CONVOCATORIA DE MOVILIDAD "CHAIR EXCHANGE" PARA ESTANCIAS DOCENTES ENMARCADAS EN EL PROYECTO TRANSFORM4EUROPE DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL CURSO 2022-23
- Fecha de aprobación
- 06/07/2022
- Fecha de publicación
- 07/07/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE MOVILIDAD "CHAIR EXCHANGE" PARA ESTANCIAS DOCENTES ENMARCADAS EN EL PROYECTO TRANSFORM4EUROPE DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL CURSO 2022-23
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 6 de julio de 2022
CONVOCATORIA DE MOVILIDAD "CHAIR EXCHANGE" PARA ESTANCIAS DOCENTES ENMARCADAS EN EL PROYECTO TRANSFORM4EUROPE DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DEL CURSO 2022-23
1. PREÁMBULO
Con el fin de incentivar la participación del profesorado de la Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante (en adelante, UA) en actividades de movilidad, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo convoca una ayuda de movilidad para docencia específica en el marco del programa Universidades Europeas Transform4Europe.
La Alianza Transform4Europe (en adelante, la Alianza) está formada por siete universidades de diferentes regiones europeas:
- Universidad de Alicante (España)
- Universidad de Saarland (Alemania)
- Universidad de Sofía (Bulgaria)
- Academia de Artes de Estonia (Estonia)
- Universidad de Trieste (Italia)
- Universidad Vytautas Magnus (Lituania)
- Universidad de Silesia en Katowice (Polonia)
En el marco de la Iniciativa de Universidades Europeas de la Comisión Europea, los socios de Transform4Europe se han fijado el ambicioso objetivo de forjar un nuevo tipo de colaboración interuniversitaria transnacional y contribuir al desarrollo del Espacio Europeo de Educación.
La Iniciativa Chair Exchange Transform4Europe contribuirá al refuerzo y a una mayor estructuración de la movilidad de personal docente. Se basa en un proceso de solicitud de naturaleza competitiva e independiente, en el que participa profesorado en activo de universidades de la Alianza en las áreas prioritarias para Transform4Europe:
- Transformación digital y regiones inteligentes.
- Transformación ambiental y sostenibilidad.
- Transformación social, creación de comunidades e inclusión.
Para más información sobre la Alianza Transform4Europe:
2. OBJETO
La presente convocatoria tiene por objeto la asignación de 1 plaza y la concesión de la ayuda económica al profesorado de la UA para impartir docencia durante el primer semestre del curso académico 2022-23 en una de las instituciones socias de la Alianza citadas en el punto 7.
La persona seleccionada recibirá de la Universidad de Alicante una ayuda económica Erasmus+ KA131 de movilidad para docencia, así como una ayuda de los fondos del proyecto Transform4Europe que cubrirá los gastos de viaje y manutención.
Adicionalmente, la persona seleccionada podrá optar a la ayuda económica según la correspondiente convocatoria de la universidad de destino.
La docencia impartida durante la estancia deberá formar parte integrante de un programa de estudios conducente a un título oficial de grado o postgrado en la institución de acogida. Asimismo, la docencia deberá tener lugar durante los correspondientes periodos lectivos en cada una de las universidades de destino.
En el intercambio se contempla la realización de actividades docentes y extracurriculares, que especificará cada universidad de destino. Dichas actividades estarán basadas en el empleo de métodos docentes innovadores, aumentarán la variedad y flexibilidad de los procesos de estudio y serán el punto de partida para la colaboración en áreas de investigación de interés mutuo para la institución de origen y la de destino, así como para el conjunto de la Alianza.
Por otra parte, en una relación de intercambio recíproco, la UA tiene la posibilidad de recibir a un miembro del profesorado de la institución anfitriona para impartir docencia en la UA, con el propósito de propiciar una progresiva armonización de sus planes de estudios y métodos docentes.
Los objetivos generales son:
- Ampliar las posibilidades de desarrollo personal y profesional del profesorado de la UA.
