I EDICIÓN CONCURSO DE CORTOMETRAJES: UACTIVA CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA. UNI4EQUITY
- Fecha de aprobación
- 16/07/2024
- Fecha de publicación
- 19/07/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: I EDICIÓN CONCURSO DE CORTOMETRAJES: UACTIVA CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA. UNI4EQUITY
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 16 de julio de 2024
I EDICIÓN CONCURSO DE CORTOMETRAJES: UACTIVA CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA. UNI4EQUITY
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de tres premios a los cortos ganadores.
La creación artística es un recurso idóneo para estimular la reflexión y promover la sensibilización hacia un problema social, como es la violencia machista y el acoso sexual, cuya solución pasa por reforzar una masiva respuesta colectiva de rechazo y denuncia. Con ese objetivo se convoca el I concurso de cortos "UActiva contra las violencias machistas. Uni4Equity"
El colectivo de estudiantes es objetivo prioritario en la estrategia de la Universidad de Alicante para la sensibilización contra la violencia machista en todas sus manifestaciones. Como futuros y futuras profesionales, poseen un enorme potencial como catalizadores de los cambios sociales necesarios para avanzar hacia una sociedad más justa y libre de violencia contra las mujeres.
En este contexto, hay que destacar que el ecosistema digital -y muy especialmente las redes sociales, como cauce preferente de relación de las y los jóvenes- es un ámbito en el que las manifestaciones de violencia y discriminación contra las mujeres está creciendo exponencialmente. Así, proliferan fenómenos como el ciberacoso, el sexting, el "gendertrolling" de las turbas digitales en el universo online, que causan un enorme sufrimiento a las víctimas al tiempo que contribuyen a la propagación de ideas misóginas y antifeministas en el contexto de la conocida como "manosfera".
El objeto es mostrar las diferentes formas de violencia machista y acoso sexual digital que se producen en la sociedad, situándolas en el contexto de la Universidad y las diferentes relaciones que se producen entre las y los miembros del conjunto de los colectivos de la comunidad universitaria. Presentar las situaciones desde un punto de vista proactivo, mostrando las consecuencias que para la víctima tienen esas acciones, pero también las posibles fórmulas para prevenirlas, afrontarlas y encontrar el apoyo de agentes clave, como las amistades, la familia, el profesorado, la Unidad de Igualdad de la UA, etc.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán solicitar la participación en esta convocatoria el alumnado que haya estado matriculado en el curso académico 2023-24 o esté matriculado en el curso académico 2024-25 en cualquier de los grados, postgrados, doctorados o título propios de la Universidad de Alicante.
La participación podrá ser individual o en grupo. En el caso de trabajos realizados por un grupo, el número máximo de integrantes será de 5 miembros de los cuales, al menos uno/a deberá cumplir el requisito establecido en el párrafo anterior. La consideración de persona beneficiaria será extensiva a todos/as los integrantes del grupo.
3. Número y dotación de los premios
Se concederá un número máximo de dos premios y un accésit, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 1500 €, de la siguiente manera:
· 1er premio dotado con 1000€
· 2º premio dotado con 500€
· Un accésit-certificado
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.
El plazo de presentación comenzará el día siguiente de la publicación en el DOGV y finaliza el día 14 de octubre de 2024.
4.2. Procedimiento de presentación
La solicitud de participación se remitirá a través del formulario de inscripción.
Se adjuntará la documentación mediante el uso de WeTransfer (htts://wetransfer.com) con un archivo .zip a la dirección de correo unitat.igualtat@ua.es, con indicación de los datos de esta convocatoria y el título del corto que se presenta.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· Un documento con el nombre completo, teléfono y correo electrónico del autor/a de la obra. Se adjuntará copia del DNI, si no obre en poder la Universidad de Alicante.
· Cuando se trate de un grupo, el número máximo de integrantes será de 5 personas de las que al menos una debe de haber estado matriculada en el curso académico 2023-24 o estar matriculada en el curso académico 2024-25 en cualquier de los grados, postgrados, doctorados o título propios de la Universidad de Alicante., Se deberá adjuntar un documento con el nombre completo, teléfono y correo electrónico de personas que forman parte del grupo. En el caso de obtener alguno de los premios serán beneficiarios cada uno de los y las miembros del grupo. Se adjuntará copia del DNI de los y las integrantes.
· Un archivo digital .mp4 con la obra presentada y su título.
· Un documento con la ficha técnica, ficha artística y sinopsis (pdf, odt, doc, rtf o txt)
· Dos fotografias de la obra en formato jpg con el título del cortometraje.
