CONCURSO DE IDEAS SOBRE EL SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CÁTEDRA SPVSS 2024
- Fecha de aprobación
- 03/07/2024
- Fecha de publicación
- 05/07/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: CONCURSO DE IDEAS SOBRE EL SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CÁTEDRA SPVSS 2024
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: miércoles, 3 de julio de 2024
CONCURSO DE IDEAS SOBRE EL SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA CÁTEDRA SPVSS 2024
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" se crea mediante un convenio de colaboración entre la Universidad de Alicante, a través del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, a través del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales, institución financiadora de la misma.
La Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" de la Universidad de Alicante tiene por objeto impulsar actividades que el fomento del conocimiento y de difusión de temáticas relacionadas con el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Desde la Cátedra se pretende favorecer actividades que contribuyan a la generación de conocimiento, a la innovación y a la mejora del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, y especialmente en aspectos relacionados con la promoción y la sensibilización sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales desde el ámbito universitario.
Con el fin de cumplir con sus objetivos, la Cátedra desarrollará, entre sus actividades de divulgación y transferencia de conocimiento, acciones de organización y convocatoria de concursos y premios relacionados con el objeto de la Cátedra.
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de un Concurso de Ideas sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales desde el ámbito universitario, que promuevan la innovación y la sensibilización del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar este premio el alumnado de cualquier titulación de la Universidad de Alicante que cumplan los siguientes requisitos:
- Los equipos de trabajo estarán integrados por entre 2 y 6 estudiantes, se dará un nombre al equipo.
- Todos los miembros deberán estar matriculados en la Universidad de Alicante en el curso 2023-24 en cualquiera de sus titulaciones de Grado o de Postgrado.
- Cada equipo participante podrá presentar un máximo de dos propuestas.
- Las ideas presentadas deberán promover la innovación y la sensibilización sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales entre el alumnado universitario de la Universidad de Alicante, mediante uno o varios de los medios que, sin carácter exhaustivo, se enumeran a continuación:
o Campañas de sensibilización o comunicación sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
o Marketing social para la promoción del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
o Ideas para la visibilización del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
o Innovación social en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
- Las ideas presentadas podrán incluir lemas, logos, fotografías, vídeos, fotografías, infografías, etc., así como otras expresiones artísticas que desarrollen o estructuren la propuesta.
- Las ideas presentadas deberán ser originales e inéditas.
- No se admitirá ninguna propuesta cuyos derechos de propiedad intelectual no pertenezcan íntegramente y, sin excepción, a las personas participantes en el concurso. En caso de uso de imágenes de otra autoría, éstas deberán ser acreditadas como libres de derechos y/o reclamaciones por su uso.
- Ninguna de las personas que forman el equipo puede ser beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.
Asimismo, la participación en este concurso supone la aceptación plena de sus bases.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un número máximo de tres premios, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 800 €. La dotación económica de los premios será distribuida equitativamente entre todas las personas integrantes del equipo, dividiendo la cantidad económica correspondiente entre el número de componentes del grupo premiado. La dotación económica queda distribuida de la siguiente forma:
· Primer premio: dotación económica de 450 €
· Segundo premio: dotación económica de 250€
· Tercer premio: dotación económica de 100€
4. Propiedad de las ideas premiadas.
La propiedad de las ideas premiadas se cederá a la Cátedra Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales de la Universidad de Alicante, respetando en todo caso la legislación de propiedad intelectual. La cesión se ejercitará siempre con el reconocimiento de su condición de autoría, excepto manifestación en contra.
La Cátedra SPVSS se reserva el derecho de reproducción mediante los formatos y a través de los medios que considere oportunos.
Asimismo, la Cátedra SPVSS se reserva el derecho de adaptar las ideas premiadas para su uso en cualquiera de las lenguas cooficiales.
Quienes participen se responsabilizan de que no existan derechos a terceros por el uso de imágenes o de mensajes en las propuestas presentadas, ni reclamación alguna por derechos de imagen de las personas que pudieran aparecer en ellas, así como de que las propuestas presentadas no estén sometidas a reclamación legal alguna y se encuentren dentro de lo establecido por la ley de propiedad intelectual, eximiendo a la Cátedra SPVSS de cualquier tipo de responsabilidad.
5. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
5.1. Plazo de presentación
El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en BOUA y finaliza el día el 30 de septiembre de 2024 a las 23:59 h.
5.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará, por instancia genérica de forma telemática al Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· Instancia genérica:
o La solicitud será presentada por cada persona integrante del equipo, indicando el nombre del grupo al que pertenece. Se designara una persona como representante interlocutor del equipo para contacto entre el equipo y el órgano gestor de esta convocatoria.
o En el apartado "EXPONE" se indicarán los datos de la convocatoria ("CONCURSO DE IDEAS SOBRE EL SISTEMA PÚBLICO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES"), así como el nombre y apellidos completos y dirección completa de todas las personas componentes del equipo y la titulación en la que está matriculada cada una de ellas.
o En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a la Cátedra SPVSS del Dpto. Trabajo Social y Servicios Sociales".