- Internacionalizar el contenido de los estudios que ofrece la universidad a través del efecto multiplicador que ejercerá la experiencia internacional del profesorado.
- Ofrecer al profesorado que no participa en el programa de movilidad la posibilidad de beneficiarse del conocimiento y la experiencia docente de otros países en la propia UA.
- Fomentar el intercambio de conocimientos técnicos y experiencias sobre métodos psicopedagógicos.
- Reforzar los vínculos entre las instituciones de educación superior con las que se mantienen acuerdos bilaterales.
3. INFORMACIÓN SOBRE MOVILIDADES DURANTE LA CRISIS SANITARIA MUNDIAL MOTIVADA POR LA COVID-19 Y COMPROMISO DE LA PERSONA BENEFICIARIA.
Tal y como consta en la Implementación de Medidas Específicas respecto a la Gestión del Programa Erasmus+ a consecuencia de la COVID-19 (publicadas por SEPIE el 13 de julio de 2020), según las reglas de financiación del Programa Erasmus+ no será posible cubrir los gastos de viaje y/o alojamiento que no se hubieran producido, a menos que se invoque algún caso de fuerza mayor justificado.
Solo se podrán considerar causa de Fuerza Mayor aquellos casos en los que en el transcurso de la movilidad se produzca un cambio en la evolución de la pandemia que implique cambios sobrevenidos en la movilidad respecto a cómo estaba concebida inicialmente.
Dada la crisis sanitaria mundial, se recomienda no incurrir en gastos hasta que la posibilidad de viajar a destino esté confirmada, por la situación de la pandemia, tanto en España como en el país de destino en el momento de realizar la movilidad. Por ello, es aconsejable no reservar viajes y alojamiento hasta el mismo momento de realizar la movilidad.
El personal que participe en las movilidades declarará su compromiso y se responsabilizará, a través de la firma de un documento, con el cumplimiento de los siguientes términos, que deberá cumplir en el momento de llevar a cabo la movilidad:
- Que no iniciará el viaje si se encuentra con la sintomatología propia de la COVID-19 (tos, fiebre, dificultad para respirar, etc.)
- Que cumplirá con la normativa establecida tanto por el Ministerio de Sanidad como por el Ministerio de Universidades y demás normativa de aplicación relativa a las normas de salud e higiene, así como a los protocolos establecidos por la UA en el marco de los planes de prevención (Instrucción de Prevención de Riesgos Laborales IPRL-26)
- Que cumplirá con la normativa establecida por el gobierno del país de destino relativa a la evolución de la situación sanitaria en dicho país que implique posibles cuarentenas o confinamiento.
Así mismo, declarará:
- Que se le ha informado sobre las medidas específicas de las reglas de financiación y posibles casos de fuerza mayor.
- Que se le ha recomendado que antes de iniciar la estancia internacional realice la inscripción en el Registro de Viajeros y consulte las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del país al que se va a viajar, así como las del Ministerio de Sanidad.
4. MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO
La ayuda económica que se recibe está constituida por las aportaciones de los fondos comunitarios europeos del proyecto Erasmus+ a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), perteneciente al Ministerio Universidades, así como fondos del proyecto Transform4Europe de la Unión Europea. La cuantía total depende de la consignación presupuestaria de dichos organismos.
Para esta convocatoria, la cuantía máxima correspondiente al SEPIE es de 1.745€ y se encuentra consignada en la aplicación 51.60.2E.00.19 del centro de gasto 5160 del Servicio de Relaciones Internacionales. La dotación máxima correspondiente al proyecto Transform4Europe es de 500€ y se encuentra consignada en la aplicación 52.20.6X.00.39 del centro de gasto 5220, de la Oficina de Gestión de Proyectos Institucionales.
La dotación total podrá incrementarse como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el art. 58.2 a) del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, o bien por la no asignación del importe total de la dotación de la convocatoria. El pago de dicha dotación está supeditado a la disponibilidad presupuestaria de la UA.
