CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS
- Fecha de aprobación
- 31/01/2024
- Fecha de publicación
- 05/02/2024
- Órgano competente
- Facultad de Filosofía y Letras
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Facultad de Filosofía y Letras
Fecha de aprobación: miércoles, 31 de enero de 2024
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES CULTURALES, ACADÉMICAS Y CIENTÍFICAS
1. OBJETO
La Facultad de Filosofía y Letras convoca estas ayudas para financiar parcialmente simposios, congresos, seminarios y jornadas de ámbito nacional o internacional que complementan la formación cultural, académica y científica de los estudios de nuestra Facultad que se celebran durante el 2024.
Quedan excluidas de esta convocatoria las jornadas culturales de los grados y las actividades asociadas a las asignaturas de los másteres, que ya cuentan con financiación de la Facultad, así como aquellas actividades las sesiones de las cuales no sean públicas o presentan algún tipo de restricción para su asistencia.
2. REQUISITOS
- La persona solicitante tendrá que pertenecer al colectivo del PDI adscrito a la Facultad de Filosofía y Letras y a un departamento igualmente adscrito a la Facultad de Filosofía y Letras.
- La persona solicitante tendrá que figurar como organizadora de la actividad. Por lo tanto, quedan excluidas aquellas actividades en las cuales la persona solicitante participa exclusivamente como asistente, comunicanda o ponente.
- Los contenidos de la actividad presentada han tener una relación directa con los ámbitos de conocimiento de las titulaciones de la Facultad de Filosofía y Letras.
- La actividad, en caso de ser presencial, tendrá que celebrarse en las instalaciones de la Universidad de Alicante o, si no hay, en otras instalaciones próximas en la Universidad.
- La actividad tendrá que estar avalada por la dirección del Departamento al cual pertenezca la persona solicitante. Así mismo, el departamento que avala la actividad tiene que asumir expresamente parte de su financiación, tal como figura en el punto 4 de esta convocatoria.
3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud se dirigirá al Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras mediante este enlace https://cvnet.cpd.ua.es/uacuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=132395&idioma=es
Plazos de presentación de solicitudes:
- Desde el día siguiente en la publicación de esta convocatoria en el BOUA hasta el 15 de marzo, para actividades que se realizan entre el 8 de enero y el 31 de julio de 2024.
- Del 2 de septiembre al 18 de octubre, para actividades que se realizan entre el 2 de septiembre y el 23 de diciembre de 2024.
No se aceptarán solicitudes que no se ajusten a las condiciones que establecen estos plazos.
Solo en el supuesto de que no se haya cubierto en las adjudicaciones la dotación económica establecida en el punto 6 de la presente convocatoria, podrá abrirse un plazo extraordinario de solicitud.
4. DOCUMENTACIÓN
Documentación necesaria que se tiene que acompañar a la solicitud:
- Certificación emitida por la dirección del departamento al cual pertenezca la persona solicitante avalando la propuesta, y asumiendo parte de la financiación de la actividad, como también copia de cualquier documento en el cual se especifique otro tipo de fuente de financiación concedida.
- Programa detallado de la actividad en el que se puedan cuantificar las horas de duración de las sesiones abiertas a todo el público sin restricciones de asistencia de cualquier tipo.
- Previsión de presupuesto de la actividad
5. ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS
5.1 Criterios de adjudicación
Se podrá adjudicar la ayuda a las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de esta convocatoria y hayan presentado en plazo la solicitud y documentación requerida y el departamento al que pertenece no haya superado la cuantía máxima anual de 1.800 € establecida en el punto 6 de esta convocatoria.
Los criterios para la adjudicación de la cuantía de la ayuda serán los siguientes:
- Actividades en las que la duración sea, como mínimo, de 30 horas: 50% de la cuantía presupuestada y como máximo 800 €.
- Actividades en las que la duración sea entre 13 y 29 horas: 50% de la cuantía presupuestada y como máximo 600 €.
- Actividades en las que la duración sea entre 4 y 12 horas: 50% de la cuantía presupuestada y como máximo 400 €.
El cómputo de horas a tal efecto se hará exclusivamente teniendo en cuenta las sesiones abiertas a todo el público sin restricciones de asistencia de cualquier tipo, ya sea de manera presencial o virtual.
