CONVOCATORIA DE BECAS DE VERANO IUMA-INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN

Fecha de aprobación
17/03/2022
Fecha de publicación
24/03/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE BECAS DE VERANO IUMA-INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: jueves, 17 de marzo de 2022

CONVOCATORIA DE BECAS DE VERANO IUMA-INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN

El Instituto Universitario de Materiales de Alicante (IUMA) (https://iuma.ua.es) oferta 5 becas de verano de iniciación a la investigación destinadas a estudiantes de grado. La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, como se describe en el apartado 6 de esta convocatoria.

1. Objeto de las becas

La finalidad de las becas es proporcionar a estudiantes interesados en la Ciencia de Materiales la oportunidad de desarrollar un breve proyecto de iniciación a la investigación bajo la supervisión de un investigador o una investigadora del IUMA, en una de las líneas de investigación de este instituto.

Las tareas de iniciación a la investigación se desarrollarán con una duración de 5 semanas, preferentemente durante el periodo comprendido entre el 13 de junio y el 29 de julio de 2022, y siguiendo tanto las instrucciones de la persona investigadora responsable, como la normativa específica de la universidad sobre trabajo en el laboratorio que se aplique en dicho período.

El alumnado seleccionado participará del entorno de investigación y de las actividades científicas propias del grupo al que se integre.

Cada una de las 5 becas ofertadas está asociada a uno de los grupos de investigación que forman el IUMA (ver en https://iuma.ua.es). Si la beca asociada a un determinado grupo no se llegara a asignar (bien por no haber sido solicitada o por no haberse considerado apto ningún candidato o candidata), podría destinarse a solicitantes que hayan mostrado interés por otro grupo de investigación del citado instituto.

2. Número de becas y cuantía

Se ofertan 5 becas por una cuantía de 750 euros (brutos) cada una.

3. Justificación de personas beneficiarias y pago

Las becas se pagarán una vez transcurridas las 5 semanas de iniciación a la investigación y la persona beneficiaria entregue en la secretaría del IUMA, con el visto bueno del tutor o la tutora, un breve informe del trabajo realizado. El plazo máximo para la presentación de dicho informe es el 7 de octubre de 2022.

4. Requisitos de las personas candidatas

Las becas están destinadas a estudiantes altamente motivados que se encuentren en tercer o cuarto curso de los grados en Química, Física, Ingeniería Química u otra titulación relacionada con la Ciencia de Materiales, matriculados tanto en la Universidad de Alicante como en otras universidades. El alumnado solicitante debe acreditar haber superado 140 créditos de la titulación antes de que finalice el plazo de solicitud.

Además, es necesario acreditar una nota media igual o superior a 6,5 en una escala de 0 a 10.

Quedan excluidos los o las estudiantes que hayan disfrutado de esta ayuda en cursos anteriores.

5. Formalización de solicitudes y documentación a presentar

Para solicitar la beca se debe cumplimentar el formulario de solicitud online

En él se debe indicar el grupo de investigación de interés para desarrollar el trabajo. Además, se debe adjuntar la documentación que se indica a continuación:

- Carta dirigida a la directora del IUMA, en la que se muestre una expresión de interés y motivación hacia el trabajo a realizar si se obtiene la beca en un determinado grupo de investigación.

En el caso de estudiantes que no cursen sus estudios de grado en la UA:

- Copia escaneada (1 archivo PDF) de la certificación académica (o copia simple del expediente) en la que consten las calificaciones obtenidas en sus estudios y la calificación media (escala 0-10). Las certificaciones de los estudios realizados en el extranjero en un idioma diferente al inglés deberán presentarse con la correspondiente traducción oficial al español o al valenciano.

- Copia escaneada (1 archivo PDF) del justificante de matrícula en el curso 2021/2022.

La dirección de correo electrónico para consultas es iuma@ua.es, indicando en el asunto del mensaje "BECAVERANOIUMA2022".

Los o las solicitantes de esta ayuda que cursen sus estudios en la UA autorizan al IUMA a solicitar información a las secretarías correspondientes sobre su matrícula y su expediente académico.

La convocatoria se publicará en el BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo de inscripción se inicia el día 5 de abril de 2022 y finaliza a las 23:59 h del 6 de mayo de 2022.

6. Selección de las personas candidatas

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración denominada Comité Científico Interno del IUMA (constituida por la directora del IUMA, que actuará como presidenta, la secretaria del IUMA, que actuará como secretaria, y como vocales los directores o directoras de los cinco grupos de investigación del IUMA), que valorará la adecuación formativa del candidato, su expediente académico y la expresión de interés formulada. Si la formación del candidato o candidata no es la adecuada, es decir sus estudios no corresponden con los indicados en el punto 4, quedará excluido de la convocatoria. La valoración de solicitudes se realizará considerando:

- el expediente académico valorado entre 0 y 10 puntos, en función de la nota media (90%)

- la expresión de interés y motivación para trabajar con alguno de los grupos de investigación del instituto valorado entre 0 y 10 puntos (10%).

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web (https://iuma.ua.es/es/novedades.html), sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

En el plazo máximo de dos (2) semanas desde la fecha de fin de presentación de solicitudes se publicará en la página web del IUMA (https://iuma.ua.es/es/novedades.html) el listado provisional de asignación de ayudas, abriendo un plazo para reclamaciones de 10 días hábiles.

7. Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con las becas de colaboración del curso 2021-2022.

8. Compromisos de las personas beneficiarios

Los beneficiarios o beneficiarias de las ayudas se comprometen a colaborar en las tareas de investigación del grupo investigación al que se vincule la beca y desarrollar el plan de trabajo que les sea propuesto.

9. Marco legal y presupuestario

La dotación máxima para esta convocatoria es de 3750 € y se encuentra consignada en el capítulo 4 (orgánica 41104B0001) del presupuesto del centro de gasto Instituto Universitario de Materiales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

10. Protección de datos

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, los datos proporcionados no podrán ser cedidos, salvo obligación legal, en cuyo caso se indicará el objeto y destino de esta cesión.

Las personas solicitantes pueden ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarse en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Alicante, 17 de marzo de 2022

La Rectora,

P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Isabel Ferrer Cascales