PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA EDUCATIVO VALENCIANO

Fecha de aprobación
31/05/2024
Fecha de publicación
03/06/2024
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA EDUCATIVO VALENCIANO

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 31 de mayo de 2024

PREMIOS A TRABAJOS DE FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER SOBRE LA DIDÁCTICA DEL PLURILINGÜISMO EN EL CONTEXTO DEL SISTEMA EDUCATIVO VALENCIANO

PREÁMBULO

La Unidad para la Educación Multilingüe (UEM) convoca estos premios con el propósito de promocionar la actividad investigadora en el marco general de la didáctica del plurilingüismo en el contexto del sistema educativo valenciano.

BASES

Las bases de estos premios se articulan según los siguientes puntos:

1.  OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Premios a Trabajos de Final de Grado y Trabajos de Final de Máster (TFG y TFM) desarrollados y defendidos en la Universidad de Alicante de los cursos 2022-2023 y 2023-2024.

2.  REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS

2.1. Podrá optar a los premios cualquier estudiante que haya desarrollado y defendido un proyecto de TFG o TFM en la Universidad de Alicante durante los cursos 2022-2023 o 2023-2024 que haya estado relacionado con la didáctica del plurilingüismo en el contexto del sistema educativo valenciano.

2.2. No ser beneficiario de otra ayuda destinada en el mismo objeto.

2.3. Los trabajos que se presenten tendrán que estar escritos en valenciano.

2.4. Los TFG y los TFM se presentarán telemáticamente a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UACloud.

3.  NÚMERO, DOTACIÓN E INDICACIONES DE LOS PREMIOS

Se concederá un premio para cada categoría: Trabajo Final de Grado (TFG) y Trabajo Final de Máster (TFM).

3.1. Se concederá un premio de trabajo final de grado dotado de 400 euros

3.2. Se concederá un premio de trabajo final de máster dotado de 600 euros.

3.3. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes en el momento del pago

3.4. Si ninguna de las obras presentadas alcanza el 60% de la puntuación de acuerdo con los criterios de adjudicación fijados en el punto 5, se declarará desierta la convocatoria.

3.5. Los trabajos premiados se anunciarán a través de la web de la UEM y por otros medios que se consideren adecuados.

3.6. La entrega del premio se podrá realizar en un acto público en la Universidad de Alicante que se anunciará con antelación suficiente.

3.7. La Unidad para la Educación Multilingüe se reserva el derecho de publicar, en un plazo máximo de dos años, el trabajo premiado en el medio que considere adecuado. La Unidad para la Educación Multilingüe podrá realizar la difusión pública del trabajo premiado que considere.

4.  PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

4.1. Plazo de presentación

La convocatoria se publicará en el BOUA con carácter informativo, previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

·  El plazo de inscripción se inicia el día siguiente de la publicación del extracto en el DOGV y finaliza el 8 de julio de 2024 a las 23:59 h.

·  Resolución provisional: 15 de julio de 2024

·  Resolución definitiva: 22 de julio de 2024

4.2. Procedimiento de presentación

Las solicitudes se presentarán utilizando la instancia genérica, a través de UACloud /eAdministración/ INSTANCIA GENÉRICA, dirigida a la UEM-Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana con indicación del título de esta convocatoria.

Campos a completar:

·      EXPONE. Habrá que indicar: PREMIOS A TRABAJOS FINAL DE GRADO Y TRABAJOS FINAL DE MÁSTER UEM

·      SOLICITA. Habrá que indicar: "Dirigido al Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana: UEM"

·      DOCUMENTOS ADJUNTOS:

Para garantizar el anonimato de la evaluación de los trabajos, en la solicitud se adjuntarán los siguientes documentos:

o   Resumen del Trabajo Final de Grado o Trabajo Final de Máster, sin que conste ningún dato personal ni de la tutorización, (mínimo 4 páginas, máximo 6), donde se describan los objetivos del trabajo, metodología y conclusiones finales.

o   Memoria del proyecto que en su día se presentó para la defensa, en formato comprimido (zip), sin que conste ningún dato personal ni de la tutorización.

o   Plantilla para la convocatoria de premios. Es necesario rellenarla y guardarla en PDF para después adjuntarla.

5.    CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Las solicitudes serán evaluadas de forma anonimizada por parte del Jurado a partir del análisis y la discusión de la documentación recibida sin datos personales para cada una de las candidaturas. Serán valorados los siguientes aspectos:

·         Nota obtenida en el TFG/TFM (50%)

·         La adecuación del trabajo al objeto de la convocatoria (10%)

·         La originalidad del planteamiento de la investigación o experiencia desarrollada (10%)

·         La consistencia metodológica de la propuesta (10%)

·         La posibilidad de transferencia a la mejora de la calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje en la didáctica del plurilingüismo en el contexto educativo valenciano (20%)

6.    ÓRGANO GESTOR Y COMISIÓN DE VALORACIÓN

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor es la Sede de Alicante del Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana, que se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordando todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de las cuales debe dictarse resolución.

El contacto del órgano gestor será: inst.filovalen@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe de la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, haciéndole un requerimiento para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o aporte los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se considerará desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Tribunal evaluador

Se conformará a un tribunal que ejercerá como Jurado para evaluar las candidaturas.

6.3. El tribunal estará compuesto por siete personas:

·      Rector/a (o persona en quien delegue), que actuará como presidente/a.

·      Decano/na de la Facultad de Educación (o persona en quien delegue).

·      Decano/na de la Facultad de Filosofía y Letras (o persona en quien delegue)

·      Director/a de la Unidad para la Educación Multilingüe de la Universidad de Alicante (UEM).

·      Tres miembros de la Junta Directiva de la Unidad para la Educación Multilingüe designados por el director o directora de esta unidad.

7.    RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

Visto el principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y al que se dispone en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Unidad para la Educación Multilingüe (https://web.ua.es/uem/inici.html) , procedimiento que sustituirá la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de los premios se publicará el 15 de julio de 2024.

A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimen pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido este plazo ya la vista de la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.    MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO

Esta convocatoria con el código 2024SBV118 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de 2024LS019 del Plan Estratégico de 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2006, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación económica para esta convocatoria es de 1000 euros y se encuentra consignada en la orgánica 40604B0001 del Instituto Interuniversitario de Filología Valenciana (IIFV). La ejecución de esta dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

9.    OBLIGACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO

Las personas beneficiarias de esta convocatoria tendrán que presentar:

·         Documentación para la inclusión en el fichero de terceros de la Universidad de Alicante.

·         Modelo 145 de retenciones fiscales (en su caso)

·         La presentación se realizará con posterioridad a la notificación del premio.

La justificación de la persona beneficiaria será previa a la concesión mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión del premio.

10. PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con el fin de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de dichos tratamientos, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la citada finalidad.

Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónicahttps://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es

La información adicional y detallada sobre protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html.

11. RECURSOS

Contra la convocatoria, las bases y los actos administrativos que se deriven, que agoten la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Alicante que sea competente, en el plazo de dos meses a contar a partir de al día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo que establece el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el artículo 38.4 de la Ley orgánica 2 /2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria, ante la rectora, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Ante las actuaciones definitivas del jurado podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a las publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o frente a la rectora como órgano competente para resolverlo.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

12. ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS

La participación en los premios implica la aceptación de las normas presentes.

Cualquier circunstancia no prevista en estas bases será resuelta por el Jurado.

Alicante, 31 de mayo de 2024

La rectora,

PD de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 22 de diciembre de 2020)

Rosario Ferrer Cascales