La ayuda asignada se ajustará en lo que concierne a los principios y funcionamiento a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA; y a lo que esta convocatoria establece.
Para las ayudas Erasmus+ KA131, todo aquello que estas bases de la convocatoria no regulen se regirá por las disposiciones europeas para el Programa Erasmus+.
El pago mediante Comisión de Servicios está regulado por la normativa de la UA publicada en BOUA de 30 de noviembre de 2017 y su modificación publicada en BOUA de 30 de enero de 2018.
5. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
El perfil del personal docente que ocupe la plaza de Chair Exchange se concibe con unas características determinadas. La persona candidata deberá:
1. Tener una mentalidad basada en el conocimiento y el emprendimiento, caracterizada por competencias específicas que les permitan detectar y aprovechar oportunidades e ideas, además de utilizarlas para generar valor social, cultural o productivo.
2. Tener competencia profesional en inglés y/o en otra(s) lengua(s), según se indique en las bases detalladas de la convocatoria de la correspondiente universidad de destino.
3. Tener competencias generales de alfabetización digital y competencias digitales específicas, según se indique en las bases detalladas de la convocatoria de la correspondiente universidad de destino.
La presente convocatoria está dirigida al profesorado de la UA que cumpla los siguientes requisitos:
1. Formar parte de la plantilla de la UA
2. Poseer la nacionalidad de un Estado Miembro o de un tercer país asociado al programa, en cuyo caso deberá acreditar que está en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
3. Estar en posesión del Grado de Doctor.
4. Demostrar que posee experiencia docente e investigadora relevante en las áreas prioritarias para Transform4Europe anunciadas por la universidad de destino.
5. Demostrar que posee experiencia relevante en comunicación intercultural.
Los requisitos anteriores han de cumplirse tanto en el momento de la solicitud como durante el período de realización de la movilidad para docencia.
Idiomas
Se recomienda tener un conocimiento del idioma propio de la universidad receptora o de inglés correspondiente al nivel B2. No obstante, cada institución de acogida puede indicar un nivel diferente.
6. DURACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE
La duración máxima del Chair Exchange será de un semestre académico. Se combinará la movilidad física con la virtual.
La actividad en modalidad presencial durará un máximo de 14 días. En todos los casos, las actividades docentes presenciales deben comprender, por semana, un mínimo de 8 horas lectivas, o de 4 horas lectivas más 4 horas de actividad de capacitación en habilidades pedagógicas y de diseño curricular. En ambos casos, las actividades deberán ser debidamente certificadas por la institución receptora.
La persona seleccionada deberá impartir la docencia siguiente:
- El mínimo de horas de docencia presencial que establezca la universidad de destino en sus requisitos específicos.
- Un mínimo de 10 horas de docencia en actividades extracurriculares, es decir, conferencias públicas, asesoramiento a estudiantes y doctorandos, co-tutorización de trabajos de fin de máster, reuniones con partes interesadas, contribuciones a la investigación, participación en talleres, congresos, etcétera, según se especifique en las bases detalladas de la convocatoria de la correspondiente universidad de destino.
Por otro lado, la actividad deberá realizarse hasta el 23/12/2022. En cualquier caso, la estancia debe supeditarse al periodo negociado de antemano con la institución socia.
7. DESTINOS
Los destinos disponibles por áreas son los siguientes:
- Universidad de Saarland (Alemania)
- o Ingeniería informática
- Universidad de Silesia en Katowice (Polonia)
- o Español
- o Educación
- o Ingeniería informática
- o Sociología
- Universidad de Sofía (Bulgaria)
- o Administración y dirección de empresas
- o Química
- Universidad de Trieste (Italia)
- o Derecho
- o Biología
- Universidad Vytautas Magnus (Lituania)
- o Administración y dirección de empresas
- o Educación
- o Español
- o Derecho
- o Ingeniería informática
- o Biología
- o Economía
- o Trabajo Social
- o Marketing
- o Sociología
No se podrá repetir como destino una misma institución en el mismo curso académico.
8. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE SOLICITUD Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
8.1. Plazo, procedimiento y documentos de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día posterior a la publicación de esta convocatoria en el BOUA hasta el 2 de septiembre de 2022.
El procedimiento de solicitud consta de los siguientes pasos obligatorios:
1) Cumplimentación del formulario de solicitud. Estará disponible desde la página web del Servicio de Relaciones Internacionales: https://sri.ua.es/es/movilidad/t4e/chair-exchange.html
Dicho formulario comprende las preguntas de respuesta abierta (de cumplimentación obligatoria) que a continuación se detallan:
- Motivación para presentarse a la iniciativa Chair Exchange Transform4Europe.
- Descripción de la experiencia docente e investigadora previa que sea relevante para la plaza que se solicita.
- Plan de trabajo.
En el mencionado formulario se deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Currículo Vitae.
b) Acuerdo de Movilidad para Docencia (Mobility Agreement), donde se reflejarán las fechas y las clases a impartir y actividades de capacitación en habilidades pedagógicas y de diseño curricular, en su caso, en la institución de destino, después de haberlo consultado con ésta. Si la propuesta no estuviera firmada por la institución de destino, habría que añadir la carta o e-mail de invitación.
Los documentos pueden encontrarse en la siguiente página web:
2) Presentación en línea de la solicitud a la plaza de la iniciativa Chair Exchange Transform4Europe en la universidad de destino (enlaces disponibles en: https://sri.ua.es/es/movilidad/t4e/chair-exchange.html).
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.
8.2 Criterios de evaluación y adjudicación de las ayudas
Para la concesión de la plaza de movilidad Chair Exchange se valorarán positivamente las competencias digitales, la experiencia en comunicación intercultural y una mentalidad basada en el conocimiento y el emprendimiento, de acuerdo con las áreas temáticas clave del proyecto Transform4Europe, que son:
- Transformación digital y regiones inteligentes.
- Transformación ambiental y sostenibilidad.
- Transformación social, creación de comunidades e inclusión.
Para ello, se aplicarán los siguientes criterios:
|
Calidad |
30 puntos |
Enfoque innovador e interdisciplinar. Objetivos del proyecto docente propuesto. Potencial para involucrar a más personal investigador, tanto experimentado como novel. |
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Contribución a los objetivos de Transform4Europe |
30 puntos |
Capacidad para contribuir a una cooperación más profunda y amplia entre las universidades de Transform4Europe a largo plazo. |
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Impacto |
20 puntos |
Capacidad para dirigirse a diversos estudiantes. Participación en investigaciones conjuntas en las áreas prioritarias para Transform4Europe. Participación de partes interesadas externas. Capacidad para atraer financiación externa. |
|
Implantación |
20 puntos |
Calidad del plan de trabajo. Integración en el entorno académico de la universidad de destino. |
En caso de empate, se dará preferencia al profesorado que haya realizado menos movilidades Erasmus+. Si el número de movilidades resulta ser el mismo, se dará preferencia al que lleve más tiempo en la plantilla de la UA. Si aun así persiste el empate, se resolverá por sorteo.
La selección de plazas se resolverá de acuerdo con la valoración de los méritos acreditados por cada solicitante. Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor puntuación y se elaborará una lista de espera, con la que se cubrirán las posibles renuncias.
8.3 Resoluciones y notificaciones
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases y sus datos de aplicación se realizarán en la dirección web https://sri.ua.es/es/movilidad/t4e/chair-exchange.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Se publicará en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales la resolución provisional y se dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones. Resueltas las alegaciones se procederá a la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria en la misma página web.
El nombre de la persona seleccionada se publicará tanto en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales de la UA, como en las específicas del proyecto Transform4Europe, así como en los espacios web específicos de cada integrante de la Alianza.
