BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CREATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. ENFOKALÓ22. RETRATO DEL PUEBLO GITANO A TRAVÉS DE LA FOTOGRAFÍA
- Fecha de aprobación
- 05/04/2022
- Fecha de publicación
- 06/04/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CREATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. ENFOKALÓ22. RETRATO DEL PUEBLO GITANO A TRAVÉS DE LA FOTOGRAFÍA
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 5 de abril de 2022
BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CREATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. ENFOKALÓ22. RETRATO DEL PUEBLO GITANO A TRAVÉS DE LA FOTOGRAFÍA
Con motivo de la conmemoración del 8 de abril, Día Internacional del Pueblo Gitano, el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social de la Universidad de Alicante convoca un concurso de fotografía creativa "Enfokaló22. Retrato del Pueblo Gitano a través de la fotografía".
BASES
1. Objeto
El concurso Enfokaló22, tiene por objeto mostrar perspectivas y visiones sobre el Pueblo Gitano, su cultura e idiosincrasia, tradiciones, vivencias y aspectos de su realidad social. Las imágenes deberán reflejar la puesta en valor de la diversidad étnico-cultural en la sociedad a través de la Comunidad Gitana.
2. Participantes
Podrán participar estudiantes de cualquier titulación de la Universidad de Alicante UA. Cada participante podrá presentar como máximo dos fotografías.
3. Requisitos técnicos
1. Las fotografías que se presenten deberán ser propias, originales e inéditas. No podrán estar publicadas o pendientes de publicación, tampoco podrán participar aquellas fotografías que hayan sido premiadas en otros concursos o convocatorias afines, ni estén sujetas a derechos que sustenten terceros.
2. Se admitirán fotografías captadas con cualquier técnica fotográfica y podrán ser en blanco y negro, sepia o color natural.
3. Las fotografías se enviarán en formato .jpg .png o .gif, deberán tener un máximo de 10 Mb y una resolución de 300 ppp.
4. Las personas participantes deberán guardar copias electrónicas de las fotografías aportadas.
4. Plazo y forma de presentación
1. El plazo de presentación comienza el día de la publicación del concurso en el BOUA y finaliza el 15 de mayo de 2022 (23:59).
2. Las fotografías, y la ficha de inscripción deberán enviarse a través del siguiente formulario online. Se cumplimentará una solicitud por cada una de las fotos presentadas.
5. Premios
La comisión que valorará las fotografías seleccionará tres fotografías.
1. Se valorará la creatividad, la adecuación a la temática y la estética de las obras.
2. Cada una de las fotografías será premiada con 200 euros.
3. Los autores y autoras solo podrán recibir un premio.
4. Se podrá declarar desierto el concurso u otorgar un número inferior de premios
5. Los premios estarán sujetos a la retención del IRPF que marca la legislación vigente en el caso de premios.
6. La concesión de premios se comunicará a las personas ganadoras el 30 de mayo 2022.
7. La entrega de premios se podrá realizar en un acto organizado al efecto.
6. Comisión
La comisión que valorará las obras presentadas y resolverá el concurso estará formada por las personas siguientes:
- Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, o persona en quien delegue, quien presidirá.
- Director del Secretariado de Responsabilidad Social que actuará como secretario.
- Directora de la Cátedra de Cultura Gitana.
- Dos estudiantes de la UA.
7. Derechos
Las personas participantes de las fotografías asumen la responsabilidad en cuanto a la autoría y originalidad de las imágenes que presenten al concurso. De conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, las personas autoras de las imágenes, tanto en el caso de las premiadas como de las demás enviadas, sin perjuicio de los derechos morales que les corresponden, ceden a la Universidad de Alicante durante 5 años de forma no exclusiva los derechos patrimoniales de explotación de las imágenes necesarios para crear un banco de imágenes, de carácter público y gratuito, para la visibilització de la Comunidad Gitana, siempre sin ánimo de lucro y citando a la persona autora, que serán utilizada en actividades de sensibilización y formación universitaria sobre la diversidad étnico-cultural.
8. Marco legal y presupuestario
La dotación máxima para esta convocatoria es de 600 € y se encuentra consignada en la clave orgánica 11.40.4B.00.01 del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.
La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
El incumplimiento por parte de las personas beneficiarias de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio.
9. Protección de datos
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en su carácter de "responsable" e incorporados en la actividad de tratamiento "Subvenciones, becas, Ayudas y premios". La finalidad de dicho tratamiento de datos personales será la gestión y resolución de la convocatoria. Finalidad basada en el interés público de la convocatoria y en la solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados sus datos no se cederán a terceros, salvo obligación legal.
Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica:
Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
10. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Ante las actuaciones definitivas de la comisión podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
11. Consideraciones finales
La participación en este concurso supone la total aceptación de estas bases. El incumplimiento de las bases del concurso podrá ser causa de desestimación y, en su caso, del reintegro de los premios, en los términos establecidos en la legislación de subvenciones.
Alicante, 6 de abril de 2022
La rectora,
P.D. de firma, la vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Eva Espinar Ruiz