR PARA COLABORAR EN EL PROYECTO: "APRENDIZAJE ADAPTATIVO" DEL VICERRECTORADO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

Organismo Financiador: Ministerio de Universidades de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del Sistema Universitario Español en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Referencia:  UniDigital-119

La Universidad de Alicante de acuerdo a lo establecido en la Normativa reguladora de las convocatorias para la selección de personal investigador contratado en régimen laboral temporal y su contratación, aprobada por Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2021 (BOUA de 30 de junio de 2021) y en la Instrucción de la Secretaría General y de la Gerencia por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección para la contratación temporal en régimen laboral de personal de administración y servicios y de personal investigador y demás normativa general de aplicación, convoca oferta pública para cubrir puesto/s de trabajo, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Número de plazas: Una

2. Características de la plaza.

- Figura: Colaborador/a júnior

- Jornada: 37,5 horas/semana, en horario de mañana/tarde.

- Retribución: 2.345 € brutos/mensuales (más pagas extra correspondientes según la normativa vigente)

- Duración inicialmente prevista del contrato: Desde su firma hasta el 31/12/2023

En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto y a su disponibilidad presupuestaria.

De conformidad con lo previsto en el acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2013, por el cual se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que no existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en la categoría de Colaborador/a júnior.

3. Objeto.

Colaborar en el proyecto: Aprendizaje adaptativo realizando las siguientes funciones:

- Investigación en Aprendizaje adaptativo, en particular:

  • Modelos de aprendizaje adaptativo
  • Diseño de vectores característicos de estudiantes y actividades, algoritmos de cálculo
  • Diseño de estrategias instruccionales
  • Diseño de motores de selección de actividades con algoritmos de Inteligencia Artificial.
  • Diseño de experimentos

- Coordinación con el equipo de investigación y desarrollo.

- Y cualquier otra tarea afín al puesto que pueda surgir de la ejecución del proyecto

4. Perfil de la Plaza. Se valorará:

-   Experiencia y formación relacionada con el objeto de la convocatoria y en especial:

- Investigaciones publicadas sobre:

  • Sistemas de aprendizaje adaptativo
  • Modelos de aprendizaje adaptativo
  • Caracterización de estudiantes en el proceso de aprendizaje
  • Caracterización de actividades en el proceso de aprendizaje
  • Estrategias instruccionales en el diseño del proceso de enseñanza-aprendizaje
  • Implementación de la caracterización de estudiantes en un sistema de aprendizaje adaptativo.
  • Implementación del motor de selección de actividades en un sistema de aprendizaje adaptativo

- Experiencia en:

  • Desarrollo frontend con Javascript, concretamente jQuery y Angular
  • Maquetación con SASS
  • Desarrollo backend con Python y PHP
  • Gestión de base de datos con MySQL
  • Control de versiones con Git, gestionando con Gitflow
  • Construcción de módulos con Webpack
  • Creación de entornos con nginx
  • Gestión de equipos de desarrollo

Titulación: Máster oficial en Ingeniería Informática.

5. Requisitos del personal aspirante.

El cumplimiento de los requisitos relacionados a continuación deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.

- Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de i) Ingeniería en Informática o ii) Grado en Ingeniería Informática más máster oficial en ingeniería informática o cualquier otro máster oficial cuyo plan de estudios pueda considerarse equivalente.

- Conocimiento de inglés a nivel C1

- Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre). En el caso establecido en el punto 4 de este artículo, cuando se requiera la residencia legal en España, se deberá estar en posesión de la misma en el momento de la formalización y firma del contrato de trabajo.

- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas, para lo que, con carácter previo a la firma del contrato, se deberá aportar certificado médico que acredite poseer dichas capacidades y aptitudes. A estos efectos los reconocimientos se podrán realizar a través de los servicios médicos existentes en el servicio de prevención de la Universidad de Alicante.

- No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6. Presentación telemática de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán en el plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA), la correspondiente solicitud, que habrá  de ser cumplimentada a través de Sede electrónica, (https://seuelectronica.ua.es/) Trámites- Solicitud de plazas de personal investigador para proyectos de investigación o accediendo a la siguiente dirección:

En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en esta base 6.1.

Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se recomienda una resolución de 200ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb.

Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la Sede Electrónica.  En "Instrucciones para cumplimentar y presentar la solicitud E-administración" que se encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección y Formación, Acceso PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes.

6.1. Documentación digitalizada a adjuntar a la solicitud.

Deberán anexarse en el apartado "Documentos adjuntos" de la aplicación informática:

- Copia del DNI o del NIE; si no disponen de este último, copia del documento de su país de origen que acredite su identidad, edad y nacionalidad. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada seleccionando en tipo de documento "DNI" u "Otro documento identificativo de identidad"

- Copia del título académico que se requiere para poder participar en la convocatoria o de la certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo y haber abonado los derechos para la expedición del título. En los títulos de doctorado, en el caso en que se requiera una determinada especialidad, de no figurar ésta en el título que se presenta, se habrá de adjuntar la certificación académica conteniendo el programa de doctorado y las asignaturas del periodo formativo del mismo. La documentación requerida en este punto deberá ser adjuntada seleccionando en tipo de documento "Requisito de titulación".

