PREMIO IUIEG 2024 AL MEJOR TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN ESTUDIOS DE GÉNERO, FEMINISTAS Y DE LAS MUJERES
- Fecha de aprobación
- 19/01/2024
- Fecha de publicación
- 22/01/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: PREMIO IUIEG 2024 AL MEJOR TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN ESTUDIOS DE GÉNERO, FEMINISTAS Y DE LAS MUJERES
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: viernes, 19 de enero de 2024
PREMIO IUIEG 2024 AL MEJOR TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN ESTUDIOS DE GÉNERO, FEMINISTAS Y DE LAS MUJERES
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión.
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio 2024 al mejor Trabajo de Fin de Máster en Estudios de Género, Feministas y de las Mujeres, con la finalidad de reconocer y difundir la investigación de especial calidad en este campo dirigida por el personal investigador del IUIEG y realizada en la Universidad de Alicante.
El trabajo que resulte ganador será publicado digitalmente en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
2. Requisitos de las personas beneficiarias.
a) Las/los estudiantes con trabajos de investigación derivados de los másteres oficiales de la Universidad de Alicante y defendidos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, no publicados y que no hayan sido premiados en otros certámenes.
b) Los trabajos, elaborados desde cualquier disciplina científica, deberán estar realizados desde una perspectiva feminista y de género, y haber sido dirigidos por el personal investigador del IUIEG.
c) Los trabajos deberán haber alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9/10.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un máximo de un premio cuya dotación (máxima de 500€) se destinará a sufragar la publicación digital en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.
4.1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de los trabajos comienza el 1 de febrero de 2024 y finaliza el 15 de febrero de 2024 a las 23:59 h.
4.2. Procedimiento de presentación
Las solicitudes se entregarán a través del siguiente formulario:
en el que se acompañará la siguiente documentación:
1. El trabajo de investigación en formato pdf sin ninguna identificación de la autoría.
2. Declaración de la persona solicitante, en la que conste, según el Anexo I de la convocatoria:
-su consentimiento para remitir a la Comisión Permanente del IUIEG copia en formato PDF del trabajo.
- su consentimiento para acceder a su expediente académico en el que figure la calificación obtenida en el trabajo.
- que el trabajo de investigación no ha sido publicado ni premiado en otros certámenes
3. Carta de la directora o del director del trabajo haciendo constar que se ha realizado bajo su tutela.
5. Criterios de adjudicación.
La asignación del premio se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Calificación obtenida en la defensa del TFM: hasta 0,5 puntos
- Novedad e interés del tema: hasta 2 puntos
- Capacidad de argumentación y corrección expresiva: hasta 0,5 puntos
- Estructura del trabajo: hasta 1 punto
- Planteamiento del marco teórico y estado de la cuestión: hasta 2 puntos
- Metodología y enfoque desde una perspectiva de género: hasta 2 puntos
- Impacto de los resultados y conclusiones: hasta 2 puntos
El trabajo que resulte ganador será publicado digitalmente en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
6. Órgano gestor y Comisión de valoración.
6.1. Órgano gestor.
El órgano gestor de la convocatoria, Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
Unidad administrativa de referencia, Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género. Contacto: iuieg@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración.
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión del premio.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia: directora del IUIEG
Secretaria: secretaria del IUIEG
Vocales: tres representantes del personal docente e investigador doctor del IUIEG en la Permanente del Instituto. Representante del alumnado del IUIEG en la Permanente del Instituto. Representante del personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la Permanente del Instituto. Representante del personal investigador en formación.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://ieg.ua.es/es/investigacion/ayudas-a-la-investigacion/ayudas-para-actividades-de-investigacion.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 15 de marzo de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
El premio podrá ser declarado desierto si ninguna de las obras presentadas obtiene la puntuación mínima de 7 puntos sobre el total de los criterios de adjudicación.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2024SBV015, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 500 euros será sufragada con cargo al capítulo II orgánica 41.90.2G.00.01 del presupuesto del Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género y estará destinada a la publicación digital del trabajo fin de máster premiado. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación de la persona beneficiaria
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
-Presentar el trabajo de investigación en formato pdf sin ninguna identificación de la autoría.
-Presentar la declaración de la persona solicitante en la que conste: su consentimiento para remitir a la comisión permanente del IUIEG copia en formato pdf del trabajo y su consentimiento para acceder a su expediente académico en el que figure la calificación obtenida en el trabajo. Anexo 1.
-Presentar su declaración de que el trabajo de investigación no ha sido publicado ni premiado en otros certámenes. Anexo 1.
