CONVOCATORIA ANUAL DE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE A IMPARTIR EN EL CURSO ACADÉMICO 2024-25
- Fecha de aprobación
- 21/03/2024
- Fecha de publicación
- 22/03/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONVOCATORIA ANUAL DE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE A IMPARTIR EN EL CURSO ACADÉMICO 2024-25
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 21 de marzo de 2024
CONVOCATORIA ANUAL DE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE A IMPARTIR EN EL CURSO ACADÉMICO 2024-25
La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Normativa de la Universidad de Alicante sobre Enseñanzas Propias aprobada por el Consejo de Gobierno el 26 de enero de 2023 y publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA) de 27 de enero de 2023
BASES:
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la convocatoria es la presentación de nuevas propuestas de enseñanzas propias de la Universidad de Alicante a efectos de su aprobación por los órganos competentes y posterior implantación, así como las propuestas de renovación de enseñanzas propias ya implantadas en los términos previstos en el TÍTULO V de la normativa que regula estas enseñanzas. Todas las enseñanzas propias presentadas en el marco de la presente convocatoria deberán ajustarse a lo regulado en el RD 822/2021 de 28 de septiembre por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).
SEGUNDA. Proponentes.
Podrán actuar como proponentes las facultades o escuelas, departamentos e institutos universitarios de investigación, los centros propios creados a tal efecto y los vicerrectorados, conforme a lo establecido en la normativa que regula estas enseñanzas.
TERCERA. Presentación de propuestas de nuevas enseñanzas propias.
A) Estudios de formación permanente (Máster de Formación Permanente, Especialista, Experto/a)
Las propuestas de nuevos estudios de formación permanente (Máster de Formación Permanente, Especialista y Experto/a) se presentarán a través de la app "Propuestas de Enseñanzas Propias" disponible en UACloud. El manual de ayuda de dicha aplicación se puede encontrar en la web del CFP en el siguiente enlace: https://cfp.ua.es/es/manual-de-ayuda/manual-de-ayuda.html
El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOUA y finalizará el 31 de mayo para los estudios a impartir en el primer cuatrimestre y el 30 de septiembre para los estudios a impartir el segundo cuatrimestre.
De acuerdo a los principios recogidos en la normativa que regula la organización de las enseñanzas universitarias en relación con la promoción de la igualdad de género, y en línea con los objetivos del IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la UA (2022-2025), se recomienda la inclusión de la perspectiva de género en los contenidos del plan de estudio y en las guías docentes de las asignaturas de las nuevas propuestas de estudios de formación permanente.
En relación a lo establecido en el artículo 32.6 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), se recomienda incluir en las nuevas propuestas de estudios de formación permanente modalidades de exención total o parcial del pago de las tasas académicas para las personas indicadas en la normativa.
Al finalizar el estudio, desde el Centro de Formación Permanente se enviará al alumnado y profesorado una encuesta de satisfacción. Las respuestas recibidas se enviarán a la Unidad Técnica de Calidad para su tratamiento y los resultados se remitirán a la dirección académica del estudio.
B) Cursos de formación continua y actividades de formación complementaria (Actividades Académicas y Actividades Universitarias)
El plazo de presentación de nuevos cursos de formación continua y actividades de formación complementaria estará abierto durante todo el curso académico. Para que puedan ser informados por la CEFUA y aprobados por Consejo de Gobierno del mes siguiente, deberán presentarse hasta el último día hábil del mes.
Las propuestas de nuevos cursos de formación continua y actividades académicas se presentarán a través de la app "Propuestas de Enseñanzas Propias" disponible en UACloud. El manual de ayuda de la aplicación se puede consultar en la web del CFP en el siguiente enlace: https://cfp.ua.es/es/manual-de-ayuda/manual-de-ayuda-cursos-de-formacion-continua-y-actividades-academicas.html
Las actividades universitarias no se presentarán a través de la app "Propuestas de Enseñanzas Propias". El impreso de reconocimiento se presentará a través de la aplicación eAdministración del Campus Virtual de la Universidad de Alicante (UACloud).
En la aplicación eAdministración se deberá seleccionar: - Trámites - Docencia e Investigación - Solicitudes y Documentación para Centro de Formación Permanente- Tipo de Gestión - Actividades Universitarias.
