RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA CONVOCATORIA PARA FINANCIAR ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO (CUD) EN CUBA, DURANTE EL AÑO 2024, EN EL MARCO DE ACTUACIÓN DEL "PROYECTO HABANA", PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, DE 7 DE FEBRERO DE 2024. 2024CON006.

Fecha de aprobación
01/03/2024
Fecha de publicación
05/03/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA CONVOCATORIA PARA FINANCIAR ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO (CUD) EN CUBA, DURANTE EL AÑO 2024, EN EL MARCO DE ACTUACIÓN DEL "PROYECTO HABANA", PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, DE 7 DE FEBRERO DE 2024. 2024CON006.

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 1 de marzo de 2024

2024CON006 RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA CONVOCATORIA PARA FINANCIAR ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN UNIVERSITARIA PARA EL DESARROLLO (CUD) EN CUBA, DURANTE EL AÑO 2024, EN EL MARCO DE ACTUACIÓN DEL "PROYECTO HABANA", PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, DE 7 DE FEBRERO DE 2024.

En cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y detectados de oficio errores en varios artículos de la convocatoria de referencia, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación para el Desarrollo de la Universidad de Alicante los modifica parcialmente para hacerlos compatibles con la legislación vigente. Dicha adaptación se ha realizado siguiendo el principio de proporcionalidad, realizando solo ajustes puntuales en aquellos aspectos de la regulación que se han detectado necesarios.

Por todo lo cual, se RESUELVE:

1. Modificar los siguientes artículos:

- Se modifica el artículo 4.3.3, el 4.4, se suprime el 4.5 y se añade el 4.6

Artículo 4. Proyectos de cotutela de tesis doctoral.

Artículo 4.3.3 Dotación de las ayudas.

a. Financiación por importe máximo de seiscientos cincuenta y seis euros (656 €) para financiar las tasas administrativas desde que la doctoranda o doctorando se matricula por primera vez, los gastos por estudio de equivalencia de títulos extranjeros para acceso a doctorados, los gastos de tramitación del visado y los gastos de expedición y envío del título, en su caso.

b. Asignación mensual de ochocientos cincuenta euros (850 €) durante los 9 meses que dure la estancia, por importe máximo de siete mil seiscientos cincuenta euros (7.650 €).

c. Seguro médico de salud, accidente y repatriación en caso de muerte o enfermedad muy grave, por un importe máximo de doscientos cuarenta euros (240 €). El seguro no cubre aquellos supuestos de dolencias o enfermedades previas a la realización de la estancia en la UA.

d. Gastos de dos desplazamientos desde Cuba a Alicante y desplazamientos de retorno, por un importe máximo de mil seiscientos euros (1.600 €) cada uno.

Artículo 4.4 La adjudicación efectiva de la ayuda para la estancia estará supeditada a la previa matriculación en el programa de doctorado de la UA en el curso 2024-25.

Artículo 4.5 Queda suprimido.

Artículo 4.6 El tiempo máximo para ejecutar esta subvención será el mes de septiembre de 2029 (curso 2028-29) y deberá ser justificada antes del 31 de diciembre del citado ejercicio.

- Se modifica el artículo 6.2.c.

Artículo Sexto. Actividades de voluntariado solidario.

6.2.c. La financiación se regulará de acuerdo con los siguientes módulos:

- Dotación máxima de 1.600 € por persona, para sufragar los gastos de desplazamiento, visado y seguro médico.

- Se modifica el 12.2 y 12.3.

Artículo Decimosegundo. Marco presupuestario y legal.

12.2 La dotación asignada a esta convocatoria es de ciento quince mil novecientos noventa y ocho euros (115.968 €) durante el ejercicio 2024 y su ejecución está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA.

12.3 La distribución de créditos será de un máximo de 66.448 € de la orgánica 5160 4B 00 08 y un máximo de 49.520 € de la orgánica 5160 2E 00 22.

- El resto de la convocatoria queda redactada en idénticos términos que los establecido en las bases de la convocatoria para financiar actividades de Cooperación Universitaria para el Desarrollo (CUD) en Cuba, durante el año 2024, en el marco de actuación del" Proyecto Habana". publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante, de 7 de febrero de 2024.

2. Recursos.

Contra esta resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la Rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

La Rectora

P.D. de firma, la Vicerrectora de Relaciones Internacionales

y Cooperación para el Desarrollo

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosa María Martínez Espinosa