AYUDAS PARA PRÁCTICAS EN LA CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, INFRAESTRUCTURAS Y TERRITORIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2024

Fecha de aprobación
20/02/2024
Fecha de publicación
22/02/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: AYUDAS PARA PRÁCTICAS EN LA CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, INFRAESTRUCTURAS Y TERRITORIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2024

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 20 de febrero de 2024

AYUDAS PARA PRÁCTICAS EN LA CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, INFRAESTRUCTURAS Y TERRITORIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DURANTE 2024

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de prácticas externas becadas en la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, durante el año 2024 en el marco del convenio de colaboración firmado con fecha 17 de enero de 2024.

2.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS

Estar seleccionado o seleccionada para realizar alguna de las prácticas ofertadas a través de la UA durante el año 2024.

Podrán optar a las prácticas quienes cumplan estos requisitos:

- Estar matriculado o matriculada en la UA durante el curso 2023-24 (y 2024-25 si las prácticas se prolongaran más allá del 30-09-2024) y en el plan de estudios requerido en la plaza o plazas para las que se quiera optar y haber superado al menos 120 créditos del plan de estudios si se trata de un grado. Si después de haber presentado la solicitud para esta convocatoria se superan todos los créditos del plan de estudios, no se podrá iniciar la tramitación y expedición del título universitario ya que impediría la realización de las prácticas. Las plazas ofertadas y sus características se publicarán en la web https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/conselleria-de-medio-ambiente/practicas-conselleria-de-medio-ambiente-agua-infraestructuras-y-territorio-2024.html

- Cumplir con la normativa de Prácticas Externas de la UA.

- Cumplir los requisitos específicos (idiomas, informática, etc.) que se establezcan en la oferta u ofertas a las que se quiere optar.

3.- NÚMERO Y DOTACIÓN DE LAS AYUDAS.

La dotación inicial para este programa será de 39.000 euros para las prácticas que se lleven a cabo durante 2024, y se destinará a financiar los pagos efectuados al alumnado seleccionado (600 euros por mes completo) y los ocasionados por las cotizaciones a la Seguridad Social.

La previsión inicial es de 10 ayudas para prácticas de una duración máxima de 6 meses (25 horas semanales).

Las ayudas están financiadas por la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio

4.- PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

4.1. Plazo de presentación:

La unidad de Prácticas de la UA publicará en su página https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/conselleria-de-medio-ambiente/practicas-conselleria-de-medio-ambiente-agua-infraestructuras-y-territorio-2024.html el listado de plazas y las fechas de solicitud una vez recibida la oferta para el año 2024 de Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio para la Dirección Territorial de Alicante.

Períodos de solicitud previstos:

- Segundo semestre y verano 2023-24: del 15 al 26 de febrero de 2023 (prácticas entre abril y septiembre de 2024)

- Primer cuatrimestre de 2024-25 (en caso de quedar alguna vacante por cubrir): del 10 al 20 de septiembre de 2024 (prácticas de octubre a diciembre de 2024)

4.2. Procedimiento de inscripción:

Las solicitudes se acompañarán del currículum vitae y la documentación que acredite los méritos, y se presentarán a través de la e-Administración en UA Cloud (e-Administración>Trámites>Académicos>Solicitud de Prácticas Becadas en Conselleria de Medio Ambiente), en los plazos que se publicarán en la página web https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/conselleria-de-medio-ambiente/practicas-conselleria-de-medio-ambiente-agua-infraestructuras-y-territorio-2024.html para cada período de prácticas.

5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

La UA realizará una preselección de entre los candidatos y candidatas que cumplan los requisitos para ser admitidos y se aplicará el siguiente baremo:

- Nota media de expediente al cierre del período de solicitud (en el caso de máster universitario, se contará la nota del grado): máximo 2 puntos.

- Adecuación a la plaza o plazas a las que se quiere optar (plan de estudios, conocimientos de idiomas, otros requisitos, etc.): máximo 1 punto.

6.- ÓRGANO GESTOR Y COMISIÓN DE VALORACIÓN

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria será la Subdirección de Prácticas, Empleo y Emprendimiento del Servicio de Alumnado y se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia será la unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado, contacto s.practiques@ua.es 

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes y de proponer la concesión y denegación de las ayudas tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-     La vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad (o persona en quien delegue)

Secretaría:

-      La subdirectora de Prácticas, Empleo y Emprendimiento del Servicio de Alumnado,

Vocal:

-     La gestora jefa de la Unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado

7.- RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://centroempleo.ua.es/es/practicas-y-empleo/practicas-en-la-ua/convocatorias/conselleria-de-medio-ambiente/practicas-conselleria-de-medio-ambiente-agua-infraestructuras-y-territorio-2024.html según el calendario previsto de gestión, sustituyendo a la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La unidad de Prácticas publicará en esa web el calendario de gestión previsto para la publicación del listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con un plazo de alegaciones de 2 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación; el listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas; la resolución provisional con la puntuación y la asignación de las prácticas y las ayudas, con un plazo de alegaciones de 2 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación; la resolución definitiva con la asignación de las prácticas y las ayudas.

Las renuncias una vez asignadas las ayudas se cubrirán con las personas admitidas que hayan participado en el proceso de selección y que hayan quedado en lista de espera.

Las comunicaciones que desde la unidad de Prácticas del Servicio de Alumnado deban realizarse con los estudiantes, se llevarán a cabo a través del correo electrónico que se indique en la solicitud.

8.- MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO

Esta convocatoria con código 2024SBV055 que sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS000 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

Todo aquello que las bases de esta convocatoria no regulen se regirá por la Normativa de Prácticas Externas de la Universidad de Alicante.

La dotación de las ayudas de un máximo de 39.000 euros (incluidos los gastos derivados de las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de la entidad pagadora) será sufragada con cargo al capítulo IV (orgánica 10.50.4B.00.07) del presupuesto de la Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9.- OBLIGACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS

9.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias de la presente convocatoria, la aceptación y la justificación de la ayuda, además de las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

-          Facilitar a la Unidad de Prácticas de la UA la documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en seguridad social, en un plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva.  Documentación que se le requerirá a través de un aviso en el correo electrónico de la UA.

-          Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

-          Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

-          Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

-          A la finalización de la estancia de prácticas entregar la memoria de actividades de su estancia de prácticas y la documentación justificativa que se le requiera.

Todos los requisitos relativos a las prácticas becadas deberán cumplirse durante todo el periodo íntegro del desarrollo de las mismas.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en la resolución de concesión de la ayuda y en la presente convocatoria, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la beca y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

Quien desee renunciar a las prácticas y a la correspondiente beca, habrá de comunicarlo por escrito, exponiendo las causas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, en los 5 días siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago.

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.

10.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es .

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.- RECURSOS

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Alicante, a 20 de febrero de 2024

La rectora 

P.D. de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Isabel Ferrer Cascales