Aquellos documentos acreditativos de la titulación que se presenten en un idioma distinto de alguno de los oficiales en la Comunidad Valenciana, deberán ir acompañados de traducción por intérprete jurado.

- Copia del documento que acredite el nivel de inglés C1 del Marco Común Europeo de Referencia (MCER), según la tabla de equivalencias de la Universidad de Alicante que se puede consultar en la página web del Servicio de Selección y Formación en la siguiente dirección: https://s.ua.es/B~NR Se adjuntará seleccionando en tipo de documentos "Requisito lingüístico".

En el caso de cursos realizados por el Centro Superior de Idiomas de la Universidad de Alicante se tendrá que acreditar la equivalencia de los mismos con el nivel del MCER. Para lo cual se tiene que adjuntar copia del título con el reverso del mismo donde consta tal circunstancia o el certificado electrónico disponible en UACloud /eAdministración /Trámites laborales/ Certificado de Formación, donde se especifica esta equivalencia.

Las personas que hayan cursado estudios cuya lengua vehicular principal de la docencia sea la requerida para el acceso a la plaza, podrán certificar el nivel de idioma requerido según se establece en la tabla de equivalencias arriba indicada.

Se podrá solicitar al interesado la traducción del título en los casos en que a causa del idioma sea necesario, así como un informe del organismo competente que acredito la lengua vehicular de este, siempre que de la documentación presentada no se desprenda esta circunstancia.

- Modelo de Currículum de la Universidad de Alicante para Personal Investigador en Proyectos de Investigación, disponible en la misma página web, que deberá anexarse en el apartado "Modelo de CV" y copias de los documentos que acrediten los méritos alegados; y para el apartado "12. Actividades de carácter profesional", se acompañará, además, del informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los contratos de trabajo o certificado de servicios prestados, caso de ser empleo público. Todas las copias de los documentos acreditativos del Curriculum Vitae deberán incluirse en los apartados I a IV de la aplicación informática. Podrán agruparse todos los documentos correspondientes a un apartado y adjuntarse en un único documento.

- Copia de las CERTIFICACIONES ACADÉMICAS, en la que consten las calificaciones obtenidas en las titulaciones oficiales que posea (si no se presentase no podrá ser valorada en el apartado correspondiente del baremo); deberán anexarse en el apartado "Certificación académica" de la aplicación informática.

En cualquier momento del proceso, se podrá solicitar a la persona aspirante la presentación de los originales de los documentos presentados y, en su caso, de la traducción por intérprete jurado de los mismos. 

7. Notificaciones a aspirantes. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre anteriormente referenciada, las publicaciones detalladas en estas bases, así como la información de otros actos que de ella se deriven de la presente convocatoria que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, a efectos de notificación se realizarán en Sede electrónica/ Carpeta de Expedientes en el apartado "Otros documentos generales", sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Se podrán consultar a título informativo en la página web del Servicio de Selección y Formación-Acceso PDI I https://s.ua.es/9rMl

En esta misma dirección se encuentra el resto de información general referente a la convocatoria y el acceso a toda la normativa y legislación mencionada en la misma.

En el caso de tener que realizar alguna notificación individual se realizará a través del sistema de notificación electrónica de la UA.

8. Relación de personas admitidas y excluidas. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará, en Sede electrónica, la relación provisional de personas admitidas y excluidas. A partir del día siguiente de su publicación las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de subsanaciones o reclamaciones, que tramitarán accediendo a su expediente electrónico. No se admitirá documentación acreditativa de los méritos una vez finalizado este plazo.

Transcurrido este, se publicará, en Sede electrónica, la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

9. Comisión de Selección. La comisión encargada de resolver la convocatoria estará compuesta por 5 miembros de pleno derecho y sus suplentes. Cada sindicato presente en la mesa negociadora podrá proponer la participación de una observadora o un observador.

El nombramiento de los miembros se hará público antes del acto de constitución en Sede electrónica.

La comisión velará porque queden garantizados los principios de mérito, capacidad y de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, así como la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad adoptando en el procedimiento las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.

10. Sistema de selección. Constará de dos fases:

a) Baremación de méritos: La Comisión valorará los méritos alegados por el personal aspirante en el currículo, una vez acordados los criterios de valoración específicos ajustados a los criterios generales, que figuran en el Anexo I de la normativa de la UA referenciada al inicio de la convocatoria. Sólo podrán ser considerados aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias establecido en la base 6.

b) Entrevista personal, la finalidad de la cual será la de valorar la adecuación del personal aspirante para ocupar el puesto de trabajo ofrecido. La Comisión podrá acordar su realización de forma presencial o no presencial. Para su realización se les convocará, a través de Sede electrónica, con una antelación mínima de 4 días hábiles. Tendrá carácter obligatorio, por lo que, si alguna o algún aspirante convocado no se persona en el día, lugar (físico o virtual, según si el desarrollo es presencial o no presencial) y hora establecidos, se considerará decaído en sus derechos. Se puntuará de 0 a 2 puntos.

