CONVOCATORIA DE SORTEO "ACÉRCATE A BERNÁCER" EN LA "DIPU" DE LA CÁTEDRA GERMÁN BERNÁCER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 12/09/2022
- Fecha de publicación
- 13/09/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE SORTEO "ACÉRCATE A BERNÁCER" EN LA "DIPU" DE LA CÁTEDRA GERMÁN BERNÁCER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 12 de septiembre de 2022
CONVOCATORIA DE SORTEO "ACÉRCATE A BERNÁCER" EN LA "DIPU" DE LA CÁTEDRA GERMÁN BERNÁCER DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de un premio, a través de la participación en un sorteo, para animar a visitar la exposición "Germán Bernácer, el economista-humanista alicantino más universal" e impulsar el mejor conocimiento de este ilustre economista y físico alicantino.
Con esta convocatoria, la Cátedra Germán Bernácer pretende animar a los ciudadanos a visitar la exposición "Germán Bernácer, el economista-humanista alicantino más universal" durante su exhibición en la Diputación de Alicante. Esta acción permitirá introducir a los premiados en la vida de Germán Bernácer a través de la lectura de un monográfico sobre su figura y obra disfrutando, al mismo tiempo, de las tierras alicantinas que él tanto amó, de su querida Sierra de Aitana. De este modo, se facilita un mayor conocimiento sobre Germán Bernácer al tiempo que se promociona la provincia de Alicante.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar este premio, cualquier persona física mayor de edad con documento oficial de identidad vigente en el momento de participación en el sorteo que realice las siguientes acciones en el orden establecido:
En primer lugar, visitar la exposición "Germán Bernácer, el economista-humanista alicantino más universal" durante su exhibición en la Diputación de Alicante y elegir uno de los paneles que forma parte de la misma.
En segundo lugar, hacerse una foto delante del panel seleccionado, dejando visible el número y título del panel. En la foto podrán salir tantas personas como desee el participante, dejando su cara siempre visible para poder reconocerlo.
En tercer lugar, compartir la foto a través de, al menos, una de estas redes sociales: Instagram, Facebook, Twitter, YouTube o Pinterest.
En cuarto lugar, hacer una captura en la que se demuestre que la foto se ha compartido.
En quinto lugar, mandar un email a catedragermanbernacer@ua.es, indicando en el asunto del mensaje "Acércate a Bernácer" en la "Dipu", detallando en el cuerpo del mensaje nombre, apellidos y documento oficial de identidad, y adjuntando tanto la foto como la captura que confirme que se ha compartido por alguna o algunas de las redes sociales indicadas.
3. Número y dotación de la ayuda
Se concederá un número máximo de UN premio, distribuyendo la asignación en forma de un ejemplar del libro "Germán Bernácer. Acercamiento biográfico" y una dotación económica de 185€ para poder disfrutar de una noche de alojamiento para dos personas en un hotel de la zona de la Sierra de Aitana durante 2023. El premio estará sujeto, en su caso, a la correspondiente retención fiscal que contemple la legislación vigente.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para participar en el sorteo se abrirá a partir del jueves 22 de septiembre hasta el viernes 21 de octubre de 2022, ambos inclusive.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará por email a catedragermanbernacer@ua.es
En el email se indicará nombre, apellidos y documento oficial de identidad, y se adjuntará la siguiente documentación:
- la foto delante del panel seleccionado y
- la captura que confirme que se ha compartido la foto por alguna o algunas de las redes sociales indicadas.
5. Criterios de adjudicación
Se creará una Comisión de Sorteo que tendrá como competencia realizar el sorteo entre los participantes del mismo en el plazo establecido, usando un programa de elección aleatoria con el programa Excel.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria la CÁTEDRA GERMÁN BERNÁCER, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es el Departamento de Marketing, contacto: catedragermanbernacer@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, denominada Comisión de Sorteo, tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
Secretaria general de la Universidad de Alicante o persona en quien delegue.
Secretaria:
Directora de la Cátedra Germán Bernácer de la Universidad de Alicante.
Vocales:
Presidente del Foro de Debate Económico Germán Bernácer o persona en quien delegue.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web catedragermanbernacer.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 31 de octubre de 2022. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0121 de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación del premio de 185 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 37.00.4B.00.01 del presupuesto del Departamento de Marketing. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación del beneficiario
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
· Presentar la ficha de terceros (Modelo 145 de retenciones fiscales) dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la concesión del premio.
La cuenta justificativa del cumplimiento de las obligaciones contendrá la siguiente información:
· Acta del sorteo firmada por la Comisión de sorteo
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
La rectora
P.D. de firma, la secretaria general
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Esther Algarra Prats