De acuerdo con los principios recogidos en la normativa que regula la organización de las enseñanzas universitarias en relación con la promoción de la igualdad de género, y en línea con los objetivos del IV Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la UA (2022-2025), se recomienda la inclusión de la perspectiva de género en el contenido de los cursos de formación continua.
La memoria justificativa del curso deberá presentarse en el plazo de dos meses a partir de su fecha de finalización mediante el formulario disponible en nuestra web en el siguiente enlace:
Al finalizar un curso de formación continua, desde el Centro de Formación Permanente se enviará al alumnado y profesorado una encuesta de satisfacción cuyos resultados se enviarán a la dirección académica del curso.
CUARTA. Renovación de las enseñanzas propias.
A) Estudios de formación permanente (Máster de Formación Permanente, Especialista, Experto/a)
La renovación de los estudios de formación permanente ya implantados se realizará de oficio por el Centro de Formación Permanente excepto si la dirección académica comunica expresamente la no oferta del estudio. La formalización de la renovación de oficio queda supeditada a:
· El envío del presupuesto actualizado para el curso académico 2024-25 y la memoria económico-académica del 2023-24, cuyo plazo de remisión comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOUA y finalizará el día 31 de octubre de 2024. La presentación de la memoria y el presupuesto se hará en un único trámite a través del siguiente formulario: https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=186938&idioma=es. La presentación de la memoria justificativa será requisito indispensable para proceder a la liquidación de las tasas académicas del curso siguiente.
· Tener cumplimentadas las guías docentes de las asignaturas previamente al inicio de las clases de acuerdo a lo establecido en la Normativa de la Universidad de Alicante para la elaboración y aprobación de las guías docentes (BOUA de 27 de marzo de 2017, modificada en BOUA de 2 de noviembre de 2018 y BOUA de 30 de junio de 2021)
B) Cursos de formación continua y actividades de formación complementaria (Actividades Académicas y Actividades Universitarias)
La renovación de los cursos de formación continua de un curso académico a otro se realizará mediante el impreso al efecto que se puede encontrar en el siguiente enlace:
El impreso se presentará a través de la aplicación eAdministración del Campus Virtual de la Universidad de Alicante (UACloud).
En la aplicación eAdministración se deberá seleccionar: - Trámites - Docencia e Investigación - Solicitudes y Documentación para Centro de Formación Permanente- Tipo de Gestión - Renovación de Cursos de Formación Continua.
Una vez revisada y aprobada la renovación, desde el Centro de Formación Permanente se procederá a la actualización de la información del curso en la aplicación "Propuestas de Enseñanzas Propias" para que la dirección académica pueda consultar en todo momento la información actualizada.
Se podrá renovar un Curso de Formación Continua siempre que se haya impartido dentro de los tres cursos académicos anteriores. En caso contrario, se deberá presentar una nueva propuesta.
Las actividades de formación complementaria siempre deberán ser objeto de una nueva solicitud.
QUINTA. Cursos de formación continua vinculados a estudios de formación permanente.
En este apartado podemos distinguir dos tipos de cursos vinculados:
A) Cursos superiores de formación continua vinculados a títulos de Experto/a: El RD 822/2021 establece el requisito de contar con titulación universitaria para acceder a los estudios de formación permanente. A los efectos de aprovechar los recursos humanos y dado que una parte del estudiantado de los estudios de formación permanente de Experto/a no contaban con este requisito, la normativa de enseñanzas propias de la universidad de Alicante (BOUA 27/01/2023) establece la posibilidad de desarrollar cursos vinculados a los títulos de Experto/a, simultáneamente, con la única diferencia del certificado final que obtendrá el estudiantado: aquellos matriculados en el título de Experto/a obtendrán su "Diploma de Experto/a en...", y el alumnado matriculado en el curso vinculado, obtendrá su "Certificado de Curso Superior de Formación Continua en ..."
A los efectos de tasas administrativas los cursos vinculados tendrán que satisfacer, además de las tasas de matrícula, el importe de apertura de expediente, emisión de la TIU y seguro.
B) Cursos de formación continua vinculados a asignaturas de estudios de formación permanente: cualquier asignatura o grupos de asignaturas de los estudios de formación permanente podrán ofrecerse y certificarse como cursos de formación continua independientes, vinculados y simultáneos a la impartición de las asignaturas a las que están vinculados.
En ambos casos se debe introducir un plan docente con 0 créditos ya que estos ya constan al profesorado en el POD del estudio de formación permanente al que están vinculados.
