CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE QUE PARTICIPEN EN EL PROGRAMA DE MOVILIDAD SICUE DURANTE EL CURSO 2022-2023

Fecha de aprobación
01/02/2023
Fecha de publicación
02/02/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE QUE PARTICIPEN EN EL PROGRAMA DE MOVILIDAD SICUE DURANTE EL CURSO 2022-2023

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 1 de febrero de 2023

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE QUE PARTICIPEN EN EL PROGRAMA DE MOVILIDAD SICUE DURANTE EL CURSO 2022-2023

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas al alumnado partícipe en el Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios de España (SICUE) promovido por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (Crue Universidades Españolas), conforme a la convocatoria de la Universidad de Alicante para el curso académico 2022-23.

La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Alicante pretende favorecer la participación de sus estudiantes en los programas de movilidad nacional mediante este programa de ayudas.

2.    Requisitos de las personas beneficiarias

·         Estar matriculado/a en alguna de las titulaciones que se imparten en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

·         Haber obtenido una plaza definitiva de intercambio en el programa SICUE ofertado por la Universidad de Alicante para el curso 2022-23 en las titulaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

·         Haber presentado la confirmación de llegada firmada y sellada por la universidad de destino.

·         No ser beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.

No será posible optar a esta ayuda si se ha llevado a cabo la movilidad de forma virtual desde el domicilio habitual, sin desplazamiento hasta la universidad de destino.

3.    Dotación de las ayudas

El importe de la ayuda concedida será de 300 € en el caso de las movilidades de carácter semestral y de 600 € en el caso de las movilidades anuales.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá el 6 de febrero hasta el 27 de febrero de 2023 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

Las solicitudes se presentarán mediante cumplimentación del siguiente formulario: https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=122915&idioma=ca, disponible en la página web de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Alicante: https://economicas.ua.es/es/vrim/.

Para recibir la ayuda económica se requiere la justificación previa del destino de los fondos percibidos, siendo imprescindible acompañar al impreso de solicitud de los siguientes documentos:

- Copia del DNI o, en su caso, documento identificativo extranjero, siempre que el presentado en la Secretaría de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales no esté vigente.

-Documento de fichero de terceros / formulario de datos personales: https://sge.ua.es/es/documentos/facturacion/proveedores-espa-val.pdf

- Confirmación de llegada, firmada y sellada por la universidad de destino: https://sri.ua.es/es/movilidad/documentos/sicue/impreso-certificacion-llegada.pdf

5.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

5.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia será la Secretaría de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, contacto: international.feb@ua.es / Contacta con Secretaría: https://economicas.ua.es/es/tramites-y-consultas/solicitud-informacion-consultas-peticiones-y-quejas.html.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

5.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia: Coordinador de Movilidad Internacional de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Secretaría: Especialista técnico de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Vocal: Vicedecana de Relaciones Institucionales, Políticas de Igualdad y Movilidad de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

6.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://economicas.ua.es/es/vrim/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 3 de marzo de 2023. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de cinco días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimen pertinentes, que deberán formalizarse a través del siguiente enlace: https://economicas.ua.es/es/tramites-y-consultas/solicitud-informacion-consultas-peticiones-y-quejas.html. Transcurrido dicho plazo y una vez revisadas las alegaciones, se publicará la adjudicación definitiva de las ayudas en la web de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales: https://economicas.ua.es/es/vrim/.

7.    Marco legal y presupuestario

La convocatoria de ayuda, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0012 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación máxima para esta convocatoria es de 24.000 € y se encuentra consignada en la orgánica 20.50.4B.00.01 del presupuesto de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

8.    Obligación y justificación de las personas beneficiarias

- Comunicar de inmediato cualquier cambio que afecte a la solicitud inicial (renuncia, cancelación o cambio de periodo de la movilidad o reducción de número de créditos a cursar).

- Tener firmado el Acuerdo Académico definitivo y la confirmación de salida en el plazo correspondiente.

- Cumplir las normas disciplinarias de la universidad de destino y realizar íntegramente su estancia en la misma.

El incumplimiento de las obligaciones mencionadas implicará la anulación de la ayuda concedida y el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente.

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.

9.    Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

10. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 31 de enero de 2023

La rectora

P.D. de firma, Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosa Mª Martínez Espinosa