CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES"

Fecha de aprobación
04/09/2023
Fecha de publicación
06/09/2023
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES"

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 4 de septiembre de 2023

CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS DE FIN DE GRADO Y TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER DE LA CÁTEDRA "SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES"

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" se crea mediante un convenio de colaboración entre la Universidad de Alicante, a través del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, a través del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, institución financiadora de la misma.

La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" de la Universidad de Alicante tiene por objeto impulsar actividades de estudio, de fomento del conocimiento y de difusión de temáticas relacionadas con el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Desde la Cátedra se pretende favorecer actividades que contribuyan a la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

Con el fin de cumplir con sus objetivos, la Cátedra desarrollará, entre sus actividades de investigación y desarrollo, acciones de apoyo a la realización de Trabajos de Fin de Grado (TFG) y Trabajos de Fin de Máster (TFM) relacionados con el objeto de la Cátedra.

En este marco, el objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Premios a Trabajos de Fin de Grado (TFG) y Trabajos de Fin de Máster (TFM) promuevan la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

2.   Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar este premio el alumnado que:

·         Haya defendido su TFG o TFM en la Universidad de Alicante durante los cursos 2021-2022 (1 de septiembre de 2021 a 31 de julio de 2022) o 2022-2023 (1 de septiembre de 2022 a 31 de julio de 2023). Estos trabajos deben ser originales y no deben haber sido objeto de publicación con anterioridad.

·         Haya realizado su trabajo TFG o TFM sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en relación con alguno o varios de los siguientes aspectos, que se enuncian sin carácter exhaustivo:

o   Sobre el sistema en su conjunto.

o   Sobre entidades que lo integran.

o   Sobre personas atendidas o sus necesidades y problemas.

o   Sobre personas profesionales que trabajan en el sistema.

o   Sobre programas o proyectos que desarrollan.

o   Sobre metodologías desarrolladas en el sistema.

o   Sobre innovaciones y buenas prácticas.

o   Otros relacionados o de interés para el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

·         Haya obtenido una calificación mínima de 9 sobre 10 en el trabajo defendido.

·         No ser beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.

3.    Número y dotación de los premios.

Se concederá un número máximo de tres premios por modalidad, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 2.000 €. La dotación económica de cada premio según modalidad de TFG y TFM queda distribuida de la siguiente forma:

·         Premios TFG:

o   Primer premio: dotación económica de 450 €

o   Segundo premio: dotación económica de 250€

o   Tercer premio: dotación económica de 100€

·         Premios TFM:

o   Primer premio: dotación económica de 600€

o   Segundo premio: dotación económica de 400€

o   Tercer premio: dotación económica de 200€

Los premios podrán declararse desiertos en cada modalidad, mediante propuesta motivada de la comisión técnica de valoración, sin que ello implique un aumento en la cuantía para el resto de los trabajos premiados.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo.

El extracto de la convocatoria se publicará en el DOGV. El plazo de solicitudes de inicia el día siguiente de su publicación y finaliza el día el 29 de septiembre de 2023 a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, por instancia genérica de forma telemática al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

·         Instancia genérica:

o   En el apartado "EXPONE" los datos de la convocatoria ("Convocatoria de Premios a TFG/TFM Cátedra SPVSS") y la modalidad a la que se presenta (TFG o TFM).

o   En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a la Cátedra SPVSS del Dpto. Trabajo Social y Servicios Sociales".

·         En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse dos documentos de forma independiente en formato digital, preferiblemente PDF:

o   Un ejemplar del Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster que opta al premio, sin que consten los datos sobre la autoría ni la tutela del mismo.

o   Una autorización expresa para acceder al expediente académico de las calificaciones del Grado o del Máster de la Universidad de Alicante, en el que conste la nota media y la calificación del trabajo que opta al premio.

Los trabajos pueden presentarse en castellano o en valenciano.

5.    Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

1.    Criterios de adjudicación:

La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

·         La incidencia e impacto de los trabajos en el conocimiento disponible y en el impulso de procesos que promuevan la mejora, las buenas prácticas o la innovación en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales: hasta 4 puntos (40% ponderación).

·         Novedad e innovación de las aportaciones realizadas: hasta 4 puntos (40% de la ponderación).

·         La innovación investigadora y el empleo adecuado de las estrategias metodológicas: hasta 1 punto (10% ponderación).

·         Calidad del trabajo en cuanto a coherencia, estructura, rigor y carácter científico-técnico, estado de la cuestión, claridad expositiva y capacidad argumentativa: hasta 1 punto (10% ponderación).

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

El contacto se realizará a través de la unidad administrativa de referencia, Secretaría administrativa del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, mediante las siguientes vías de contacto: dtsss@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes tiene la competencia de establecer el orden de prelación de las personas candidatas participantes.

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-              Director de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" o persona en quien delegue.

Secretaría:

-              Subdirectora de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" o persona en quien delegue.

Vocales:

Dos docentes de la UA de reconocido prestigio en la temática para la que se convocan los premios, que actuarán como vocales.

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Cátedra:https://web.ua.es/es/catedra-spvss/pagina-de-inicio-del-sitio.html , sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 13 de octubre de 2023. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.    Marco legal y presupuestario

La convocatoria de ayuda, con referencia 2023CT0157, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0171 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 2.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 35804B0001 del presupuesto de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" (SPVSS). La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9.    Obligaciones, justificación de las personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

1.    Aceptar de forma expresa el premio, en el plazo de 10 días naturales a contar desde su concesión.

2.    Presentar ficha de terceros y fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte, en el supuesto de que la Universidad de Alicante no disponga del mismo en vigor, desde la fecha posterior a la resolución definitiva, en un plazo máximo de 10 días.

9.2. Justificación y pago.

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.

El pago de la totalidad del importe del premio se realizará una vez dictada la resolución de adjudicación de los premios.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones, establecidos en la resolución de concesión de la subvención y en esta convocatoria y bases reguladoras, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 1 de septiembre de 2023

La rectora,

P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales

(Resolución de 4 de enero de 2021)

Juan Llopis Taverner