· En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" habrán de subirse, como mínimo, los siguientes documentos o materiales, de forma independiente, preferiblemente PDF cuando se trate de archivos de texto:
o La información sobre la idea propuesta detallada en el Anexo I.
o La documentación acreditativa de la matrícula en titulaciones de Grado o de Postgrado de la Universidad de Alicante en el curso 2023-24.
o El material complementario que acompaña la propuesta. En el caso de exceder el límite de tamaño permitido, el material de la propuesta se podrá enviar mediante enlace WeTransfer o Google Drive o en carpeta comprimida (.zip o .rar).
o En caso de uso de imágenes de otra autoría, acreditación de que éstas están como libres de derechos y/o reclamaciones por su uso.
6. Criterios de adjudicación
La asignación de los premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:
· La incidencia e impacto de los trabajos en el conocimiento disponible y en la sensibilización del alumnado universitario sobre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales: hasta 30 puntos (30% ponderación).
· Novedad e innovación de la propuesta realizada: hasta 30 puntos (30% de la ponderación).
· La creatividad y la estética de la propuesta realizada: hasta 20 puntos (20% de la ponderación).
· La perspectiva multidisciplinar de la idea presentada y del equipo, valorándose positivamente que entre las personas integrantes del grupo haya diversidad de titulaciones: hasta 20 puntos (20% de la ponderación).
Los premios podrán declararse desiertos, mediante propuesta motivada de la comisión técnica de valoración, sin que ello implique un aumento en la cuantía para el resto de los trabajos premiados.
El premio puede quedar desierto si ningún participante alcanzara la puntuación mínima de 30 puntos.
Se certificará la participación al equipo creador de la propuesta ganadora, así como a los/as que hayan elaborado la segunda mejor propuesta y la tercera mejor propuesta según la puntuación obtenida.
7. Órgano Gestor y Comisión de valoración
7.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, Secretaría administrativa del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, mediante las siguientes vías de contacto: dtsss@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
7.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
· La persona directora de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" o persona en quien delegue.
Secretaría:
- Una persona miembro del Personal Docente e Investigador de la UA.
Vocales:
- Dos personas miembros del Personal Docente e Investigador de la UA de reconocido prestigio en la temática para la que se convocan los premios, que actuarán como vocales.
El o la miembro de la Comisión de valoración que tuviera un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con algún concursante o hubiera participado como tutor/cotutor en alguno de los trabajos presentados a la convocatoria, deberá abstenerse en la valoración de dicho trabajo.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
8. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web de la Cátedra: https://web.ua.es/es/catedra-spvss/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará en un periodo máximo de 20 días desde la finalización del plazo de entrega. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Se contactará con el equipo ganador del concurso mediante el correo electrónico institucional facilitado en la entrega de las propuestas, cuyos miembros deberán responder, en el plazo de 72 horas, para identificarse y aceptar expresamente el premio. Si transcurrido ese tiempo no hubiera respuesta, se entenderá que renuncian al mismo.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.
9. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2024SBV143 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS027 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de las ayudas de un máximo de 800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV ORGÁNICA 35804B0001 del presupuesto de la Cátedra "Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales" (SPVSS). La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
10. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
10.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1. Cumplir con lo dispuesto en las bases de esta convocatoria. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas implicará la anulación de la participación en este concurso.
2. Aceptar de forma expresa el premio, en el plazo de 10 días naturales a contar desde su concesión.
3. Presentar ficha de terceros de cada uno de los integrantes del equipo (https://sge.ua.es/es/documentos/facturacion/proveedores-espa-val.pdf)
4. Presentar fotocopia del DNI/NIE o Pasaporte de cada persona integrante del equipo, en el supuesto de que la Universidad de Alicante no disponga del mismo en vigor, desde la fecha posterior a la resolución definitiva, en un plazo máximo de 10 días.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
10.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del equipo beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.
El pago de la totalidad del importe del premio se realizará una vez dictada la resolución de adjudicación y la aceptación de los premios.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones, establecidos en la resolución de concesión de la subvención y en esta convocatoria y bases reguladoras, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
11. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar el concurso de ideas previsto en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
12. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 3 de julio de 2024.
La rectora,
P.D. de firma, el director de Relaciones y Proyectos Institucionales
(Resolución de 4 de enero de 2021)
Juan Llopis Taverner
Anexo I
Título de la propuesta:
Breve descripción de la idea propuesta:
Objetivo de la idea propuesta:
Desarrollo y justificación de la idea propuesta:
Enumeración del material complementario que acompaña la propuesta: