PREMIOS CIENCIA EMPRENDE 2024 EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
- Fecha de aprobación
- 30/07/2024
- Fecha de publicación
- 31/07/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: PREMIOS CIENCIA EMPRENDE 2024 EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 30 de julio de 2024
PREMIOS CIENCIA EMPRENDE 2024 EN LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
La Universidad de Alicante (UA) convoca la I Edición de Premios Sprint Valoriza-Ciencia Emprende, organizado por el vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica dentro del proyecto institucional ua:emprende con el objetivo de impulsar el emprendimiento y la innovación en el ámbito universitario.
Con esta convocatoria se quiere premiar a las mejores iniciativas presentadas al programa Sprint Valoriza-Ciencia Emprende desarrollado en la Universidad de Alicante en 2024.
Las personas que participen con una propuesta en Sprint Valoriza-Ciencia Emprende tendrán la posibilidad de formar parte, junto con participantes del resto de las universidades públicas valencianas, en el encuentro Ciencia Emprende que tendrá lugar el día 20 de septiembre en Castellón.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrán concursar en estos premios las personas que participen con una propuesta en el programa Sprint Valoriza-Ciencia Emprende de la Universidad de Alicante, asistiendo a las sesiones que se desarrollarán los días 18 y 19 de septiembre.
3. Número y dotación de los premios.
Se otorgará un total de dos premios, de 1.000 € cada uno, a dos de las propuestas presentadas. El premio se dividirá a partes iguales entre los integrantes del equipo que ha presentado la propuesta. La dotación económica de los premios estará sujeta a la correspondiente retención que establece la normativa vigente.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo de solicitudes se inicia el día siguiente a su publicación en el BOUA y finaliza el día 12 de septiembre a las 23:59.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará a través de Instancia Genérica en UA Cloud, e-Administración, Trámites, dirigida a la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación - OTRI indicando como asunto "Solicitud de participación en el concurso CIENCIA EMPRENDE 2024"; en la solicitud deberá constar el nombre de la propuesta presentada, así como nombre, apellidos y DNI de los integrantes del equipo.
5. Criterios de adjudicación
La asignación del premio se realizará a los dos proyectos que sumen mayor puntuación total, de acuerdo a los siguientes criterios:
· Grado de innovación: hasta 25 puntos.
· Potencial de transferencia: hasta 25 puntos.
· Avance durante el programa: hasta 25 puntos.
· Pitch, valorándose la claridad de la exposición y la robustez y coherencia de la propuesta: hasta 25 puntos.
Para la evaluación de las propuestas, los participantes realizarán una presentación de cinco minutos ante una comisión de valoración el día 19 de septiembre. La comisión podrá realizar preguntas durante cinco minutos más.
6. Órgano Gestor y Comisión de valoración
6.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la OTRI-Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia es la OTRI-Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación y el correo electrónico de contacto es uaemprende@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
6.2. Comisión de valoración
La comisión encargada de la valoración de las presentaciones estará formada por:
Presidencia:
- Vicerrectora de Transferencia de Conocimiento, Innovación y Divulgación Científica, o persona en quien delegue.
Secretaría:
- Director del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI, o persona en quien delegue.
Vocales:
- Técnico o técnica del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).
- Persona experta en innovación y modelos de negocio, no perteneciente a la UA
- Gerente del Parque Científico de Alicante, o persona en quien delegue
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
7. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/centro-empleo/formacion/gennera.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Después de las presentaciones de los participantes y la deliberación del jurado, este dará a conocer a todos los participantes los dos proyectos que han obtenido la máxima puntuación y que obtienen, por tanto, los dos premios. Adicionalmente la resolución se publicará en la web https://uaemprende.ua.es/es/ideacion/sprint-valoriza.html.
8. Marco legal y presupuestario
La convocatoria de ayuda, con referencia 2024SBV157, que sirve de base reguladora se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS027 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria asciende a un máximo de 2.000 euros y será sufragada con cargo a la orgánica 10904B0001 del presupuesto del vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
9. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las personas beneficiarias se obligan a facilitar la documentación y cuanta información les sea requerida y a cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago.
La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.
10. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.
En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
11. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 30 de julio de 2024
La rectora
P.D. de firma, la vicerrectora de transferencia, innovación y divulgación científica
(Resolución de 22 de diciembre de 2020)
María Jesús Pastor Llorca