CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA EL PROGRAMA DE DOBLE MÁSTER INTERNACIONAL DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CON L'UNIVERSITÉ JEAN MOULIN LYON 3 EN EL CURSO 2022-23
- Fecha de aprobación
- 28/03/2022
- Fecha de publicación
- 30/03/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA EL PROGRAMA DE DOBLE MÁSTER INTERNACIONAL DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CON L'UNIVERSITÉ JEAN MOULIN LYON 3 EN EL CURSO 2022-23
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 28 de marzo de 2022
CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE ESTUDIANTES PARA EL PROGRAMA DE DOBLE MÁSTER INTERNACIONAL DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CON L'UNIVERSITÉ JEAN MOULIN LYON 3 EN EL CURSO 2022-23.
Objetivo
Seleccionar estudiantes del Máster en Traducción Institucional de la Facultad de Filosofía y Letras para realizar un intercambio durante todo el curso académico 2022-23 con l'Université Jean Moulin Lyon 3 con la que existe un convenio de doble titulación y la concesión de una ayuda económica destinada a sufragar gastos derivados del intercambio, con el fin de promover la movilidad internacional de los estudiantes de la Facultad de Filosofía y Letras.
Plazas ofertadas
Se concederán 2 plazas de intercambio para estudiar el curso académico completo, conforme al calendario académico de la universidad de destino. Las solicitudes que cumplan los requisitos pero no sean seleccionadas tras la aplicación de los criterios de selección, quedarán en lista de espera.
Las y los estudiantes seleccionados serán admitidos en el curso 2022-23 en el Máster en Traducción Institucional de la Universidad de Alicante por encima del límite de admisión que tiene establecido la titulación.
Personas beneficiarias
Podrán concurrir a esta convocatoria personas tituladas en Grado en Traducción e Interpretación de cualquier universidad, o título equivalente, interesadas en matricularse en el Máster en Traducción Institucional de la Universidad Alicante en el curso 2022-23.
Requisitos de las personas beneficiarias
-Haber obtenido el título de Grado en Traducción e Interpretación en cualquier universidad, o título equivalente.
-Acreditar un nivel B2 de inglés y francés.
Criterios de valoración
-Se valorará con un 40% las calificaciones obtenidas en las asignaturas de traducción jurídica y económica.
-Se valorará con un 20% el número de créditos cursados en asignaturas de traducción jurídica y económica.
-Se valorará con un 20% la media del expediente.
-Se valorará con un 20% haber obtenido el título de Grado en Traducción e Interpretación en la Universidad de Alicante.
Comisión de Valoración
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración formada por:
-Presidenta: Mar García Arenas, vicedecana de Igualdad y Relaciones Internacionales de la Facultad de Filosofía y Letras de la UA.
-Secretaria: Lucía Navarro, coordinadora del Máster en Traducción Institucional de la UA.
-Vocal: Patricia Botella, gestora jefe de la Oficina de Movilidad de la Facultad de Filosofía y Letras de la UA.
Presentación de solicitudes y documentación a aportar
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de presentación de solicitudes será del 7 al 12 de abril de 2022.
Las solicitudes se formalizarán a través del siguiente formulario online, publicado en la página web de la Oficina de Movilidad de la Facultad http://lletres.ua.es/es/movilidad/tablon-de-anuncios.html, al que se adjuntará la siguiente documentación:
Egresadas o egresados por la UA:
- DNI, NIE, carta de identificación o pasaporte actualizado
- Certificado de acreditación de, al menos, un nivel B2 de inglés y francés. Este certificado no será necesario si se acredita dicho nivel con asignaturas superadas en el plan de estudios de la UA según la Tabla de equivalencias de asignaturas y otros certificados en lenguas extranjeras de la Universidad de Alicante,
Egresadas o egresados por otra universidad:
- DNI, NIE, carta de identificación o pasaporte actualizado
- Título de Grado en Traducción e Interpretación, o recibo pagado de las tasas de expedición del título.
- Certificado académico que incluya la nota media obtenida.
