PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE DESARROLLEN TEMÁTICAMENTE EL VOLUNTARIADO, ASÍ COMO LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES VOLUNTARIAS

Fecha de aprobación
30/06/2022
Fecha de publicación
08/07/2022
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE DESARROLLEN TEMÁTICAMENTE EL VOLUNTARIADO, ASÍ COMO LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES VOLUNTARIAS

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: jueves, 30 de junio de 2022

PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE DESARROLLEN TEMÁTICAMENTE EL VOLUNTARIADO, ASÍ COMO LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES VOLUNTARIAS

1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de La Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, destaca las características singulares que tiene la Universidad como Institución de Educación Superior para proyectar el Voluntariado. En la Universidad, el Voluntariado es un compromiso social y un proyecto que enriquece la agenda universitaria. Lejos de ser considerada una actividad marginal, el Voluntariado tiene entidad para sensibilizar y complementar la formación de nuestro estudiantado, así como para promover la implicación del profesorado en acciones que fomenten la participación en el ámbito social y comunitario, cultural o medioambiental.

Las fortalezas de la Universidad están relacionadas con su naturaleza como gran centro I+D y sus activos son la formación y la investigación. A través del Voluntariado, el alumnado tiene la posibilidad de participar en proyectos propios de la Universidad o desarrollados por Entidades Sociales que contribuyan al aprendizaje-servicio, que constituye una relación de reciprocidad con las personas y con el entorno donde el voluntariado recibe una formación única para su aprendizaje profesional y personal, y a su vez aporta su conocimiento y habilidades para contribuir a resolver problemas, promover el desarrollo social o fomentar la cultura y la sensibilización de la comunidad.

Los proyectos de Voluntariado pueden generar información clave que permita profundizar en diferentes realidades o identificar nichos donde la generación de conocimiento esté por desarrollar y sea necesaria para evaluar la efectividad e impacto real de los proyectos en los que la persona voluntaria está participando. En este sentido, el papel del profesorado es estratégico para orientar y asesorar el trabajo del alumnado integrando el abordaje temático del voluntariado con la adquisición de las competencias que debe adquirir en su marco académico correspondiente.

2. Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrá optar a los Premios cualquier estudiante que haya desarrollado y defendido su proyecto en la Universidad de Alicante durante el curso 2021/2022 y que se encuentre relacionado con el estudio y análisis del voluntariado en sus diferentes ámbitos, perspectivas teóricas y dimensiones.

Los TFG y los TFM deberán haber alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9 (nueve).

Los TFG y los TFM se presentarán de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.

3. Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 4 premios, Premio a un Trabajo Fin de Grado y accésit, dotados de 400 y 300 euros respectivamente, y premio a un Trabajo Fin de Máster y accésit dotados de 450 y 350 euros respectivamente hasta un máximo de 1.500 euros, cada una.

Los premios podrán ser declarados desiertos si, a juicio del jurado, ninguna de las obras presentadas reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión.

La entrega del premio se podrá realizar en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con suficiente antelación.

4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 12 de octubre de 2022 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.

En el campo "EXPONE" habrá de indicarse:

  • PREMIOS A TFG Y TFM QUE DESARROLLEN TEMÁTICAMENTE EL VOLUNTARIADO 2022.
  • Si se trata de TFG o TFM.

En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social".

En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse dos documentos de forma independiente en formato PDF:

a) Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster sin que conste la autoría ni la tutorización.

b) Ficha informativa de notas donde conste la nota de defensa del trabajo (descargable en UACloud-Expediente Académico).

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

5. Criterios de adjudicación

Las solicitudes serán evaluadas por parte del Jurado a partir del análisis y discusión de la documentación recibida para cada una de las candidaturas. Serán considerados los siguientes aspectos:

  • La relevancia del tema estudiado, así como las implicaciones que puedan derivarse en términos de promoción de las actividades de voluntariado, se valorará un 40%
  • La inclusión de la perspectiva de género, se valorará un 30%
  • La originalidad y rigurosidad en el planteamiento y diseño del trabajo, se valorará un 30%

6. Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

El contacto del órgano gestor será: vr.social@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

Eva Espinar Ruiz. Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y de Responsabilidad Social de la Universidad de Alicante

Secretario:

Roberto Mohedano Menéndez. Director del Secretariado de Responsabilidad Social.

Vocales:

Clarisa Ramos Feijóo. Directora de la Cátedra de Cultura Gitana.

Carmen Vives Cases. Directora del Secretariado de Igualdad

Irene Bajo Directora de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la Universidad de Alicante

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/voluntariado-ua/voluntariado-contigo-ua.html  sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 25 de octubre. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8. Marco legal y presupuestario

La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención número 76, de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 1500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 11.40.4B.00.01 del presupuesto del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9. Obligación y justificación del beneficiario

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

  • Obligación de presentar fichero de terceros, junto con una fotocopia del DNI
  • La presentación se realizará posterior a la notificación del premio

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

La rectora

P.D. de firma, Rosario Isabel Ferrer Cascales

(Resolució de 22 de desembre de 2020)

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