-Presentar carta de la directora o director del trabajo haciendo constar que se ha realizado bajo su tutela.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 19 de enero de 2024
La rectora
P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Ferrer Cascales
PREMIO IUIEG 2024 AL MEJOR TRABAJO DE FIN DE MÁSTER EN ESTUDIOS DE GÉNERO, FEMINISTAS Y DE LAS MUJERES
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión.
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio 2024 al mejor Trabajo de Fin de Máster en Estudios de Género, Feministas y de las Mujeres, con la finalidad de reconocer y difundir la investigación de especial calidad en este campo dirigida por el personal investigador del IUIEG y realizada en la Universidad de Alicante.
El trabajo que resulte ganador será publicado digitalmente en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
2. Requisitos de las personas beneficiarias.
a) Las/los estudiantes con trabajos de investigación derivados de los másteres oficiales de la Universidad de Alicante y defendidos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, no publicados y que no hayan sido premiados en otros certámenes.
b) Los trabajos, elaborados desde cualquier disciplina científica, deberán estar realizados desde una perspectiva feminista y de género, y haber sido dirigidos por el personal investigador del IUIEG.
c) Los trabajos deberán haber alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9/10.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un máximo de un premio cuya dotación (máxima de 500€) se destinará a sufragar la publicación digital en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.
4.1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de los trabajos comienza el 1 de febrero de 2024 y finaliza el 15 de febrero de 2024 a las 23:59 h.
4.2. Procedimiento de presentación
Las solicitudes se entregarán a través del siguiente formulario:
en el que se acompañará la siguiente documentación:
1. El trabajo de investigación en formato pdf sin ninguna identificación de la autoría.
2. Declaración de la persona solicitante, en la que conste, según el Anexo I de la convocatoria:
-su consentimiento para remitir a la Comisión Permanente del IUIEG copia en formato PDF del trabajo.
- su consentimiento para acceder a su expediente académico en el que figure la calificación obtenida en el trabajo.
- que el trabajo de investigación no ha sido publicado ni premiado en otros certámenes
3. Carta de la directora o del director del trabajo haciendo constar que se ha realizado bajo su tutela.
5. Criterios de adjudicación.
La asignación del premio se realizará siguiendo los siguientes criterios:
- Calificación obtenida en la defensa del TFM: hasta 0,5 puntos
- Novedad e interés del tema: hasta 2 puntos
- Capacidad de argumentación y corrección expresiva: hasta 0,5 puntos
- Estructura del trabajo: hasta 1 punto
- Planteamiento del marco teórico y estado de la cuestión: hasta 2 puntos
- Metodología y enfoque desde una perspectiva de género: hasta 2 puntos
- Impacto de los resultados y conclusiones: hasta 2 puntos
El trabajo que resulte ganador será publicado digitalmente en la colección "Lilith joven" del IUIEG y estará disponible en su página web.
6. Órgano gestor y Comisión de valoración.
6.1. Órgano gestor.
El órgano gestor de la convocatoria, Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
Unidad administrativa de referencia, Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género. Contacto: iuieg@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración.
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión del premio.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia: directora del IUIEG
Secretaria: secretaria del IUIEG
Vocales: tres representantes del personal docente e investigador doctor del IUIEG en la Permanente del Instituto. Representante del alumnado del IUIEG en la Permanente del Instituto. Representante del personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la Permanente del Instituto. Representante del personal investigador en formación.
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://ieg.ua.es/es/investigacion/ayudas-a-la-investigacion/ayudas-para-actividades-de-investigacion.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 15 de marzo de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.
El premio podrá ser declarado desierto si ninguna de las obras presentadas reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2024SBV015, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 500 euros será sufragada con cargo al capítulo II orgánica 41.90.2G.00.01 del presupuesto del Instituto Universitario de Investigación de Estudios de Género y estará destinada a la publicación digital del trabajo fin de máster premiado. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.
9. Obligación y justificación de la persona beneficiaria
Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:
-Presentar el trabajo de investigación en formato pdf sin ninguna identificación de la autoría.
-Presentar la declaración de la persona solicitante en la que conste: su consentimiento para remitir a la comisión permanente del IUIEG copia en formato pdf del trabajo y su consentimiento para acceder a su expediente académico en el que figure la calificación obtenida en el trabajo. Anexo 1.
-Presentar su declaración de que el trabajo de investigación no ha sido publicado ni premiado en otros certámenes. Anexo 1.
-Presentar carta de la directora o director del trabajo haciendo constar que se ha realizado bajo su tutela.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 19 de enero de 2024
La rectora
P.D. de firma, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Rosario Ferrer Cascales