En el caso de que la entrevista se convoque de forma presencial, si algún aspirante se encuentra en alguna de las situaciones derivadas de la COVID-19, descritas en el Acuerdo de mesa negociadora de 28 de octubre de 2020, deberá comunicarlo en el tiempo y la  forma prevista en dicho acuerdo a los efectos de que la Comisión adopte la decisión que considere oportuna. La justificación acreditativa de la situación en que se encuentre el aspirante, si no se puede presentar junto con el escrito de comunicación, se deberá realizar en los 5 días hábiles siguientes. 

Los resultados provisionales de ambas fases, junto con los criterios de valoración específicos del baremo, se publicarán, en Sede electrónica, con un plazo de reclamaciones, establecido por la Comisión de, al menos, 3 días hábiles. Vistas las reclamaciones o transcurrido dicho plazo sin haber presentado ninguna, se publicarán los resultados definitivos.

Realizada la propuesta de provisión definitiva, que se hará pública en Sede electrónica, la Comisión podrá acordar la constitución de una bolsa de trabajo con el resto de aspirantes, ordenada por puntuación de mayor a menor, que podrá utilizarse en el caso de renuncia de la persona adjudicataria, su baja definitiva o para cubrir necesidades posteriores de plazas con las mismas características para el mismo proyecto.

11. Adjudicación. La Comisión, para la elaboración de la propuesta de adjudicación sumará las puntuaciones obtenidas y las ordenará de mayor a menor, correspondiendo la propuesta de adjudicación a la o al aspirante con mayor puntuación. En el caso de que en la base 2ª se haya hecho constar infrarrepresentación de alguno de los géneros y se produjese un empate en la puntuación total del proceso, para dirimir dicho empate se aplicarán las Instrucciones para resolver empates en procesos selectivos, aprobadas en Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28 de octubre).

La propuesta de la Comisión se elevará a la Rectora, para su adjudicación, que se hará pública en Sede electrónica, tras la cual se formalizará contrato laboral a través del Servicio de Gestión de Personal Docente y cuyas condiciones de trabajo podrán sufrir modificaciones sustanciales al amparo de los artículos 12.4.e) y 41 del Estatuto de los Trabajadores.

A la vista de los resultados de la aplicación del sistema de selección, y en caso de evidenciarse la inadecuación de los méritos del personal aspirante al perfil y objeto de la convocatoria, se podrá declarar motivadamente la no adjudicación del puesto convocado.

12. Firma del contrato. En el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la adjudicación definitiva, la persona propuesta formalizará el contrato. Para ello, deberá presentar, mediante instancia genérica a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante (disponible en la sede electrónica de la Universidad de Alicante), o a través de Uacloud-eadministración-trámites-instancia genérica, la documentación requerida por la Unidad de Gestión de Personal Docente e Investigador. El plazo indicado en esta base podrá ser ampliado por petición motivada, formulada con anterioridad a la expiración del mismo, de la investigadora o investigador solicitante de la plaza o de la persona propuesta. El Vicerrectorado de Investigación, oída la investigadora o investigador solicitante de la plaza y el responsable de la unidad de destino, podrá conceder la ampliación.

De acuerdo con el art. 29 de la normativa referenciada al inicio de la convocatoria, los aspirantes propuestos con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario, debiendo adjuntar la misma.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada la equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se deberá acreditar haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento.

En el plazo de 6 meses la persona propuesta deberá aportar documento acreditativo de la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento profesional, o de la situación en que se encuentra dicha solicitud. Si transcurridos 9 meses desde que se inició la tramitación no se ha presentado ninguno de los documentos indicados en este párrafo, se rescindirá el contrato.

 De igual forma, si la autoridad competente resuelve la denegación de la homologación, equivalencia o reconocimiento, se rescindirá el contrato, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan. En todos los casos, el aspirante en cuestión vendrá obligado a comunicar al órgano convocante la resolución de homologación, equivalencia o reconocimiento.

En el momento de la firma del contrato el trabajador o trabajadora deberá estar en disposición de poder firmar un contrato temporal por la duración inicialmente prevista en la base 2ª. Para ello, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 15.1.a) y 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, no podrá estar contratado en la Universidad de Alicante durante un plazo superior a veinticuatro meses en los últimos 30, incluyendo la duración del presente contrato, mediante dos o más contratos temporales.

13. Protección de datos personales. Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en su carácter de responsable e incorporados a la actividad de tratamiento "113 -Convocatorias de concurso para la provisión de plazas de personal investigador". La finalidad de dicho tratamiento de datos personales será la gestión y resolución de la convocatoria. La legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión de interés público y en el consentimiento del interesado.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no se cederán a terceros salvo obligación legal.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica (https://seuelectronica.ua.es).

14. Recursos. Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la Rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015 . Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones de la Comisión de selección, podrá interponerse un recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la Rectora como órgano competente para resolverlo.

No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.

La Rectora

P.D. (Resolución Rectoral 22/12/2020)

El Vicerrector de Investigación

Juan Mora Pastor