- Certificado que acredite, al menos, un nivel B2 de inglés y francés
Únicamente se valorarán los certificados de idiomas aceptados por el Servicio de Lenguas y Cultura de la UA, conforme al Plan de Acreditación Lingüística de la UA (https://sl.ua.es/es/acreditacion/acreditacion-en-lenguas.html).
Publicaciones y resolución
Las resoluciones y los plazos de alegaciones de esta convocatoria se publicarán en la página web de movilidad de la Facultad: https://lletres.ua.es/es/movilidad/tablon-de-anuncios.html, que producirá los mismos efectos que la notificación a las personas interesadas, atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Obligaciones del alumnado seleccionado
a) Estar matriculada o matriculado en el curso 2022-23 en el Máster en Traducción Institucional de la UA.
b) En el caso de que la o el seleccionado no hubiera obtenido el título de Grado en Traducción e Interpretación por la Universidad de Alicante, deberá aportar los originales de la documentación adjuntada al formulario de solicitud para el cotejo correspondiente en la Oficina de Movilidad de la Facultad antes del 31 de marzo de 2022.
c) Incorporarse a la universidad de destino durante el curso académico 2022-23 en la fecha fijada por aquella universidad para el inicio del curso y cumplir con la estancia docente de un curso académico, que se dará por concluida en la fecha establecida por la universidad de destino. Si el motivo de no cursar el período de estudios establecido no fuera imputable al beneficiario, el importe se prorrateará en función del período efectivo de disfrute.
d) Al comienzo del intercambio, una vez cumplimentada la fecha de llegada (arrival), enviar la confirmación de estancia escaneada y adjunta a un e-mail (lletres@ua.es) como máximo el 15 de diciembre 2022, y al finalizar la estancia, presentar el documento original en la Oficina de Movilidad de la Facultad con la fecha de salida (departure) cumplimentada.
e) Cumplir las normas disciplinarias de la UA y de la universidad de destino y los requisitos de asistencia y evaluación fijados por esta última universidad.
f) Responsabilizarse de los trámites de inscripción en la universidad de acogida.
g) Comunicar lo antes posible a la Oficina de Movilidad de la Facultad de Filosofía y Letras cualquier cambio respecto a la solicitud inicial (renuncia, calendario, etc.), a través del correo: lletres@ua.es.
h) Responsabilizarse de procurar la cobertura de seguro a efectos de enfermedad común, accidente y repatriación.
i) Responsabilizarse de la búsqueda de alojamiento.
j) Mantenerse localizable a través de la dirección de correo electrónico institucional de la UA.
k) Aceptar todas las condiciones del Programa de Intercambio.
El incumplimiento de las obligaciones mencionadas implicará la anulación de la ayuda concedida y el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente, así como la revocación de la admisión en el Máster en Traducción Institucional de la Universidad de Alicante.
Cuantía de las ayudas
El alumnado seleccionado recibirá una ayuda económica única de 500€.
Situaciones derivadas de la crisis sanitaria por la COVID-19:
a) Teniendo en cuenta que la aceptación del alumnado puede verse afectada por la situación de la COVID-19, en caso de que se cierren fronteras o la universidad no acepte nominaciones de estudiantes, no se producirá la movilidad.
b) Así mismo, la modalidad de docencia presencial puede verse afectada, pasando a docencia online. En ese caso, la movilidad académica no sería viable. Excepto si se hubiera comenzado la movilidad con la modalidad de docencia presencial.
Justificación de las personas beneficiarias
Las y los beneficiarios deberán acreditar su incorporación a la universidad de destino como máximo el día 15 de diciembre de 2022, mediante la presentación del documento de confirmación de llegada. Tras la justificación se abonará el importe de la ayuda.
Marco legal y presupuestario
La dotación máxima para esta convocatoria es de 1.000€ y se encuentra consignada en la clave orgánica 20.10.4B.00.01 del presupuesto de la Facultad de Filosofía y Letras. El pago de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.
La subvención asignada a cada ayuda se ajustará al que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y al que esta convocatoria establece.
Protección de datos
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, se le comunicas que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Alicante, 28 de marzo de 2022
La rectora,
P.D. de firma, la vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosa Mª Martínez Espinoza