5.2. Periodo de resolución
La Comisión de evaluación se reunirá según la siguiente programación:
Primer periodo de resolución: Del 18 al 27 de marzo de 2024, para resolver las propuestas presentadas hasta el 12 de marzo de 2024 y que se correspondan a actividades realizadas entre el 8 de enero y el 31 de julio de 2024.
Si se cubriera la dotación máxima prevista para esta convocatoria en la primera reunión de la comisión evaluadora no habría un segundo periodo de resolución.
Segundo periodo de resolución: De 21 al 31 de octubre de 2024 para resolver las propuestas presentadas hasta el 18 de octubre de 2024 y que se correspondan con actividades realizadas entre el 2 de septiembre y el 23 de diciembre de 2024.
5.3 Órgano gestor y Comisión evaluadora
El órgano gestor de la convocatoria es el Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras y se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento y acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de las cuales tiene que dictarse resolución. El contacto será a través del correo electrónico dega.lletres@ua.es
La propuesta de adjudicación se decidirá en una comisión formada por el decano o la persona en quien delegue, la vicedecana de Cultura, Comunicación y Promoción del valenciano y la responsable de la Administración del Centro.
5.4 Notificación de la adjudicación
Atendido el principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y al que se dispone en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las publicaciones detalladas en esta convocatoria se harán en la página web https://lletres.ua.es/es/cultura/ayudas-para-actividades-culturales-academicas-y-cientificas.html que producirá los mismos efectos que la notificación a las personas interesadas. Por lo tanto, la adjudicación provisional se publicará en esta página web. Se comunicará a los solicitantes la publicación de la adjudicación y se establecerá un plazo de reclamación de cinco días hábiles. La adjudicación provisional pasará a ser definitiva en caso de no haber reclamaciones. Si hubiera, la resolución definitiva se publicará, una vez transcurrido el plazo de reclamación, en la página web de la Facultad de Filosofía y Letras.
6. DOTACIÓN, MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO
La presente convocatoria con código 2024CON009, cuya dotación máxima es de 18.000€, se encuentra consignada en la aplicación 20.10.2G.00.01 del Capítulo 2 de créditos del presupuesto de la Facultad de Filosofía y Letras. La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA.
La concesión de las ayudas estará limitada a la disponibilidad presupuestaria anual y a una cantidad de 1.800 € por departamento de la Facultad y año natural.
El pago de estas ayudas se hará mediante traspaso interno de crédito al capítulo 2 del departamento correspondiente.
La dotación asignada a cada ayuda se ajustará, en sus principios generales, al que se dispone en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y termas establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y al que establece esta convocatoria.
7. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
Las personas beneficiarias tendrán que incluir el logo de la Facultad de Filosofía y Letras en la publicidad derivada de estas actividades, disponible en la web https://lletres.ua.es/es/imagenes/gestadm/logo-ffl.gif
Además, tendrán que enviar, con una antelación mínima de una semana de la celebración de la actividad, las pruebas de la publicidad (cartel anunciador, díptico, etc.) con el formulario https://cvnet.cpd.ua.es/uacuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=5683&idioma=es con el objetivo que se publique en la agenda cultural de la Facultad de Filosofía y Letras.
El incumplimiento de estas condiciones implicará la pérdida de la ayuda.
8. PROTECCIÓN DE DATOS
En conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con el fin de gestionar y tramitar las solicitudes anuales de participación en la convocatoria de ayudas para actividades académicas y culturales de la Facultad de Filosofía y Letras.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos en la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en esta.
En el marco de los tratamientos mencionados, vuestros datos no podrán ser cedidos, excepto por obligación legal.
Os informamos que podéis ejercer vuestros derechos en relación con el tratamiento de vuestros datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otras, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es/va/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, vuestros derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, podéis consultarla en el enlace siguiente: https://seuelectronica.ua.es/va/privadesa.html
9. RECURSOS
Contra la convocatoria, sus bases y cuántos actos administrativos se derivan de la misma que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que estos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
Alicante, 31 de enero de 2024
José María Ferri Coll
Decano de la Facultad de Filosofía y Letras