CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS

Fecha de aprobación
18/01/2023
Fecha de publicación
19/01/2023
Órgano competente
Facultad de Filosofía y Letras
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Facultad de Filosofía y Letras

Fecha de aprobación: miércoles, 18 de enero de 2023

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS

1. OBJETO

La Facultad de Filosofía y Letras convoca estas ayudas para financiar parcialmente simposios, congresos, seminarios y jornadas de ámbito nacional o internacional que complementen la formación cultural, académica y científica de los estudios de nuestra Facultad que se celebren durante el 2023.

Quedan excluidas de esta convocatoria las jornadas culturales de los grados y las actividades asociadas a las asignaturas de los másteres, que ya cuentan con financiación de la Facultad, así como aquellas actividades cuyas sesiones no sean públicas o presenten algún tipo de restricción para su asistencia.

2. REQUISITOS

-    El o la solicitante deberá pertenecer al colectivo del PDI adscrito a la Facultad de Filosofía y Letras y deberá figurar como organizador/a de la actividad. Por tanto, quedan excluidas aquellas actividades en las que el o la solicitante participe exclusivamente como asistente, comunicante o ponente.

-    Los contenidos de la actividad presentada deberán tener una relación directa con los ámbitos de conocimiento de las titulaciones de la Facultad de Filosofía y Letras.

-    La actividad, en caso de ser presencial, deberá celebrarse en las instalaciones de la Universidad de Alicante o, en su defecto, en otras instalaciones próximas a la Universidad.

-    La actividad deberá estar avalada por la dirección del Departamento al que pertenezca el o la solicitante. Asimismo, el departamento que avala la actividad debe asumir expresamente parte de su financiación, tal y como figura en la base 4 de esta convocatoria.

3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La solicitud se dirigirá al Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras a través de este enlace https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=132395&idioma=es.

Plazos de solicitud:

-    Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOUA al 13 de marzo, para actividades que se realicen entre el 9 de enero y el 31 de julio.

-    Del 1 de septiembre al 30 de octubre, para actividades que se realicen entre el 1 de septiembre y el 22 de diciembre.

Sólo en el caso de que no se haya cubierto en las adjudicaciones la dotación económica establecida en el punto 6 de la presente convocatoria, podrá abrirse un plazo extraordinario de solicitud.

4. DOCUMENTACIÓN

A la solicitud se deberá acompañar necesariamente la siguiente documentación:

- Certificación emitida por la dirección del departamento al cual pertenezca el o la solicitante avalando la propuesta, y asumiendo parte de la financiación de la actividad, como también copia de cualquier documento en el que se especifique otro tipo de fuente de financiación concedida.

- Programa detallado de la actividad en el que se puedan cuantificar las horas de duración de las sesiones abiertas a todo el público sin restricciones de asistencia de cualquier tipo.

- Previsión de presupuesto de la actividad

5. ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS

5.1 Criterios de adjudicación

Se podrá adjudicar la ayuda aquellas solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de esta convocatoria y hayan presentado en plazo la solicitud y documentación requerida y el departamento al que pertenece no haya superado la cuantía máxima anual de 2.000 € establecida en el punto 6 de esta convocatoria.

Los criterios para la adjudicación de la cuantía de la ayuda serán los siguientes:

-    Actividades cuya duración sea, como mínimo, de 30 horas: 50 % de la cuantía presupuestada y como máximo 800 €.

-    Actividades cuya duración sea entre 13 y 29 horas: 50 % de la cuantía presupuestada y como máximo 600 €.

-    Actividades cuya duración sea entre 4 y 12 horas: 50 % de la cuantía presupuestada y como máximo 400 €.

El cómputo de horas a estos efectos se realizará exclusivamente teniendo en cuenta las sesiones abiertas a todo el público sin restricciones de asistencia de cualquier tipo, ya sea de manera presencial o virtual.

5.2. Periodo de resolución

La Comisión de evaluación se reunirá según la siguiente programación:

Primer periodo de resolución: Del 14 al 27 de marzo de 2023, para resolver las propuestas presentadas hasta el 13 de marzo de 2023 y que se correspondan a actividades realizadas entre el 9 de enero y el 31 de julio de 2023.

Si se cubriera la dotación máxima prevista para esta convocatoria en la primera reunión de la comisión evaluadora no habría un segundo periodo de resolución.

Segundo periodo de resolución: Del 1 al 15 de noviembre de 2023 para resolver las propuestas presentadas hasta el 30 de octubre de 2023 y que se correspondan con actividades realizadas entre el 1 de septiembre y el 22 de diciembre de 2023.

5.3. Órgano gestor y Comisión evaluadora

El órgano gestor de la convocatoria, Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución. El contacto será a través del correo electrónico dega.lletres@ua.es

La propuesta de adjudicación la realizará una comisión compuesta por el decano o persona en quien delegue, la vicedecana de Cultura, Comunicación y Promoción del valenciano y la responsable de la Administración del Centro.

5.4 Notificación de la adjudicación

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en esta convocatoria se realizarán en la página web https://lletres.ua.es/es/cultura/informacion-de-las-ayudas-para-actividades-culturales.html , que producirá los mismos efectos que la notificación a las personas interesadas. Por tanto, la adjudicación provisional se publicará en esa página web. Se comunicará a los y las solicitantes la publicación de la adjudicación, y se establecerá un plazo de reclamación de cinco días hábiles. La adjudicación provisional se entenderá definitiva en caso de no haber reclamaciones. Si las hubiera, la resolución definitiva se publicará, una vez transcurrido el plazo de reclamación, en la página web de la Facultad de Filosofía y Letras.

6. DOTACIÓN, MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO

La dotación máxima para esta convocatoria es de 20.000 €, y se encuentra consignada en la aplicación 20.10.2G.00.01 del Capítulo 2 de créditos del presupuesto de la Facultad de Filosofía y Letras. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.

La concesión de las ayudas estará limitada a la disponibilidad presupuestaria anual y a una cantidad de 2.000 € por departamento de la Facultad y año natural.

El pago de estas ayudas se realizará mediante traspaso interno de crédito al capítulo 2G del departamento correspondiente.

La dotación asignada a cada ayuda se ajustará, en sus principios generales, a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

7. OBLIGACIONES DE LAS Y LOS BENEFICIARIOS

Las personas beneficiarias deberán incluir el logo de la Facultad de Filosofía y Letras en la publicidad derivada de estas actividades, disponible en la dirección https://lletres.ua.es/es/imagenes/gestadm/logo-ffl.gif

Asimismo, deberán enviar, con una antelación mínima de una semana a la celebración de la actividad, las evidencias de esa publicidad (cartel anunciador, díptico, etc.) a través del formulario https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=5683&idioma=es con el objeto de que se le dé publicidad en la agenda cultural de la Facultad de Filosofía y Letras.

El incumplimiento de estas obligaciones conllevará la pérdida de la ayuda.

8. PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes anuales de participación en la convocatoria de ayudas para actividades académicas y culturales de la Facultad de Filosofía y Letras.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, los datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

La o el solicitante puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es/es/index.html).

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, se puede consultar en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

9. RECURSOS

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta que no agoten la vía administrativa, podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Alicante, 17 de enero de 2023

José María Ferri Coll

Decano de la Facultad de Filosofía y Letras