En los cursos superiores de formación continua vinculados a un título de Experto/a se permitirá la matrícula parcial de aquellos módulos no superados por el alumnado
La certificación de la docencia impartida y/o por dirección y coordinación será la realizada para los estudios de formación permanente a los que están vinculados al coincidir la docencia en el mismo lugar y horario.
SEXTA. Plan de Ordenación Docente y Guías Docentes en Enseñanzas Propias.
Con carácter previo al inicio de las clases, tal y como recoge el artículo 22 de la Normativa de Enseñanzas Propias de la Universidad de Alicante, el plan docente de los estudios de formación permanente y los cursos de formación continua deberá estar introducido en la aplicación de gestión académica. Además, según el artículo 13.2 de la Normativa de la Universidad de Alicante para la elaboración y aprobación de las guías docentes (BOUA de 27 de marzo de 2017, modificada en BOUA de 2 de noviembre de 2018 y BOUA de 30 de junio de 2021) la guía docente deberá estar cumplimentada y aprobada por el órgano responsable antes de que comience el periodo de matriculación para el curso al que la guía hace referencia.
Las guías docentes de los estudios de formación permanente serán objeto de aprobación por la CEFUA: las del primer cuatrimestre y anuales en la sesión del mes de septiembre y las del segundo cuatrimestre en la sesión del mes de enero.
SÉPTIMA. Gestión académica y económica de las Enseñanzas Propias.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Normativa de Enseñanzas Propias de la Universidad de Alicante, el Centro de Formación Permanente podrá asumir las tareas de gestión académica y económica de las enseñanzas propias, bien mediante una nueva propuesta o mediante la presentación de la modificación correspondiente.
La asunción de la gestión académica y económica estará supeditada en todo momento a la capacidad organizativa del Centro de Formación Permanente.
La relación de funciones asumidas en esos ámbitos por el Centro de Formación Permanente está publicada en su página web en el siguiente enlace:
Para el pago de la docencia impartida en enseñanzas propias será indispensable haber introducido el POD de la enseñanza en la aplicación de gestión académica (UXXI-AC) de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Normativa de Enseñanzas Propias de la Universidad de Alicante.
OCTAVA. Análisis y autorización.
A) Estudios de formación permanente (Máster de Formación Permanente, Especialista, Experto/a)
El Vicerrectorado de Estudios, Calidad y Lenguas analizará las propuestas de nuevos estudios de formación permanente y, previo informe favorable del Consejo de Dirección, se establecerá un período de exposición pública con plazo de alegaciones de 15 días naturales. Finalizado el plazo de exposición pública y de alegaciones, las propuestas de nuevos estudios de formación permanente serán informadas por la Comisión de Estudios y Formación, previo informe favorable del Consejo de Dirección, y serán elevadas para su aprobación por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social, en sus respectivas competencias.
B) Cursos de formación continua y actividades de formación complementaria (Actividades Académicas y Actividades Universitarias)
Las nuevas propuestas de cursos de formación continua y actividades de formación académica serán objeto de exposición pública durante 7 días naturales, plazo durante el que se podrán presentar alegaciones y sugerencias.
Las alegaciones y sugerencias recibidas se remitirán a la dirección académica de la actividad formativa propuesta y al Vicerrectorado de Estudios, Calidad y Lenguas para su consideración.
Las actividades universitarias no serán sometidas a exposición pública y se elevarán directamente al Consejo de Gobierno para su aprobación.
NOVENA. Profesorado de enseñanzas propias.
Por lo que respecta a la dirección académica de las enseñanzas propias, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.2 de la normativa, en el caso de los estudios de formación permanente, en cada curso académico, no se podrá ser director o directora de más de un estudio, excepto si conforman un PEFP.
En el caso de los cursos de formación continua no existe un límite en la dirección académica de estas enseñanzas propias durante un mismo curso académico.
De acuerdo con el artículo 18 de la Normativa, todo el profesorado participante en una misma enseñanza percibirá idéntica retribución por hora impartida. Excepcionalmente, el profesorado externo de las enseñanzas propias podrá, de manera justificada, percibir una retribución distinta.
DÉCIMA. Publicación de los actos administrativos.
Los actos administrativos que se deriven de esta convocatoria serán objeto de publicación, que sustituirá a la notificación. La publicación se realizará en la web del Centro de Formación Permanente.