Como en otras acciones de movilidad, la aceptación definitiva corresponde a la institución de destino.
8.4. Comisión de Valoración
Los candidatos serán seleccionados por una Comisión Conjunta de Valoración de acuerdo con los criterios de evaluación especificados. Cada una de las instituciones integrantes de la Alianza estará representada por un miembro de su personal académico. Las universidades se turnarán en la presidencia de la Comisión Conjunta de Valoración.
La Comisión de Valoración se reserva el derecho de convocar a las personas candidatas para contrastar cualquier información relacionada con el contenido de la solicitud.
9. RENUNCIAS Y PENALIZACIÓN
En caso de renuncia, ésta deberá presentarse por escrito, utilizando la instancia genérica a través de eAdministración de UACloud, dirigida al Negociado de Movilidad del PDI y del PAS.
Las renuncias no penalizarán mientras sean presentadas en el plazo establecido en la resolución provisional.
Si las renuncias se producen fuera de plazo, la penalización se aplicará en la próxima solicitud que realice. Dicha penalización consistirá en perder preferencia, dando prioridad al resto de solicitantes.
A la persona beneficiaria que no cumpla con sus obligaciones como beneficiaria, descritas en el apartado 13, se le cancelará la movilidad. En estos casos, se le penalizará con la exclusión en la siguiente solicitud que realice para la convocatoria Chair Exchange.
10. UNIDAD COMPETENTE EN LA GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
La gestión del proceso corresponderá a la Unidad de Movilidad del PDI y del PAS del Servicio de Relaciones Internacionales. Las dudas que puedan surgir se plantearán al correo electrónico s.internacional@ua.es
La persona beneficiaria será responsable de los contactos con la institución socia, de la organización del programa de enseñanza, de la gestión de la documentación, del transporte, del alojamiento, del seguro de asistencia sanitaria y de cualquier otro trámite necesario para su estancia docente.
11. FINANCIACIÓN, FORMA DE JUSTIFICACIÓN Y PAGO
La duración mínima financiada será de 5 días y la máxima de 14 días de docencia presencial. Los días concretos en los que se realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad para Docencia como en el Certificado de Estancia, siendo éstos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía a percibir.
La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y subsistencia de la movilidad para impartir docencia en el país de acogida. No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes o investigadoras vinculadas a otros programas por los que se perciba cualquier otra beca, ayuda, sueldo o salario.
11.1. Financiación
La persona recibirá una cantidad de ayuda como contribución a sus gastos de viaje y manutención durante el período de estancia en otro país siguiendo los siguientes criterios:
- Ayuda de Viaje (ida y vuelta): contribución a los gastos de viaje del personal basada en la distancia entre su lugar de trabajo y el lugar en el que se desarrolle la actividad correspondiente, según la cantidad que se indica a continuación:
- Entre 100 y 499 km: 180 €
- Entre 500 y 1.999 km: 275 €
- Entre 2.000 y 2.999 km: 360 €
Para calcular la distancia en kilómetros desde el puesto de trabajo hasta la ciudad de destino, se utilizará la calculadora de distancias propuesta por la Comisión Europea, que se podrá encontrar en el siguiente enlace:
- Ayuda de Subsistencia: costes directamente relacionados con la estancia de los participantes en el otro país. Las cantidades diarias dependerán del país de destino:
- Alemania e Italia: 105 €
- Bulgaria, Lituania y Polonia: 90 €
- Ayuda Complementaria: 500 €
11.2. Justificación de los gastos de alojamiento, estancia y viaje:
Se tendrán en cuenta exclusivamente los costes de viaje, alojamiento y manutención, visado y transportes locales correspondientes a los días de docencia (máximo 14). En ningún caso se podrán superar los importes establecidos en la normativa de gestión económica de la UA para este tipo de gastos.
Alojamiento: se aportará factura original de acuerdo con los gastos reales ocasionados, teniendo en cuenta que no podrán superar las cantidades máximas establecidas para alojamiento en la normativa de gestión económica. Si el alojamiento corresponde a más de una persona se abonará únicamente la parte proporcional correspondiente a la persona beneficiaria.
