CONVOCATORIA DE PREMIOS UA:EMPRENDE A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 26/06/2023
- Fecha de publicación
- 27/06/2023
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS UA:EMPRENDE A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: lunes, 26 de junio de 2023
CONVOCATORIA DE PREMIOS UA:EMPRENDE A TRABAJOS FIN DE GRADO, TRABAJOS FIN DE MÁSTER Y TESIS DOCTORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto
En el marco del programa institucional ua:emprende, el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica y el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, proponen los premios ua:emprende a trabajos de fin de grado (TFG), trabajos de fin de máster (TFM) y tesis doctorales que puedan ser la base de un proyecto empresarial innovador o resuelvan un problema o reto planteado por una empresa.
Se aceptarán dos tipos de propuestas:
1) Trabajos susceptibles de ser la base de un futuro proyecto empresarial innovador.
2) Trabajos innovadores desarrollados en colaboración con una empresa o entidad que den solución a un problema o reto planteado por la misma.
2. Requisitos de las personas beneficiarias
Podrá solicitar estos premios el alumnado que:
- Haya defendido su TFG, su TFM o su Tesis Doctoral en la Universidad de Alicante en los cursos académicos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023.
- Los trabajos deberán ser susceptibles de ser la base de un futuro proyecto empresarial innovador, o trabajos innovadores desarrollados en colaboración con una empresa o entidad que den solución a un problema o reto planteado por la misma.
3. Número y dotación de los premios
Los premios reciben la financiación del Banco Santander, a través del convenio suscrito con la UA dentro del eje de fomento del emprendimiento. Todos los premios estarán sujetos, en su caso, a las correspondientes retenciones fiscales que contemple la legislación vigente.
- TFG: Tres premios de 600 €.
- TFM: Dos premios de 900 € y un premio de 1.200 € de la Fundación Parque Científico de Alicante (FPCA) al mejor TFM aplicado en empresas vinculadas a la FPCA.
- Tesis Doctoral: Dos premios de 1.500 €.
Adicionalmente, los participantes tendrán la posibilidad de participar en las acciones de impulso al emprendimiento disponibles dentro del programa ua:emprende; así como de contar con el soporte del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación - OTRI de la Universidad de Alicante.
Los autores y autoras de los TGM, TFM y Tesis Doctorales tendrán la posibilidad de publicar, previa solicitud por parte de los directores de los trabajos, en formato digital y sin coste alguno para ellos, los resultados derivados de sus investigaciones en el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alicante.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El extracto de la convocatoria se publicará en el DOGV. Así mismo, se publicará íntegramente en el BOUA con carácter informativo.
El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día 1 de julio y finalizará el día 31 de octubre (23:59 hora límite) de 2023.
4.2. Procedimiento de presentación
Las personas solicitantes han de tener en cuenta que el proceso consta de dos partes: cumplimentación del formulario y registro de la solicitud a través de UACloud; e inscripción en la plataforma https://www.santanderx.com.
En primer lugar, deberán cumplimentar el formulario de inscripción que encontrarán en la página http://uaemprende.ua.es. Una vez cumplimentado se seleccionará la opción "enviar" y aparecerá un resumen de los datos introducidos. Se deberá guardar dicho resumen. La candidatura quedará presentada cuando se haya realizado el registro electrónico de la misma. Para ello, se accederá a UACloud, administración electrónica y, mediante el trámite instancia genérica, se solicitará la participación en esta convocatoria, adjuntando a dicha instancia el resumen generado al cumplimentar el formulario.
Para finalizar, una vez realizado el registro electrónico y antes de la finalización del plazo de inscripción, las personas interesadas deberán inscribirse dentro de la plataforma https://www.santanderx.com en la convocatoria "Premios ua:emprende TFG, TFM y Tesis Doctorales". La inscripción en la plataforma Santander es requisito obligatorio para que la candidatura sea aceptada a trámite.
Publicada la lista provisional de candidaturas admitidas, se abrirá un plazo de diez días hábiles para subsanaciones.
Para cualquier duda sobre la documentación que hay que aportar o la orientación de los proyectos, las personas interesadas se pueden dirigir al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web https://uaemprende.ua.es.
4.3. Documentación a presentar
- TFG, TFM o Tesis Doctoral.
- Formulario de solicitud: en el formulario se especificarán los siguientes aspectos:
o Resumen de la idea de negocio o solución propuesta: identificar el producto o servicio; problema, necesidad o reto que se atiende; grado de innovación; ventaja competitiva.
o Mercado objetivo: identificar sector, clientela y competencia.
o Viabilidad técnica: indicar y argumentar que existen los medios necesarios para que el proyecto se convierta en una realidad.
o Grado de desarrollo de la propuesta: indicar hitos conseguidos y siguientes pasos.
o Justificación de la relación de la propuesta con el TFG, TFM o Tesis Doctoral.
5. Criterios de adjudicación
Las propuestas serán evaluadas por un jurado mediante el análisis y discusión de la documentación aportada atendiendo a criterios como el grado de innovación y de impacto de la propuesta, viabilidad de la misma y relación con el TFG, TFM o Tesis Doctoral. Se establecerá el siguiente baremo:
La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Relación de la propuesta con el TFM, TFG y Tesis Doctoral. 20 puntos
- Viabilidad de la propuesta. 30 puntos
- Grado de desarrollo. 30 puntos
- Grado de innovación. 20 puntos
El Jurado, a su discreción, podrá instar a las candidatas y los candidatos a presentar su proyecto para lo que serán requeridos con suficiente antelación. Aquellos trabajos que no obtengan 20 puntos en el criterio "Relación de la propuesta con el TFM, TFG y Tesis Doctoral" serán desestimados.
6. Órgano instructor, jurado y unidad administrativa de referencia
6.1. Órgano instructor
El órgano instructor será el siguiente:
Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica de la Universidad de Alicante.
6.2. Jurado
El jurado estará compuesto por:
- Vicerrectora de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica de la UA, o persona en quien delegue, que actuará como presidenta.
- Vicerrector de Estudios, Calidad y Lenguas, o persona en quien delegue.
- Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona en quien delegue.
- Directora de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante, o persona en quien delegue.
- Director del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona en quien delegue.
- Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento de la UA, o persona en quien delegue, que actuará como secretario.
- Un técnico o técnica del Centro de Empleo de la UA.
- Un técnico o técnica del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI.
6.3. Unidad administrativa de referencia
La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI de la Universidad de Alicante y su método de contacto electrónico es uaemprende@ua.es.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
La Rectora de la Universidad de Alicante acordará la resolución definitiva de la convocatoria.
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://uaemprende.ua.es/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, con referencia 2023CT0123, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención con referencia 2023LS0145 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de los premios de un máximo de 6.600 € en lo que respecta a la Universidad de Alicante, será sufragada con cargo al capítulo IV (clave orgánica 10504B0003), siendo 600 € aportados por el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica; y 6.000 € por el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente. Con respecto al presupuesto de la FPCA, la dotación máxima será de 1.200 €. En todo caso, se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación del beneficiario
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
- Facilitar cuanta información les sea requerida.
- Cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La justificación del destino de los premios al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, 26 de junio de 2023
La rectora,
P.D. de firma, Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
María Jesús Pastor Llorca