CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
29/11/2024
Fecha de publicación
02/12/2024
Órgano competente
Rector
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rector

Fecha de aprobación: viernes, 29 de noviembre de 2024

CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 

1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión de los premios extraordinarios de doctorado correspondientes al curso 24/25, a propuesta del Comité de dirección de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Alicante (EIDUA), dando cumplimiento a lo dispuesto en la Normativa sobre Premios Extraordinarios de Doctorado de la Universidad de Alicante (BOUA 27/09/2024), de conformidad, a su vez, con lo dispuesto en el artículo 14 bis del Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado y el artículo 122 del Estatuto de la Universidad de Alicante.

2. Requisitos de las Personas Beneficiarias 

Podrán solicitar este premio los doctores y doctoras por la Universidad de Alicante que cumplan en su totalidad los siguientes requisitos:

  • Que hayan defendido su tesis doctoral desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022, o en cursos anteriores, y no hayan podido participar en otras convocatorias por no alcanzar su programa de doctorado el número mínimo de cinco tesis defendidas en dichas convocatorias.
  • Que dicha tesis haya sido calificada por el Tribunal con sobresaliente "cum laude".
  • Que cuente con el voto favorable de todos los miembros del tribunal para optar a premio extraordinario.
  • Que figure en el anexo I de esta convocatoria.
  • Que haya generado, en el marco de la investigación doctoral, al menos una publicación de la máxima puntuación, o varias contribuciones que alcancen en su conjunto esta puntuación, según el baremo a aplicar en la correspondiente rama de conocimiento (anexo III) durante el periodo temporal que se establece en el punto 4.2 de esta convocatoria.
  • Que presenten la solicitud en tiempo y forma.

3. Número y dotación de los premios

Se concederá un número máximo de 23 premios, cuya distribución figura en el anexo II de esta convocatoria, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Normativa sobre Premios Extraordinarios de Doctorado de la Universidad de Alicante (BOUA 27/09/2024).

Si el número de tesis doctorales defendidas y aprobadas en un mismo programa fuera igual o superior a cinco, la cantidad de premios posibles se corresponderá con el número entero más próximo al cociente de dividir el número de tesis leídas por diez.

Según el art. 8 de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de abril de 1990 (BOE núm. 111 de 09-05-1990) por la que se regula el procedimiento de expedición de determinados títulos y diplomas oficiales de educación superior y postgrado, quienes hayan obtenido premio extraordinario estarán exentos o exentas de abonar el importe correspondiente a los precios públicos por expedición e impresión del título de doctor o doctora. En caso de que el título ya haya sido expedido, podrán solicitar la devolución de las cantidades abonadas por dicho concepto a través de eAdministracion.

4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1 Plazo de presentación

El plazo para presentar la solicitud será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOUA.

4.2 Procedimiento de presentación

La documentación se presentará, a través de la e-administración, por instancia genérica dirigida a la EIDUA, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

Cuando el o la solicitante hubiera realizado parte de su formación e investigación en un programa de doctorado de la Universidad de Alicante inmediatamente anterior al programa por el que defendió la tesis doctoral, la fecha de primera matrícula será la del programa anterior, siempre que dicho programa conste como título previo en la Memoria Verificada del programa por el que defendió la tesis doctoral (punto 3.3 de la Memoria).

5. Criterios de adjudicación

La asignación de los premios se realizará a los candidatos o candidatas que obtengan mayor puntuación en la baremación de los méritos aportados en la solicitud. La puntuación máxima son 100 puntos.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

FÓRMULA DE CÁLCULO

PONDERACIÓN

1. Contribuciones generadas en el marco de la investigación doctoral:

Tipo de contribución:

  • Publicaciones en revistas científicas (deberán haber sido, al menos, aceptadas para su publicación en el periodo establecido en el punto 4.2 de la convocatoria.
  • Patentes.
  • Participación en congresos.
  • Libro.
  • Capítulo de libro.

Número de contribuciones:

  • Mínimo 1 de la máxima puntuación del baremo a aplicar, o varias que sumen la puntuación máxima hasta alcanzar el número de contribuciones máximo.
  • Máximo 6.

Relación con la tesis doctoral: 

  • Todas las contribuciones deberán ser producto de la investigación realizada en la tesis doctoral. 
  • Se deberá justificar la relación con la tesis indicándose la parte de la misma (capítulo, epígrafe...) a la que corresponde la contribución. 

Por cada rama del conocimiento, se aplicará el baremo que figura en el anexo III.

 

80%

2. Mención de doctor internacional

Mérito obtenido

5%

3. Mención de doctor industrial

Mérito obtenido

5%

4. Beca o contrato predoctoral asociado a programas de investigación de convocatorias públicas o privadas competitivas, con una duración mínima de dos años.