La factura deberá incluir: nombre de la persona beneficiaria de la ayuda, fecha de entrada y fecha de salida, número de noches, precio por noche y precio total del alojamiento. Si durante la estancia se reside en una casa particular, deberá aportar: justificante del pago (cargo en cuenta o justificante de transferencia) y recibo en el que conste: nombre, apellidos y número de documento de identidad o pasaporte tanto de la persona arrendadora como de la persona arrendataria (será imprescindible adjuntar fotocopia de dichos documentos), dirección de la vivienda, fechas de estancia, precio del alojamiento y firma de ambas personas.
Gastos de viaje:
- Las personas beneficiarias deberán tratar de contratar el medio más económico para viajar.
- Si el viaje se tuviera que realizar en vehículo propio, por causas justificadas y previa petición por escrito, el importe máximo permitido será el equivalente al importe más económico, si lo hubiera, de otros medios de transporte con el límite de 300 euros. Las personas beneficiarias que utilicen este sistema de desplazamiento deberán justificar la utilización de este medio de transporte mediante presentación de tiques de autopista y de repostajes.
- No se autoriza en ningún caso indemnización por uso de vehículo de alquiler.
- No se financiarán gastos de cancelación ni otros gastos adicionales al margen de los señalados en los apartados anteriores.
11.3. Abono de las ayudas
La ayuda se abonará mediante una Comisión de Servicios y Pago a Personal Propio. Se podrá hacer en dos pagos: un primer pago equivalente al 70% de la ayuda prevista de viaje y subsistencia, y un segundo pago correspondiente a la liquidación una vez realizada la actividad. Es requisito indispensable para iniciar los trámites de gestión de los pagos la presentación de la documentación en los plazos establecidos. Los documentos pueden encontrarse en la siguiente página web:
Para la tramitación del pago inicial se deberá presentar al menos 15 días antes de la salida:
- Acuerdo de Movilidad para Docencia (Mobility Agreement) de las clases a impartir aprobado formalmente tanto por la institución de origen como por la institución de acogida.
- Convenio de Subvención de Movilidad de Personal para Docencia: se presentará por duplicado.
- Comisión de Servicios sin retribución autorizada.
Para la tramitación de la liquidación y, en su caso, de la ayuda complementaria, se deberá presentar en el plazo de 15 días tras la realización de la estancia:
- Certificado de Estancia Docente (Certificate of Attendance) original, sin tachaduras ni enmiendas, expedido (firmado y sellado) por la dirección de departamento o de centro de la institución de acogida, en el que se especifiquen las fechas de docencia y se confirme que se ha impartido la planificación docente prevista, teniendo en cuenta que la fecha de la certificación ha de ser igual o posterior a la fecha de finalización de la estancia docente.
- Cuestionario UE (EU Survey / Participant Report) sobre los principales resultados obtenidos. Se trata de un formulario on-line facilitado por la Comisión Europea (al finalizar la estancia, la persona participante recibirá automáticamente un e-mail informándole del procedimiento a seguir para acceder a dicho cuestionario).
- Justificantes originales de los gastos de viaje: facturas, recibos, billetes de viaje usados, visados, tarjetas de embarque, confirmación electrónica del vuelo, pruebas de transferencia, etc.
- Justificantes originales de los gastos de alojamiento.
- Memoria final donde se explique el impacto de la estancia docente en la internacionalización de la UA. Se realizará a través de un formulario.
El incumplimiento de las bases de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o manipulación podrán ser causa de desestimación o anulación de la ayuda y, en su caso, de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.
La persona beneficiaria es responsable de la tramitación y abono, en su caso, de los seguros de enfermedad, accidentes y contingencias comunes o cualquier otro que se exija con carácter obligatorio por la institución receptora.
