PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. 2023
- Fecha de aprobación
- 29/06/2023
- Fecha de publicación
- 30/06/2023
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. 2023
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 29 de junio de 2023
PREMIOS DE INVESTIGACIÓN PARA TRABAJOS FIN DE GRADO Y MÁSTER EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, BUEN GOBIERNO, DATOS ABIERTOS E INTEGRIDAD INSTITUCIONAL, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. 2023
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los siguientes premios.
a) Premio de investigación para Trabajos Fin de Grado en la Universidad de Alicante en las materias de "transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, buena administración, datos abiertos e integridad institucional".
b) Premio de investigación para Trabajos Fin de Máster en la Universidad de Alicante en las materias de "transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, buena administración, datos abiertos e integridad institucional".
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Aquellos alumnos/as que hayan defendido sus TFGs y TFMs en la Universidad de Alicante durante el curso académico 2022/2023
3. Número y dotación de los premios.
Tanto para los premios TFG como para los premios TFM, la cuantía será de:
- 750 euros primer premio
- 500 euros el segundo premio,
- 400 euros el tercer premio
A los premios se les aplicará en su caso la retención fiscal que marque la legislación vigente.
Descripción de las materias o ámbitos multidisciplinares de los trabajos de investigación:
Las materias de los TFGs y TFMs que podrán concurrir a los citados premios se centrarán en cuestiones que con arreglo al ordenamiento jurídico se refieran a la transparencia, el acceso a la información pública, buen gobierno, buena administración, ética e integridad pública, datos abiertos y reutilización de datos, lucha contra la corrupción y el fraude.
- Cumplimiento normativo: compliance en el sector público.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de las iniciativas comenzará el día 3 de julio y finalizará 31 de julio de 2023.
4.2. Procedimiento de presentación
Las solicitudes de participación en los premios se presentarán a través del correo electrónico dirigido a la dirección Josep.ochoa@ua.es adjuntando el texto completo del trabajo de investigación en formato pdf y el documento acreditativo de su calificación.
5. Criterios de adjudicación
Para adjudicar el premio, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
A) la originalidad del TFG o TFM: 30% de la puntuación
B) su calidad académica general, 30% de la puntuación
C) el grado de dificultad del tema abordado, 20 % de la puntuación
D) el rigor en la metodología empleada para su elaboración, 20 % de la puntuación.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor y Comisión de Valoración
El Jurado estará compuesto por miembros de la Comisión Mixta de la Cátedra de Buen Gobierno y Transparencia entre la Generalitat y la Universidad de Alicante, y por el profesorado responsable de la ejecución del citado Convenio.
En concreto por las siguientes personas
Esther Algarra Prats. Secretaria General de la Universidad de Alicante (Presidenta)
Josep Ochoa Monzó. Director de la Cátedra de Buen Gobierno y Transparencia, entre la Generalitat Valenciana y la Universidad de Alicante.
Francisco Javier Gil Herrero, Subdirector general de Transparència, Atenció a la Ciutadania i Bon Govern, en la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática de la Generalidad Valenciana.
Beatriz Serón Costa Jefa del Servicio Transparencia de la actgviidad pública, en la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática de la Generalidad Valenciana.
7. .-Resolución, notificación y publicación de los resultados
El fallo y publicación de los premiados se producirá entre los días 6 de septiembre y 24 de septiembre de 2023, y la liquidación de los premios se deberá producir antes del 15 de noviembre de 2023.
El Jurado podrá decidir, en caso de que los TFG o TFM presentados no se acomoden a los criterios establecidos en la Base 5 de esta convocatoria, o que no reúne la calidad suficiente que uno o varios de los premios queden desiertos.
8. Marco legal y presupuestario:
La convocatoria de los premios, con referencia 2023CT0128, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0139 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria
La dotación económica para esta convocatoria de 3.300 € se consignará en el Capítulo 4 de créditos del presupuesto del Departamento de Estudios Jurídicos del Estado 31.90.4B.00.01. La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la Universidad de Alicante.
9. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida.
Todos los que se presenten a esta edición aceptan las condiciones de participación establecidas en estas bases. La aceptación de estas bases supone también aceptar la comparecencia en la entrega de premios o actos de difusión de esta edición.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
El incumplimiento por parte de las beneficiarias y beneficiarios de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio.
10. Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados en la solicitud, así como aquellos contenidos en la documentación que la acompañe, cuya finalidad es la gestión de su inscripción, participación y resolución de la convocatoria de los Premios de investigación para Trabajos fin de grado y master de la Universidad de Alicante en materia de "Transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno, datos abiertos e integridad institucional".
La legitimación de este tratamiento se basa en el interés público de la convocatoria y en el consentimiento de la persona interesada en su solicitud de participación en ella. Los datos relativos a los ganadores de los premios se podrán publicar en la web de la UA y en redes sociales. Los datos de los premiados en las modalidades que incluyen prestación económica serán comunicados a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Intervención General del Estado y al Tribunal de Cuentas para el control contable. Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión del premio, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en las modalidades que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es).Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Ante las actuaciones definitivas de la comisión de valoración podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.
No se podrá presentar recurso ante aquellas resoluciones o actos que, por establecer un plazo de subsanaciones, reclamaciones o alegaciones, no sean definitivas. Las resoluciones que se produzcan tras este trámite sí serán susceptibles del recurso correspondiente.
Alicante, a 29 de junio de 2023
P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Isabel Ferrer Cascales