Mérito obtenido

5%

5. Premios concedidos a la tesis

Mérito obtenido

5%

Si en el baremo establecido para cada una de las ramas de conocimiento no se especifican los criterios a aplicar en caso de que se produzca un empate en la puntuación final, estos criterios se establecerán en la sesión de constitución de la Comisión de valoración.

6. Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1 Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la EIDUA, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es el Área de gestión de alumnado de la EIDUA, contacto: https://cvnet.cpd.ua.es/uaSolicitudes/solicitud/417

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2 Comisión de valoración

En cada una de las ramas de conocimiento se constituirá una Comisión de valoración que realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de los premios. 

Por cada programa que, por el número de tesis leídas, tengan derecho a otorgar, al menos, un premio, se designará al coordinador o coordinadora del programa, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a. Si el coordinador o coordinadora concurre en conflicto de interés con algún candidato o alguna candidata que impida su participación en el proceso, será sustituido o sustituida por otro u otra representante relacionado con el programa, según el orden siguiente:

1. Secretario o secretaria de la Comisión Académica.

2. Coordinador o coordinadora de calidad del programa de doctorado.

3. Investigador o investigadora del programa de doctorado designado por el coordinador o coordinadora del programa, procurando que dicha designación contribuya al equilibrio entre mujeres y hombres en la composición del conjunto de la Comisión.

b. El número mínimo de miembros de las comisiones será de 3. En los casos en los que no se alcance este número, se convocará a otro representante más que pertenezca al programa que vaya a otorgar un mayor número de premios, teniendo en cuenta lo establecido en el punto 6.2.a.

Composición de las Comisiones:

  • Presidencia: Miembro de mayor antigüedad, dentro de los de mayor categoría. 
  • Secretaría: Miembro de menor antigüedad, dentro de los de menor categoría.
  • Vocales: Resto de Coordinadores o Coordinadoras de los programas de doctorado.

Los miembros de la Comisión de valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7. Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://eidua.ua.es/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional se publicará a partir del 15 de febrero de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 15 días naturales para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor. 

Transcurrido dicho plazo y a la vista de la propuesta motivada de la resolución por parte de las Comisiones de valoración, dicha propuesta será elevada al Comité de dirección de la EIDUA para que envíe informe preceptivo previo a su aprobación por el Consejo de Gobierno, en su caso.

8. Marco legal y presupuestario

El art. 8 de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de abril de 1990 (BOE núm. 111 de 09-05-1990) por la que se regula el procedimiento de expedición de determinados títulos y diplomas oficiales de educación superior y postgrado, establece que quienes hayan obtenido premio extraordinario están exentos del pago de la tasa por expedición e impresión del título de doctor o doctora. 

9. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal. 

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con la Delegación de protección de datos de la Universidad de Alicante a través de la dirección dpd@ua.es

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

10. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el rector, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. 

En Alicante, 29 de noviembre de 2024

El rector en funciones

Juan Mora Pastor

ANEXO I 

Doctores y doctoras que pueden concurrir en la presente convocatoria:

Alarcó Rosales, Raquel

Alashhab, Samer Refat Hamzeh

Alba Luzón, Miriam

Aldeguer Esquerdo, Alejandro

Aldeguer Riquelme, Borja

Algado Sellés, Natividad

Alonso Stenberg, Kristian

Alzate Giraldo, Lucero Adriana

Amador Solano, María Gabriela

Asensio Morant, Javier

Ávila Martínez, María Teresa

Baciu, Bianca Catalina

Baliouskas, Petros

Baltazar Landeros, Edgar

Bas Megías, María Belén

Basso Rial, Ricardo Emanuel

Beltrá Navarro, Luis

Bernabeu Peiró, Àngela

Bonsignore Fouquet, Dyango

Boonekamp, Gwendolijn Margaretha Maria

Boronat González, Ana

Briega Martos, Valentín

Cabanes Gil, Andrea

Calabuig Belda, Emilio

Canto Cerdan, Mario

Castillo Brais, Brenda

Chaparro Garnica, Jessica Alejandra

Chico Sánchez, Pablo

Contreras De La Llave, Natalia

Corona Verdú, Rafael

Cortés Florín, Elena María

Cosh Pale, Manuel

Del Moral Delgado, Beatriz

Djabri, Souhila

Domene López, Daniel

Draghia, Ana Maria

Elvira Aranda, Carlos

Escortell Crespo, Jordi

Espinosa Zaragoza, Isabel

Estévez Velarde, Suilan

Extremera Fernández, Beatriz

Fang Liu, Fang

Farcas, Catalina Mariana

Fernández Ávalos, María Inmaculada

Fernández Vidal, Jorge

Ferreiro Rosende, Erica

Freire Andino, Roberto Ovidio

Gandon Ros, Gerard

García Martínez, Noel Alberto

García Martínez, Andrea

García Mingüens, Eduardo

García del Castillo López, Fernando

Garulo Ramón, Carlos

Gavilán Martín, Diego

Gil Casas, Maria Amparo

Gisbert Alemany, Ester

Gómez Soriano, Miguel Ángel

Gomis Blasco, Alejandro

González García, Concepción

González Magaña, Jose L.

