RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, POR LA QUE SE ANULA LA CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE PRÁCTICAS BECADAS EN EL SERVICIO DE CONTABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 02 / 2024-2025). CURSO 2024-2025
- Fecha de aprobación
- 19/09/2024
- Fecha de publicación
- 23/09/2024
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, POR LA QUE SE ANULA LA CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE PRÁCTICAS BECADAS EN EL SERVICIO DE CONTABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 02 / 2024-2025). CURSO 2024-2025
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: jueves, 19 de septiembre de 2024
RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, POR LA QUE SE ANULA LA CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE DE PRÁCTICAS BECADAS EN EL SERVICIO DE CONTABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA (REFERENCIA PRA- 02 / 2024-2025). CURSO 2024-2025
Publicada en el BOUA de 17 de septiembre de 2024, la convocatoria de la Universidad de Alicante, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de unas prácticas becadas en el Servicio de Contabilidad de la Universidad de Alicante, este Rectorado resuelve su anulación debido a que la convocatoria se ha publicado antes de la finalización del plazo de matrícula habilitado para el alumnado en la titulación requerida en la citada convocatoria para el curso 2024-2025 y, por tanto, esto podría derivar en que alguna persona quedara excluida de participar en esta convocatoria de prácticas al no haber podido matricularse todavía.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la Rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
La Rectora
P.D. (Resolución Rectoral 22/12/2020)
La vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad
Rosario Ferrer Cascales