Los cortometrajes presentados deberán cumplir las siguientes características:
· Deben tener una duración máxima de 10 minutos (incluyendo los títulos de crédito).
· Se deberán enviar en archivo .mp4
· Se permite cualquier dispositivo digital para hacer la grabación.
· Los cortometrajes, que deben tener guiones originales e inéditos, pueden estar realizados en castellano, valenciano o en inglés. Deberán estar subtitulados en inglés y en cualquiera de las lenguas ofíciales de la Comunidad Valenciana.
· Si los cortos contienen música, esta debe ser original o libre de derechos de autor, siendo responsable el autor o autora del corto.
· Deben incluir el siguiente texto:
Esta actividad está financiada por la UE a través del proyecto Uni4Equity. Los puntos de vista y opiniones expresados son únicamente los de los autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la autoridad otorgante, CERV-2020-DAPHNE. Ni la Unión Europea ni la autoridad otorgante pueden ser considerados responsables de ellos.
No se admitirán aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
Podrán excluirse aquellos cortos que resulten ofensivos, discriminatorios o generen sospechas de plagio. En este último caso, la responsabilidad será única y exclusivamente de las persona o personas participantes.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de premios se realizará siguiendo los siguientes criterios y ponderación:
- Criterio 1: Adecuación temática, 25 puntos
- Criterio 2: Guion, 25 puntos
- Criterio 3: Dirección, 15 puntos
- Criterio 4: Interpretación, 15 puntos
- Criterio 5: Montaje y edición, 10 puntos
- Criterio 6: Fotografía, 10 puntos
La Comisión de Valoración podrá proponer desierto alguno de los premios / accésit cuando estimen que los cortos presentados no reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, carezcan de la calidad y el rigor adecuados o cuando las obras no se ajusten al objeto de la convocatoria y no alcancen un mínimo de 25 puntos.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, es la Unidad de Igualdad, contacto: unitat.igualtat@ua.es - teléfono 965 90 96 44
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia: vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, o persona en quien delegue.
Secretaría: directora del Secretariado de Igualdad e IP del proyecto Uni4Equity, o persona en quien delegue.
Vocales:
2 miembros del Personal docente e investigador con formación en género.
1 técnico/a del Taller de Imagen.
1 técnico/a del Servicio de Cultura.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web: https://web.ua.es/es/unidad-igualdad/# sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 2 de noviembre de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.
8. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2024SBV139 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS027 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La dotación de esta convocatoria de un máximo de 1500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV 11404B0001 del presupuesto del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
Esta actividad está financiada por la UE a través del proyecto Uni4Equity a través de la orgánica 52.10.6X.00.87 del presupuesto de la Subdirección de Gestión de Proyectos Internacionales de I+D+i. Los puntos de vista y opiniones expresados son únicamente los de los autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la autoridad otorgante, CERV-2020-DAPHNE. Ni la Unión Europea ni la autoridad otorgante pueden ser considerados responsables de ellos.
9. Propiedad intelectual
Las personas autoras de las obras premiadas autorizan a la Universidad de Alicante y al proyecto Uni4Equity a su reproducción siempre que sea sin fines lucrativos. La propiedad intelectual y autoría siempre será de la persona o personas autoras.
La participación en esta convocatoria supone la cesión a la Universidad de Alicante y al proyecto Uni4Equity de todos los derechos de propiedad intelectual, permitidos por dicha legislación, que les correspondan sobre las obras presentadas y se requieran para realizar con las mismas todos los usos previstos en estas bases.
10. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
Los cortos premiados pasarán a formar parte del fondo del recurso audiovisuales de la Unidad de Igualdad y del proyecto UNI4Equity, que se reservan el derecho a utilizarlos para finalidades no comerciales, para exhibición presencial y/u online sin ánimo de lucro.
Los autores y autoras podrán hacer uso de las obras premiadas siempre que haga constar en los títulos de crédito el premio otorgado por la Universidad de Alicante y subvencionado por el proyecto UNI4Equity.
La participación en esta convocatoria comporta la aceptación de estas bases, que podrán ser interpretadas por la Comisión de Valoración y la entidad convocante en aquellos aspectos no previstos inicialmente.
10.1. Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.
11. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de reproducción de los cortometrajes. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
12. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 16 de julio 2024
La rectora
P.D. de firma, vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social (Resolución de 22 de diciembre de 2020)
Eva Espinar Ruiz