CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2022/2023
- Fecha de aprobación
- 17/10/2022
- Fecha de publicación
- 19/10/2022
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2022/2023
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 17 de octubre de 2022
CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2022/2023
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de doctorado correspondientes al curso 22/23, a propuesta del Comité de dirección de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Alicante (EIDUA), dando cumplimiento a lo dispuesto en la Normativa sobre Premios Extraordinarios de Doctorado de la Universidad de Alicante (BOUA 30/07/2019), de conformidad, a su vez, con lo dispuesto en el artículo 122 del Estatuto de la Universidad de Alicante.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar este premio los doctores y doctoras por la Universidad de Alicante que cumplan en su totalidad los siguientes requisitos:
· Hayan defendido su tesis doctoral desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020, o en cursos anteriores, y no hayan podido participar en otras convocatorias por no alcanzar su programa de doctorado el número mínimo de cinco tesis defendidas en dichas convocatorias.
· Que dicha tesis haya sido calificada por el Tribunal con sobresaliente "cum laude".
· Cuente con el voto favorable de todos los miembros del tribunal para optar a premio extraordinario
· Figure en el anexo I de esta convocatoria
· Haya generado, en el marco de la investigación doctoral, al menos una publicación de la máxima puntuación o varias contribuciones que alcancen en su conjunto esta puntuación, según ramas de conocimiento del baremo POI; durante el periodo temporal que se establece en el primer párrafo del apartado 10 a).
· No sean beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.
· Presenten la solicitud en tiempo y forma.
3. Número y dotación de los premios.
Se concederá un número máximo de 15 premios, cuya distribución figura en el Anexo II de esta convocatoria, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Normativa sobre Premios Extraordinarios de Doctorado de la Universidad de Alicante (BOUA 30/07/2019),
Según el art. 8 de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de abril de 1990 (BOE núm. 111 de 09-05-1990) por la que se regula el procedimiento de expedición de determinados títulos y diplomas oficiales de educación superior y postgrado, quienes hayan obtenido premio extraordinario, podrán solicitar la devolución del pago de la tasa por expedición e impresión del título de doctor o doctora.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 2 de noviembre de 2022 a las 23:59 h.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará, a través de la e-administración, por instancia genérica dirigida a la EIDUA, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· Impreso de solicitud disponible en https://edua.ua.es/es/
· Junto con la solicitud, deberá adjuntarse la documentación relativa a las contribuciones que se presentan, hasta un máximo de seis, que sean producto de la investigación realizada en la tesis doctoral y que se hayan publicado, o hayan sido aceptadas para su publicación, en el período comprendido desde la fecha de la primera matricula en el programa de doctorado, hasta dos años después de la defensa de la tesis.
Cuando el o la solicitante hubiera realizado parte de su formación e investigación en un programa de doctorado de la Universidad de Alicante inmediatamente anterior al programa por el que defendió la tesis doctoral. La fecha de primera matrícula será la del programa anterior. Para ello se considerarán únicamente aquellos programas de doctorado que consten como títulos previos en la Memoria Verificada del programa por el que defendió la tesis doctoral (punto 3.3 de la Memoria)
5. Criterios de adjudicación
La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:
En la sesión de constitución de la Comisión Evaluadora se establecerán los criterios a aplicar en caso de que se produzca un empate en la puntuación final.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la EIDUA, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la EIDUA, contacto: doctorat@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
En cada una de las ramas de conocimiento, se constituirá una Comisión de valoración que realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de los premios.
Las comisiones estarán integradas por los Coordinadores o Coordinadoras de los programas de doctorado que, por el número de tesis leídas tengan derecho a otorgar, al menos, un premio. Las comisiones estarán integradas por un mínimo de tres miembros. En los casos en los que no se alcance el número mínimo de miembros, la EIDUA efectuará la designación por sorteo entre el profesorado de los programas implicados.
Presidencia:
- Profesor o profesora más antiguo o antigua conforme al orden de prelación de cuerpos docentes universitarios.
Secretaría:
- Profesor o profesora más reciente en orden de prelación de cuerpo inverso al indicado anteriormente.
- Vocales:
Resto de Coordinadores o Coordinadoras de los programas de doctorado
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://edua.ua.es/es/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 30 de noviembre de 2022. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y a la vista de la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, dicha propuesta será elevada al comité de dirección de la EIDUA para que envíe informe preceptivo previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno, en su caso.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2022LS0136 de la edición 2022 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 3500 euros, destinados a la devolución de las tasas administrativas abonadas para la obtención del título de doctor, será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 70304B0001 del presupuesto de la EIDUA. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación del beneficiario
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
· Solicitar la exención de tasa, en su caso, ante el Servicio de Alumnado de la Universidad de Alicante
El medio de justificación del cumplimiento de las obligaciones se realizará del siguiente modo:
· Resolución del Consejo de Gobierno de la concesión del premio extraordinario
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 17 de octubre de 2022
La rectora
P.D. de firma, Vicerrector de Investigación
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Juan Mora Pastor
ANEXO I
Doctores y doctoras que pueden concurrir en la presente convocatoria
Alaminos Fernández, Antonio Francisco
Aparicio Flores, María del Pilar
Aramburo Calle, Maximiliano Alberto
Arráez Vera, María Graciela
Baile Pomares, Paola
Bataller Soler, David
Benazizi, Ikram
Bouabdellah, Omar
Buenaño Fernández, Diego Patricio
Cadena Vela, Susana Graciela
Castro Carbonell, Ana Isabel
Cataldo, Silvia
Clement Carbonell, Maria Violeta
Collazos Stüwe, Adriana Milena
Cruz, Edmanuel Gaspar
Die Maculet, María del Rosario
Domínguez Villaverde, Mariana
Enzweiler, Romano José
Fernández Catalá, Javier
Fuensanta Soriano, Mónica
Fuster Olivares, Antonio
García García, Alberto
Gómez Donoso, Francisco
González Forte, Juan Manuel
Igualada Tolosa, Carlos
Jover Esplá, Ana Gabriela
Kauffmann Incer, Erick
Laraiche Ferrag, Karima
Linares Bernabeu, Esther
Mangas Navarro, Natalia Anaís
Mateo Guillen, Copelia
Pometti Benítez, Kevin Albert
Qin, Jian
Quílez Bermejo, Javier
Quintero Jaime, Andrés Felipe
Riesgo Martínez, Ferran
Rubio Córdoba, Esther
Ruiz Fernández, Lorena
Sáez Espinosa, Paula
Santamaría Villar, María Belén
Serrano Bertos, Elena
Seva Larrosa, Pedro
Sinyashina, Ekaterina
Vila Pérez, Sara
Villar Navascués, Rubén Alejandro
Villegas Chiliquinga, William Eduardo
Zapata Impatá, Brayan Stiven
Zhao, Guanlan
ANEXO II
Distribución del número máximo de premios que se pueden otorgar en los diferentes programas de doctorado en esta convocatoria.
DOCTORADO EN FILOSOFÍA Y LETRAS: 3
DOCTORADO EN TRADUCTOLOGÍA, TRADUCCIÓN PROFESIONAL Y AUDIOVISUAL: 1
DOCTORADO EN CIENCIA DE MATERIALES 1
DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA SALUD: 1
DOCTORADO EN DERECHO: 2
DOCTORADO EN INVESTIGACIÓN EDUCATIVA: 2
DOCTORADO EN EMPRESA, ECONOMÍA Y SOCIEDAD: 2
DOCTORADO EN INFORMÁTICA: 3