CONCURSOS DE FOTOGRAFÍA Y POESÍA SEMANA CULTURAL CEUA
- Fecha de aprobación
- 16/11/2023
- Fecha de publicación
- 20/11/2023
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONCURSOS DE FOTOGRAFÍA Y POESÍA SEMANA CULTURAL CEUA
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 16 de noviembre de 2023
CONCURSOS DE FOTOGRAFÍA Y POESÍA SEMANA CULTURAL CEUA
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la realización, en régimen de concurrencia competitiva, de un concurso con dos modalidades: una de fotografía y otra de poesía, dentro de las actividades que realizará el Consejo de Estudiantes de la Universidad de Alicante en su semana cultural.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán obtener la condición de beneficiario y solicitar este premio el alumnado que:
- Sea estudiante y esté matriculado en algún grado o máster de la universidad de Alicante
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un máximo de un premio para cada modalidad, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de importe de 100€ cada premio.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo para presentar la participación será desde el día siguiente a la publicación en el BOUA hasta el 28 de noviembre a las 18:00h
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación consistente en las obras, se presentará, a través de un formulario en la página web Ceua.ua.es, al Consejo de estudiantes de la Universidad de Alicante, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Modalidad de fotografía (https://forms.gle/w8rYSXXQ7SrxCdhm8 )
Modalidad de poesía (https://forms.gle/qWxBxrsCtqVWex3g7)
4.3 Requisitos de las obras:
- Modalidad de fotografía:
o Tamaño máximo del fichero 1 Gb
o Ficheros originales sin alteración, ya sea por programa informático o Inteligencia Artificial
- Modalidad de Poesía: Obras originales
5. Criterios de adjudicación
La asignación del premio se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Concurso de fotografía
Criterios de adjudicación Ponderación
· Técnica 5 puntos
· Originalidad 5 puntos
La puntuación máxima será de 10 puntos.
- Concurso de poesía
Criterios de adjudicación Ponderación
· Métrica 5 puntos
· Originalidad 5 puntos
La puntuación máxima será de 10 puntos.
El premio se concederá a la obra que obtenga mayor puntuación en cada categoría.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, Consejo de Estudiantes de la Universidad de Alicante, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia será la Secretaría Administrativa del Consejo de Estudiantes, teléfono 965903675 y correo electrónico cons.estudiants@ua.es.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, será el jurado.
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Presidenta del Consejo de Estudiantes
Secretaría:
- Representante del Servicio de Cultura de la Universidad de Alicante
Vocales:
- Coordinadora de Cultura, Ocio y Agenda 2030 del Consejo de Estudiantes.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web ceua.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 29 de noviembre. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de premios, con referencia 2023CT0220, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2023LS0218 de la edición 2023 del Plan Estratégico de Subvenciones 2021-23 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 200 euros, 100 euros para cada modalidad, será sufragada con cargo al capítulo IV (Centro de Gasto 6060-orgánica 60604B0001) del Consejo de Estudiantes. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligación y justificación del beneficiario
9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
- Rellenar el formulario con antelación al día del concurso.
- Acudir a la entrega de premios que se realizará en el transcurso de la semana cultural.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
9.2 Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. El pago se realizará tras la concesión de los premios mediante transferencia
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 16 de noviembre 2023
La rectora
P.D. de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad (Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Isabel Ferrer Cascales