CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN
- Fecha de aprobación
- 26/01/2022
- Fecha de publicación
- 28/01/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 26 de enero de 2022
CONCURSO DE PÓSTERES DE TRABAJOS FIN DE GRADO DE INGENIERÍA EN SONIDO E IMAGEN EN TELECOMUNICACIÓN
OBJETO
La Escuela Politécnica Superior con motivo de la celebración del Mes Cultural de la EPS 2022 convoca un concurso a los mejores Pósteres de Trabajos Fin de Grado (TFG) del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación defendidos en la Universidad de Alicante a lo largo de los cursos académicos 2019/2020 y 2020/2021.
El objeto de este concurso es servir a la promoción de los estudios en relación con la Ingeniería de Telecomunicación y dar visibilidad a su ámbito profesional.
PARTICIPACIÓN
1. Optan a los premios todas las personas egresadas del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación de la Universidad de Alicante que hayan defendido su TFG en el curso académico 2019/2020 o 2020/2021.
2. Las dimensiones para el diseño digital del póster son 0,7 m de ancho y 1,0 m de altura. El estilo del póster es libre y el formato de presentación es PDF. Debe incluir obligatoriamente el nombre de la titulación, el curso académico, el título del TFG y el nombre de persona participante que realizó el TFG. El póster no debe incluir el nombre de tutor/a ni cotutor/a del trabajo.
3. La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo para la presentación de los/as candidatos/as al concurso es del 14 al 18 de febrero de 2022 a través de email a subdireccion.gradoteleco@eps.ua.es.
PREMIOS
1. Los premios y su dotación económica son:
- Primer premio (uno para el curso 2019/2020 y otro para el curso 2020/2021): 110 euros.
- Segundo premio (uno para el curso 2019/2020 y otro para el curso 2020/2021): 90 euros.
2. La entrega de premios se realizará el lunes 28 de febrero de 2022 durante el Acto de Clausura y Entrega de Premios del Mes Cultural EPS 2022.
SELECCIÓN DE LOS GANADORES
1. Se realizará mediante voto secreto telemático del profesorado del Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen en Telecomunicación. Para los pósteres de cada uno de los cursos 2019/2020 y 2020/2021, cada profesora y profesor podrá asignar un máximo de 4 puntos, repartidos entre 2 pósteres según su criterio: 3 puntos para el primero y 1 punto para el segundo.
2. Los criterios de valoración serán:
- Grado de innovación.
- Aportación al mundo profesional, y especialmente al sector audiovisual.
- Posibilidades de implantación real.
MARCO LEGAL PRESUPUESTARIO
La dotación máxima destinada a esta convocatoria es de 400 € y se encuentra consignada en la clave orgánica 21404B0001 del presupuesto del Mes Cultural de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.
La dotación asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.
NOTIFICICIONES
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases y sus datos de aplicación se realizarán en la dirección web https://eps.ua.es/es/ingenieria-sonido-imagen-telecomunicacion/trabajo-fin-de-grado/concurso-de-tfg-2020-22.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
La Rectora,
P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Isabel Ferrer Cascales