CONVOCATORIA DE PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL

Fecha de aprobación
23/05/2022
Fecha de publicación
24/05/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 23 de mayo de 2022

CONVOCATORIA DE PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL

1. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de:

a) Premio de investigación para Trabajos Fin de Grado en la Universidad de Alicante en las materias de "transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, datos abiertos e integridad institucional" desde una perspectiva multidisciplinar (ciencias jurídicas, sociales, ingeniería, informática, ciencias de la salud, etc.).

b) Premio de investigación para Trabajos Fin de Máster en la Universidad de Alicante en las materias de "transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, datos abiertos e integridad institucional" desde una perspectiva multidisciplinar (ciencias jurídicas, sociales, ingenierías, informática, ciencias de la salud, etc.).

2. Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que:

  • hayan defendido sus TFGs y TFMs en la Universidad de Alicante durante el curso académico 2021/2022.

3. Número y dotación de los premios.

Se concederá un máximo/número de 6 premios, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 3.000 €.

4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 31 de julio de 2022.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, a través del formulario online habilitado en la página web en el Departamento de Estudios Jurídicos del Estado https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=143218&idioma=es

Se adjuntará la siguiente documentación:

  • Documentación 1. memoria.pdf Este archivo contendrá el Trabajo de Fin de Grado o Máster efectivamente presentado y defendido, indicando la categoría del premio a la que se presenta (Grado o Máster).
  • Documentación 2. resumen.pdf Este archivo contendrá un Resumen de Trabajo realizado (mínimo 4 páginas, máximo 6), donde se describan los objetivos del trabajo, metodología y conclusiones finales.
  • Documentación 3. ficha de alta de terceros.pdf. Este archivo contendrá el Fichero de Terceros-Formulario de Datos Personales de la Universidad de Alicante, debidamente cumplimentado y firmado, a los efectos de la tramitación del pago del premio, en caso de que fuera concedido. Dicho formulario puede encontrarse en la web:
  • Documentación 4. dni.pdf Este archivo contendrá una copia del DNI (ambas caras) del autor/autora del Trabajo presentado al concurso. O, en su caso si se carece de DNI, de la correspondiente documentación de identificación personal (Pasaporte, Tarjeta de Residencia)

La no presentación de uno o varios de los archivos arriba indicados supondrá la exclusión de la candidatura presentada.

5. Criterios de adjudicación

La concesión de premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

  • Criterio 1. Para adjudicar el premio, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios: la originalidad del TFG o TFM, su calidad académica general, el grado de dificultad del tema abordado, y el rigor en la metodología empleada para su elaboración.
  • Criterio 2. El Jurado podrá tener en cuenta, asimismo, la calificación final que los trabajos de los candidatos hubiesen obtenido con motivo de su presentación y defensa pública, así como, en su caso, las observaciones existentes en el acta de tal acto de defensa y en los informes elaborados por la Comisión que valoró el trabajo y por el tutor o la tutora del respectivo TFG o TFM.

6. Órgano instructor, comisión de valoración y unidad administrativa de referencia.

6.1. Órgano instructor.

El órgano instructor será el siguiente: Departamento de Estudios Jurídicos del Estado.

6.2. Comisión de valoración.

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, denominada "COMISIÓN MIXTA DE SEGUIMIENTO DEL CONVENIO CON LA GENERALITAT VALENCIANA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA" tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

- Andrés Gomis Fonts. Director General de Transparencia, Atención a la Ciudadanía y Buen Gobierno, Consellería de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática.

Secretaría:

- Esther Algarra Prats. Secretaria General de la Universidad de Alicante.

Vocales:

- Nuria Sánchez Soto. Jefa de Sección del Servicio de Transparencia de la Generalitat Valenciana.

- Josep Ochoa Monzó. Vicesecretario General de la Universidad de Alicante y Coordinador académico del Convenio con la Consellería de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática.

6.3. Unidad administrativa de referencia.

La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es: la secretaría del Departamento de Estudios Jurídicos del Estado y su método de contacto electrónico es: deje@ua.es.

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

La Rectora de la Universidad de Alicante acordará la resolución definitiva de la convocatoria.

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/conveni-transparencia/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

El fallo y publicación de los premiados se producirá entre los días 6 de septiembre y 24 de septiembre de 2022, y la liquidación de los premios se deberá producir antes del 15 de noviembre de 2022.

El Jurado podrá decidir, en caso de que los TFG o TFM presentados no se acomoden a los criterios establecidos en la Base 7 de esta convocatoria, que uno o varios de los premios queden desiertos.

8. Marco legal y presupuestario

La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0102 de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de los premios de un máximo de 3.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV (orgánica 31.90.4B.00.01) del presupuesto de Departamento de Estudios Jurídicos del Estado. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

Cuantías de los premios:

Tanto para los premios TFG como para los premios TFM, la cuantía será de:

- 700 euros primer premio

- 500 euros el segundo premio,

- 300 euros el tercer premio

9. Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

  • Obligación 1 Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003.

El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:

  • Previo.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. La oposición a estos actos de trámite podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

La rectora

P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Isabel Ferrer Cascales