CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2023
- Fecha de aprobación
- 30/11/2022
- Fecha de publicación
- 01/12/2022
- Órgano competente
- Consejo de Gobierno
- Sección
- Disposiciones generales
Título: CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2023
Sección: Disposiciones generales
Órgano: Consejo de Gobierno
Fecha de aprobación: miércoles, 30 de noviembre de 2022
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, en la sesión ordinaria del día 30 de noviembre de 2022, ha aprobado por unanimidad el Calendario laboral para el año 2023.
Propuesto en base al Decreto 130/2022, de 30 de septiembre, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2023, y al Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat.
CALENDARIO LABORAL AÑO 2023
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Enero: |
6 de enero. Epifanía del Señor |
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Abril: |
6 de abril. Jueves Santo 7 de abril. Viernes Santo 10 de abril. Lunes de Pascua 17 de abril. San Vicente Ferrer 20 y 21 de abril. Santa Faz Período de actividad administrativa atenuada (*): 11, 12, 13 y 14 de abril Turno de mañana: de 8:30 h a 14:00 h Turno de tarde: no funcionaran los servicios, a excepción de los que oportunamente se establezcan, de acuerdo con las necesidades previstas |
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Mayo |
1 de mayo. Fiesta del trabajo |
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Junio: |
21, 22 y 23 de junio. Fiestas de Alicante |
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Agosto: |
15 de agosto. Asunción de la Virgen El período vacacional preferente estará comprendido entre el 7 y el 27 de agosto (*): Turno de mañana: de 8:00 h a 14:00 h Turno de tarde: no funcionaran los servicios, a excepción de los que oportunamente se establezcan, de acuerdo con las necesidades previstas |
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Octubre: |
9 de octubre. Día de la Comunitat Valenciana 12 de octubre. Fiesta Nacional de España |
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Noviembre: |
1 de noviembre. Festividad de Todos los Santos |
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Diciembre: |
6 de diciembre. Día de la Constitución 8 de diciembre. Inmaculada Concepción 25 de diciembre. Natividad del Señor Período de actividad administrativa atenuada (*): 26, 27, 28 y 29 de diciembre de 2023, y 2, 3, 4 y 5 de enero de 2024 Turno de mañana: de 8:30 h a 14:00 h Turno de tarde: no funcionaran los servicios, a excepción de los que oportunamente se establezcan, de acuerdo con las necesidades previstas |
(*) En los períodos de actividad administrativa atenuada, en línea con las acciones que se vienen desarrollando para minimizar el consumo de energía y reducir el coste derivado del mismo, se podrá resolver el cierre de la Universidad, con reducción máxima en la presencia de efectivos de la plantilla de personal.
Se identificarán que unidades han de permanecer en servicio; fuera de las que figuren en la oportuna relación, sólo se atenderán aquellos servicios que por su cometido y programación requieran presencia de personal.
Esa misma consideración se da al período vacacional preferente comprendido entre el 7 y el 27 de agosto. Las vacaciones anuales del personal habrán de adecuarse a estas medidas.
Los días 19 de marzo y 24 de junio son festivos, pero al coincidir en fin de semana no se reflejan en el calendario laboral.
Análisis
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