12. SEGURO MÉDICO
Es imprescindible estar cubierto por un Seguro Médico durante la estancia en el país extranjero.
Tarjeta Sanitaria Europea del Instituto Nacional de la Seguridad Social:
Si la persona beneficiaria está afiliada al régimen general de la Seguridad Social, puede dirigirse al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y obtener la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). La TSE es el documento acreditativo del derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de estudios, trabajo, turismo..., en el territorio de otro Estado Miembro (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza).
Para solicitar la TSE u obtener más información debe entrar en la página web de la Seguridad Social.
Seguro de viaje:
En cualquier caso, y dada la importancia de disponer de otras coberturas además del seguro médico básico, la UA tiene contratada una póliza colectiva de asistencia en viaje, que incluye asistencia sanitaria, seguro de accidentes, responsabilidad civil, repatriación y transporte de heridos o enfermos, durante la estancia en el extranjero. El importe individual será abonado por la UA y el certificado le llegará a la dirección electrónica de la UA de la persona participante.
13. OBLIGACIONES DE LA PERSONA BENEFICIARIA
Quienes sean seleccionados al amparo de la presente convocatoria quedan obligados a:
1. Cumplir con la normativa vigente en materia de regularización de su estancia en el extranjero, en general, e inscribirse en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación antes del inicio de la movilidad.
2. No recibir ningún otro ingreso para la misma actividad.
3. Encontrarse en servicio activo y efectivo durante el curso académico en que desarrolle su estancia docente en la universidad de acogida.
4. Realizar todas las actividades estipuladas en el Acuerdo de Movilidad dentro de los cursos regulares de la institución de destino.
5. Comunicar de inmediato a la Unidad de Movilidad del PDI y del PAS todo cambio en la solicitud inicial (renuncia, calendario, planificación docente, etc.)
6. Entregar, en los plazos establecidos, en la Unidad de Movilidad del PDI y del PAS la siguiente documentación cumplimentada adecuadamente:
a. Documento firmado de compromiso y responsabilidad durante la movilidad en el contexto de la crisis sanitaria mundial motivada por la Covid-19.
b. Acuerdo de Movilidad para Docencia (firmado por la persona beneficiaria, por la institución de origen y la de destino)
c. Convenio de Subvención (dos originales firmados)
d. Copia de la Comisión de Servicio sin retribución.
d. Certificado de Estancia Docente (original).
f. Cuestionario UE.
g. Memoria final.
h. Justificantes de viaje y alojamiento.
7. En su caso, procurarse la cobertura de seguro (a efectos de enfermedad común, accidente y repatriación) y las vacunas necesarias según el país de destino.
8. Responsabilizarse de los trámites de visado, la búsqueda y localización de alojamiento y cualquier otro trámite necesario para su estancia en la institución de acogida.
9. Aceptar todas las condiciones del Programa.
El incumplimiento de algunos de los requisitos y las obligaciones establecidas en la presente convocatoria y en el resto de la normativa podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la ayuda y la obligación de devolver la cantidad correspondiente.
14. RECONOCIMIENTO
A efectos de reconocimiento docente en la UA, se contabilizará como docencia impartida en el mismo curso el 50% de las horas impartidas en la universidad de destino, hasta un máximo de 10 horas.
15. PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, los datos serán cedidos a:
- La Comisión de Valoración.
- La universidad de destino con el objetivo de gestionar el programa de movilidad.
- La aseguradora de accidentes de viaje, para la prestación del servicio de seguros de viaje asociado al programa de movilidad internacional.
- Entidades financieras.
- Administración Autonómica.
- Embajadas, consulados de España en el extranjero.
- Centros y organismos: SEPIE.
Los derechos en relación con el tratamiento de los datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, se puede consultar en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
16. NORMA FINAL
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Alicante, 6 de julio de 2022
LA RECTORA
Fdo. Rosa María Martínez Espinosa
VICERRECTORA DE RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
(Firmado por Delegación, según Resolución de 22-12-2020)