PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO DEL DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA GENERAL Y DIDÁCTICAS ESPECÍFICAS

Fecha de aprobación
25/10/2024
Fecha de publicación
29/10/2024
Órgano competente
Rector
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO DEL DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA GENERAL Y DIDÁCTICAS ESPECÍFICAS

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rector

Fecha de aprobación: viernes, 25 de octubre de 2024

PREMIOS TRABAJOS FIN DE GRADO DEL DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA GENERAL Y DIDÁCTICAS ESPECÍFICAS

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de Premios para Trabajos de Fin de Grado (TFG) defendidos en el Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas de la Universidad de Alicante, a lo largo del curso académico 2023/2024. 

El objetivo es reconocer el estudio realizado en el ámbito de las Ciencias de la Educación y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte del alumnado del  Grado en Maestro/a en Educación Infantil, del Grado en Maestro/a en Educación Primaria y del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad de Alicante.

2.    Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar la condición de beneficiario y obtener esta Premio el alumnado que:

-     Cumpla con los plazos y demás disposiciones establecidas en la presente convocatoria.

-     Haya defendido su TFG en la Universidad de Alicante durante el curso 2023/2024, en las convocatorias C1, C3 y C4 en el Grado en Maestro/a en Educación Infantil, Grado en Maestro/a en Educación Primaria y Grado en Ciencias de la Actividad Física de la Universidad de Alicante, con Trabajos de Fin de Grado que versen sobre temáticas relacionadas con las Ciencias de la Educación y/o Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

-     Haya alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9.

3.    Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de ocho premios, distribuyendo la asignación con 250 €, cada uno.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 12 de noviembre de 2024, a las 23:59 h.

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, a través de la e-Administración, por Instancia Genérica dirigida al Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas, con indicación de los datos de esta convocatoria. En el campo "EXPONE" habrá de indicarse:

PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO DEL DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA GENERAL Y DIDÁCTICAS ESPECÍFICAS

En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido al Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas".

En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS", se adjuntará la siguiente documentación en formato PDF:

-     Trabajo Fin de Grado, sin que conste la autoría ni la tutorización.

-     Justificante de defensa del Trabajo Fin De Grado.

5.    Criterios de adjudicación

La asignación del Premio se realizará siguiendo los siguientes criterios:

  1. Criterios de adjudicación:
  2. Fórmula de Cálculo:
  3. Ponderación:

-Calidad global del trabajo a nivel científico-metodológico. Máx. 50 sobre 100%

-Escalabilidad, repercusión y alcance en el ámbito de las Ciencias de la Educación y/o Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Máx. 30 sobre 100%

-Innovación y originalidad del trabajo. Máx. 10 sobre 100%

-Presentación del TFG. Máx. 10 sobre 100%

El TFG premiado debe ser inédito.

La puntuación obtenida sobre 100% será resultante de la suma de cada porcentaje obtenido en cada uno de los criterios, en base a su ponderación.

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, el Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas, contacto: ddgde@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que en el plazo de 5 días, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, la Comisión de Valoración de Trabajos Fin de Grado del Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas.

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       Dirección del Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas, o persona que le sustituya.

Secretaría:

-       Secretario/a académico/a del Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas, o persona que le sustituya.

-      Vocales:

-      Un representante de cada una de las ocho áreas de conocimiento del Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web www.ddgde.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 2 de diciembre de 2024. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.    Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2024SBV177 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS019 del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 2.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 33104B0001 del presupuesto de la Departamento de Didáctica General y Didácticas Específicas. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.    Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

La actividad subvencionada debe realizarse desde 2023 hasta 2024.

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del destino del premio al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en: el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a  24 de octubre de 2024

El rector en funciones,

P.D. de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 3 de octubre de 2024)

Rosario Ferrer Cascales