CONVOCATORIA DE PREMIOS A TESIS DOCTORAL Y TRABAJO FIN DE MÁSTER. CÁTEDRA DEL AGUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE - DIPUTACIÓN DE ALICANTE

Fecha de aprobación
07/07/2023
Fecha de publicación
10/07/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS A TESIS DOCTORAL Y TRABAJO FIN DE MÁSTER. CÁTEDRA DEL AGUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE - DIPUTACIÓN DE ALICANTE

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 7 de julio de 2023

CONVOCATORIA DE PREMIOS A TESIS DOCTORAL Y TRABAJO FIN DE MÁSTER. CÁTEDRA DEL AGUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE - DIPUTACIÓN DE ALICANTE.

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de premios al talento de aquellos científicos y científicas que estudian el agua con los galardones a la Mejor Tesis Doctoral y al Mejor Trabajo de Fin de Máster (TFM) que hayan sido desarrollados y defendidos en las universidades de la provincia de Alicante a lo largo de los cursos 2020/2021, 2021/2022 y 2022/2023. El objetivo principal de estos premios es contribuir a promover la actividad investigadora de calidad en el marco del agua, así como reconocer la excelencia académica en temas relacionados con la gestión de recursos hídricos en todas sus vertientes.

2.    Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán obtener la condición de persona beneficiaria y solicitar este premio el alumnado que:

·         Haya desarrollado y defendido su Tesis o TFM en las universidades de la provincia de Alicante durante los cursos 2020/2021, 2021/2022 y 2022/2023 y que el trabajo presentado haya estado relacionado con el agua.

·         Haya obtenido una calificación mínima de: Sobresaliente Cum Laude, para el premio a la Tesis Doctoral y de 8 sobre 10, para el premio al TFM.

3.    Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de dos premios: uno para Tesis Doctoral y uno para TFM. El premio a la mejor Tesis Doctoral sobre agua estará dotado con 2.000,00 €; el premio al mejor TFM sobre agua estará dotado con 1.000,00 €.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 22 de septiembre de 2023 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

Para presentar su candidatura, toda persona interesada deberá hacerlo a través de UACloud, mediante el trámite de Instancia Genérica disponible en el apartado eAdministración, al Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales, con indicación de los datos de esta convocatoria, aportando los siguientes datos:

·         En el campo EXPONE deberá indicarse "Instancia dirigida a la Cátedra del Agua Universidad de Alicante-Diputación de Alicante: convocatoria de premios a tesis doctoral y trabajo fin de máster".

·         En el campo SOLICITA deberá indicarse que se desea participar en dichos premios con la tesis o el TFM titulado (especificar título del trabajo).

·         Como documento adjunto se presentará en formato PDF un archivo donde se indique (mínimo 4 páginas, máximo 10 páginas, Times New Roman tamaño 12, espaciado simple, márgenes de 2,5 cm): nombre y apellidos del autor o autora, nombre y apellidos de quienes hayan tutorizado o dirigido el trabajo, título del trabajo, resumen del trabajo realizado (especificando objetivos, metodología, resultados y conclusiones), referencias de los congresos en los cuales ha participado como ponente o comunicante durante los dos años anteriores o posteriores a la fecha de defensa del trabajo (utilizando estilo APA 7ª edición) y referencias de las publicaciones derivadas del trabajo académico durante los dos años anteriores o posteriores a la fecha de defensa del trabajo (utilizando estilo APA 7ª edición). También, se remitirá una fotocopia del título de doctor o doctora o de máster (sólo estudiantes de otras universidades diferentes a la Universidad de Alicante), dependiendo del premio al cual se opte, así como un certificado académico que refleje las calificaciones obtenidas (sólo estudiantes de otras universidades diferentes a la Universidad de Alicante).

5.    Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

CRITERIOS ADJUDICACIÓN

PONDERACIÓN

Originalidad y carácter innovador del trabajo

20%

Rigor del trabajo

20%

Viabilidad para su aplicación práctica en la mejora de la gestión de recursos hídricos

30%

Labor de difusión de la investigación llevada a cabo y repercusión de las publicaciones derivadas

30%

Los premios se resolverán por parte de la comisión de valoración en una única fase, a partir del análisis y la discusión de la documentación recibida por parte de cada una de las candidaturas.

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es la Cátedra del Agua Universidad de Alicante-Diputación de Alicante y la dirección del correo electrónico de contacto es info@catedradelaguaua.org. El órgano gestor se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es el Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales de la Universidad de Alicante, contacto: iuaca@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión de los premios.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-              Rectora (o persona en quien delegue).

Secretaría:

-              Secretario o secretaria del Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales (o persona en quien delegue).

Vocales:

-              Director o directora del Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales (o persona en quien delegue).

-              Director o directora de la Cátedra del Agua (o persona en quien delegue).

-              Diputado o diputada de Agua de la Diputación de Alicante (o persona en quien delegue).

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://catedradelaguaua.org/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 29 de septiembre de 2023. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

Los trabajos finalmente premiados se darán a conocer a través de la página web de la Cátedra y por otros medios que se consideren adecuados. Los premios podrán entregarse en un acto académico organizado al efecto.

8.    Marco legal y presupuestario

La convocatoria de estos premios, con referencia 2023CT0140, que sirve de base reguladora, se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0047 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 3.000,00 euros será sufragada con cargo al capítulo IV de la clave orgánica 40504B0001 del presupuesto del Instituto Universitario del Agua y de las Ciencias Ambientales. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9.    Obligación y justificación de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El incumplimiento por parte de las personas beneficiarias de las obligaciones señaladas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación del premio.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal, y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 7 de julio de 2023

La rectora,

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 4 de enero de 2021)

Juan Llopis Taverner