CONVOCATORIA DEL MEMORIAL PROFESOR LLUÍS ALPERA
- Fecha de aprobación
- 07/10/2022
- Fecha de publicación
- 10/10/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DEL MEMORIAL PROFESOR LLUÍS ALPERA
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: viernes, 7 de octubre de 2022
CONVOCATORIA DEL MEMORIAL PROFESOR LLUÍS ALPERA
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
Con la voluntad de dar cumplimiento al acuerdo tomado por las tres instituciones que impulsan el Memorial Profesor Lluís Alpera (1938-2018), el objetivo de esta convocatoria es la edición de un estudio o monografía de alta divulgación sobre cualquiera de los aspectos de la cultura valencianocatalana.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar esta AYUDA de edición las personas que cumplan los dos siguientes requisitos:
- Ser autora o autor de un estudio o monografía original preferentemente en catalán sobre uno o varios aspectos de la cultura valencianocatalana.
- Cualquier miembro de la sociedad en general, sean o no miembros de la comunidad universitaria.
3. Número y dotación de las becas
Se concederá sólo una AYUDA PARA La EDICIÓN EN CATALÁN DE MONOGRÁFICO, hasta un máximo de 900 €.
La autora o autor de la monografía declarará si la obra cuenta con alguna otra financiación para la edición. Si procede, la ayuda de la convocatoria será complementaria del primero.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOUA y finalizará el 31 de octubre de 2022 a las 23.59 h.
4.2. Procedimiento de presentación
El original se presentará, preferentemente, a través del registro general de la Universidad de Alicante o por instancia genérica al registro electrónico de la Universidad de Alicante, con indicación MEMORIAL PROFESSOR LLUÍS ALPERA (IIFV-UA).
Se adjuntará la siguiente documentación:
- 1 EJEMPLAR EN FORMATO ELECTRÓNICO (.pdf)
5. Criterios de adjudicación
La asignación de ayuda para la edición en catalán se realizará siguiendo los siguientes criterios:
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CRITEROIS ADJUDICACIÓN |
FÓRMULA DE CÁLCULO |
PONDERACIÓN |
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Originalidad de la monografía |
Temática, alcance geográfico, - |
5 puntos |
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Redacción y presentación |
Tabla de contenidos, sistema de notas, bibliografía (si procede), imágenes- |
2 puntos |
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Interés de los materiales compilados para la confección de la monografía |
Trabajo de campo, consulta de archivos, documentación personal,... |
3 puntos |
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana (UA), se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales tiene que dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, Institut Interuniversitari de Filologia Valenciana (UA), tiene como dirección de contacto electrónico: inst.filovalen@ua.es.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá porque, en conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, enmienda la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si así no se hiciera, se entendrá que renuncia a su petición previa resolución que tendrá que ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes estará integrada por las personas expertas designadas por las 3 instituciones convocantes: Servicio de Lenguas, Institut Interuniversitari de Filologia Valenciana y Departamento de Filología Catalana.
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.
La comisión tendrá la siguiente composición:
- Una presidencia que propondrá el Servicio de Lenguas,
- Una secretaría que propondrá el Departamento de Filología Catalana y
- Un vocal que propondrá el Institut Interuniversitari de Filologia Valenciana.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendido al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo que dispone el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web iifv.net, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 10 de diciembre de 2022. A partir del día siguiente de su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 30 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimo pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido este plazo y a la vista de la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora, se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0127 de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo que dispone la ley 38/2003 y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de la ayuda de un máximo de 900 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 40.60.4B.00.01 del presupuesto del INSTITUT INTERUNIVERSITARI DE FILOLOGIA VALENCIANA. La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, si procede, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación del beneficiario
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
1. DECLARACIÓN DE AUTORÍA ORIGINAL
2. FOTOCOPIA DEL DNI
A partir de la notificación de la ayuda, el beneficiario dispondrá de 30 días para enviar al correo electrónico: inst.filovalen@ua.es los dos documentos ya mencionados.
10. Protección de datos de carácter personal
En conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con el fin de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, excepto obligación legal.
Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otras, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuántos actos administrativos se derivan de esta, que agotan la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, en conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo esto sin perjuicio que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que estos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Alicante, 7 de octubre de 2022
La rectora
P.D. de firma, (Resolución de 22 de diciembre de 2020)
La Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria.
Catalina Iliescu Gheorghiu