CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA VECTALIA MOVILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
26/04/2023
Fecha de publicación
28/04/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA VECTALIA MOVILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: miércoles, 26 de abril de 2023

CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA VECTALIA MOVILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

1.    Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios a los mejores Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de Máster (TFM) desarrollados, tutorizados y defendidos en la Universidad de Alicante durante el curso 2022-2023, cuya temática esté relacionada con la movilidad y/o el transporte.

Estos premios son convocados por la Cátedra Vectalia Movilidad de la Universidad de Alicante y su objetivo principal es la promoción de la actividad docente e investigadora en el ámbito general de la gestión de la movilidad y el transporte.

2.    Requisitos de las personas beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiarios y solicitar estos premios los alumnos matriculados en cualquier titulación oficial de la Universidad de Alicante que hayan defendido su TFG o TFM durante el curso 2022-2023, con una calificación mínima de Notable, y siempre y cuando esté relacionado con la temática indicada en el artículo 1 de la presente convocatoria.

3.    Número y dotación de los premios

Se concederán un total de 3 premios para los TFG y otros 3 premios para los TFM, distribuyendo la asignación según se especifica a continuación:

·      Para los TFG el primer premio estará dotado con 1000 euros, el segundo con 600 euros y el tercero con 400 euros.

·      Para los TFM el primer premio estará dotado con 1200 euros, el segundo con 800 euros y el tercero con 600 euros.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1.    Plazo de presentación

El plazo para la solicitud de los premios se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA y hasta el 13 de noviembre de 2023 a las 23:59 h.

4.2.    Procedimiento de presentación

Para presentar su candidatura, toda persona interesada deberá hacerlo a través de UACloud, mediante el trámite de Instancia Genérica disponible en el apartado eAdministración, aportando los siguientes datos:

·      En el campo EXPONE deberá indicarse "Instancia dirigida a la Cátedra Vectalia Movilidad de la Universidad de Alicante: convocatoria de premios a Trabajos Fin de Grado y Fin de Máster 2023".

·      En el campo SOLICITA deberá indicarse que se desea participar en dichos premios con el TFG (o TFM) titulado (especificar título del trabajo).

·      Como documentos adjuntos se presentarán 2 archivos diferentes en formato PDF (memoria.pdf y resumen.pdf) que se corresponderán, respectivamente, con la memoria y los planos (en su caso) del trabajo proporcionados en su momento para la defensa, y con un resumen (mínimo 4 páginas y máximo 6) donde se describan los objetivos, metodología y principales conclusiones. El tamaño máximo de toda la documentación presentada no podrá superar 25 MB.

5.    Órgano gestor y comisión de valoración

5.1.    Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es la Cátedra Vectalia Movilidad de la Universidad de Alicante y la dirección de correo electrónico de contacto es catedra.vectalia.movilidad@ua.es.  El órgano gestor se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordando todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

5.2.    Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión de los premios. Se conformará una única comisión para evaluar tanto las candidaturas de los TFG como de los TFM.

La comisión de valoración estará compuesta por cinco personas:

·      La Rectora (o persona en quien delegue), que actuará como presidenta.

·      El Director de la Escuela Politécnica Superior (o persona en quien delegue).

·      El Presidente de Vectalia (o persona en quien delegue).

·      El Director Técnico de la Cátedra Vectalia Movilidad, que ejercerá las funciones de secretario del concurso.

·      El Director de Comunicación y Relaciones Institucionales de Vectalia (o persona en quien delegue).

6.    Criterios de adjudicación

Los premios se resolverán por parte de la comisión de valoración en una única fase, a partir del análisis y la discusión de la documentación recibida por parte de cada una de las candidaturas. La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios de valoración:

·      Originalidad y carácter innovador del trabajo, en relación a la movilidad sostenible (30%).

·      Rigor y extensión del trabajo (20%).

·      Calidad de la presentación y de los documentos gráficos del trabajo (20%).

·      Viabilidad para su aplicación práctica (20%).

·      Recursos bibliográficos y fuentes utilizadas (10%).

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la página web de la Cátedra Vectalia Movilidad de la Universidad de Alicante (http://catedra-vectalia-movilidad.ua.es), sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de los premios se publicará a partir del 4 de diciembre de 2023. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimen pertinentes ante el órgano gestor. Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

Los trabajos finalmente premiados se darán a conocer a través de la página web de la Cátedra y por otros medios que se consideren adecuados. Los premios podrán entregarse en un acto académico organizado al efecto.

8.    Marco legal y presupuestario

La convocatoria de estos premios, que sirve de base reguladora, se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0134 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación económica destinada a esta convocatoria, con un importe total de 4600 euros, será sufragada con cargo al capítulo IV de la clave orgánica 21404B0001 del presupuesto de la Escuela Politécnica Superior. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9.    Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El incumplimiento por parte de las personas beneficiarias de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio.

10.    Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre protección de datos, sus derechos y la política de privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.    Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 26 de abril de 2023

La Rectora,

P.D. de firma, la Secretaria General,

(resolución de 22 de diciembre de 2020)

Esther Algarra Prats