MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 23 DE LA NORMATIVA SOBRE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 14 de abril de 2014, BOUA 15 de abril de 2014)

Fecha de aprobación
29/06/2017
Fecha de publicación
30/06/2017
Órgano competente
Consejo de Gobierno
Sección
Disposiciones generales

Título: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 23 DE LA NORMATIVA SOBRE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 14 de abril de 2014, BOUA 15 de abril de 2014)

Sección: Disposiciones generales

Órgano: Consejo de Gobierno

Fecha de aprobación: jueves, 29 de junio de 2017

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 23 DE LA NORMATIVA SOBRE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 14 de abril de 2014, BOUA 15 de abril de 2014)

ARTÍCULO 23

Se propone eliminar, en el último párrafo del artículo, la exposición pública de los cursos de especialización y actividades académicas para agilizar la tramitación de estos cursos cortos.

Donde dice:

ARTÍCULO 23. Procedimiento

La UA establecerá las convocatorias necesarias, a través del Vicerrectorado con competencias en enseñanzas propias, para garantizar una oferta formativa adecuada y de calidad.

En el caso de títulos propios, al menos una vez al año se realizará una convocatoria para la presentación de proyectos, si bien con carácter excepcional y si existen razones que lo justifican, se podrán tramitar proyectos presentados con posterioridad a dicha convocatoria Los proyectos se remitirán al vicerrectorado responsable, que tras su análisis y previo informe favorable del Consejo de Dirección, lo elevará a la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias previo período de exposición pública no inferior a 15 días naturales, con plazo de alegaciones. La documentación necesaria para las propuestas, estará disponible en el centro encargado de los estudios propios.

La Comisión encomendará a los órganos proponentes la presentación de las propuestas de aquellos proyectos que hayan sido informados favorablemente, según las fechas y el procedimiento aprobado por la propia Comisión , que necesariamente incluirá un período de exposición pública no inferior a 15 días naturales con plazo de alegaciones.

Las propuestas serán informadas por la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias, previo informe favorable del Consejo de Dirección. A continuación las propuestas informadas favorablemente, serán elevadas a aprobación por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social, en sus respectivas competencias. Las propuestas irán acompañadas de un plan docente, indicando el profesorado responsable de las asignaturas, tanto de la Universidad de Alicante como externo. Asimismo, de cada asignatura deberá indicarse el número de horas presenciales que impartirá cada profesor o profesora participante. Deberán indicarse igualmente las horas de dedicación de los miembros del equipo directivo del título. En todos los casos, el profesorado de la Universidad de Alicante deberá haber obtenido informe favorable de la evaluación docente en los estudios oficiales en los que participe certificada por la unidad responsable de la misma.

Con carácter previo al comienzo de las clases, se recogerá el plan docente en el formato correspondiente de la aplicación de gestión académica que se determine, de manera similar al de los títulos oficiales.

El caso de los cursos de especialización y actividades académicas orientadas a la formación, no será necesaria la presentación previa de un proyecto, debiéndose presentar propuestas de cursos o actividades directamente al Vicerrectorado en las convocatorias que a tal fin se establezcan. Estas propuestas se someterán a un periodo de exposición pública no inferior a 15 días naturales con plazo de alegaciones y a continuación serán informadas por la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias. A continuación las propuestas informadas favorablemente, serán elevadas para su aprobación por el Consejo de Gobierno.

Debe decir:

ARTÍCULO 23. Procedimiento

La UA establecerá las convocatorias necesarias, a través del Vicerrectorado con competencias en enseñanzas propias, para garantizar una oferta formativa adecuada y de calidad.

En el caso de títulos propios, al menos una vez al año se realizará una convocatoria para la presentación de proyectos, si bien con carácter excepcional y si existen razones que lo justifican, se podrán tramitar proyectos presentados con posterioridad a dicha convocatoria Los proyectos se remitirán al vicerrectorado responsable, que tras su análisis y previo informe favorable del Consejo de Dirección, lo elevará a la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias previo período de exposición pública no inferior a 15 días naturales, con plazo de alegaciones. La documentación necesaria para las propuestas, estará disponible en el centro encargado de los estudios propios.

La Comisión encomendará a los órganos proponentes la presentación de las propuestas de aquellos proyectos que hayan sido informados favorablemente, según las fechas y el procedimiento aprobado por la propia Comisión , que necesariamente incluirá un período de exposición pública no inferior a 15 días naturales con plazo de alegaciones.

Las propuestas serán informadas por la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias, previo informe favorable del Consejo de Dirección. A continuación las propuestas informadas favorablemente, serán elevadas a aprobación por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social, en sus respectivas competencias. Las propuestas irán acompañadas de un plan docente, indicando el profesorado responsable de las asignaturas, tanto de la Universidad de Alicante como externo. Asimismo, de cada asignatura deberá indicarse el número de horas presenciales que impartirá cada profesor o profesora participante. Deberán indicarse igualmente las horas de dedicación de los miembros del equipo directivo del título. En todos los casos, el profesorado de la Universidad de Alicante deberá haber obtenido informe favorable de la evaluación docente en los estudios oficiales en los que participe certificada por la unidad responsable de la misma.

Con carácter previo al comienzo de las clases, se recogerá el plan docente en el formato correspondiente de la aplicación de gestión académica que se determine, de manera similar al de los títulos oficiales.

El caso de los cursos de especialización y actividades académicas orientadas a la formación, no será necesaria la presentación previa de un proyecto, debiéndose presentar propuestas de cursos o actividades directamente al Vicerrectorado en las convocatorias que a tal fin se establezcan. Estas propuestas serán informadas por la Comisión con competencias en Enseñanzas Propias. A continuación, las propuestas informadas favorablemente, serán elevadas para su aprobación por el Consejo de Gobierno.