Gutiérrez García, Ana Isabel

Hamida Abdelkader, Sidi Mohamed

Hein, Milton Ariel

Huerta Retamal, Natalia

I Y Huraibat, Khalil

Ibáñez Gosálvez, Javier

Ibragimov, Khusen

Igual Anton, Diego

Kedir, Chahineze Nawel

Kitta, Ioanna

Lalinde González, Luis Miguel

Lartey, Abraham

Llopis Costa, Natalia

Llorca Asensi, Elena

López Davó, Joaquín Antonio

López López, María de Lourdes

López Medina, Julián

López Medel, María

Luna Montalvo, Andres Alfredo

Maestre Carballa, Lucía

Maiorano Lauria, Lucila Paola

Martín Grandes, María del Rosario

Martín Galán, Miriam

Martínez Asencio, Jesús

Martínez Munuera, Juan Carlos

Martínez del Olmo, Santiago

Martínez Ortega, Juan Iván

Martínez Falcó, Javier

Mateu Torres, Francisco Jose

Menor Hernández, Andres

Miró Oca, Marina

Molina Martín, Luis Alberto

Moliner Aznar, Santiago

Monjo Mascaró, Joan Lluís

Montoyo Pujol, Yoel Genaro

Morales Hernández, Aitor

Muñiz Álvarez, Ana

Muñoz Mármol, Rafael

Navarro Sempere, Alicia

Oprea, Sergiu Ovidiu

Ortega Trigueros, Adrián

Ortiz Aldean, Víctor Fabricio

Otáñez Enriquez, Nelson

Paraskevas, Theodoros

Payá Cuadra, Gloria

Paz Alcívar, Katherine Rosa

Perdiguero Asensi, Pascual

Pérez Wilson, Patricia Andrea

Pérez Estevan, Elena

Pérez Vázquez, Elena

Pérez Escudero, Francisco

Piad Morffis, Alejandro

Pisano Motta Gemignani, Viviane

Pons Dominguis, Jesús

Poveda Pareja, Esther

Quereda Galvañ, Cristina

Ramón Carretero, José Luis

Ramos Rodríguez, Alejandro

Real Fernández, Alberto

Rico García, Héctor

Riquelme Galindo, Jorge

Rivarola, Romina Noelia

Robin, Mathilde

Robles Gómez, María Laura

Roldán Aráuz, Diego Francisco

Romera Tébar, Cristina

Rosell Garrido, Patricia

Ruano Masiá, Carmen

Rubio Barber, Gemma Maria

Rucci, Ana Clara

Ruiz Molina, Liborio

Ruiz Lozano, Matías

Rumbo Rodríguez, Lorena

Sanjuán Moltó, Ignacio

Sepúlveda Torres, Robiert

Simón Albert, Raquel

Solís Calvo, Ana Magdalena

Sulzer, Christof Thomas

Tenorio Macia, Jose Carlos

Tomás López, María Baralida

Tounici, Abir

Tremiño Agulló, Rosa María

Vásconez Rubio, Oswaldo

Vázquez Vázquez, Daniel

Vázquez Pérez, Antonio

Vicente Moreno, Esther Marta

Vicente Bartolí, Eduardo

Victory Fiol, Noemí

Vives Boix, Víctor

Yang, Yang

ANEXO II 

Distribución del número máximo de premios que se pueden otorgar en los diferentes programas de doctorado en esta convocatoria:

  • DOCTORADO EN FILOSOFÍA Y LETRAS: 3
  • DOCTORADO EN TRADUCTOLOGÍA, TRADUCCIÓN PROFESIONAL Y AUDIOVISUAL: 1
  • DOCTORADO EN HUMANIDADES Y ESTUDIOS SOCIALES DE AMÉRICA LATINA: 1
  • DOCTORADO EN CIENCIAS EXPERIMENTALES Y BIOSANITARIAS: 1
  • DOCTORADO EN CIENCIA DE MATERIALES: 1
  • DOCTORADO EN BIOLOGÍA EXPERIMENTAL Y APLICADA: 1
  • DOCTORADO EN FÍSICA APLICADA A LAS CIENCIAS Y LAS TECNOLOGÍAS: 1
  • DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA SALUD: 2
  • DOCTORADO EN DERECHO: 1
  • DOCTORADO EN ECONOMÍA: 1
  • DOCTORADO EN INVESTIGACIÓN EDUCATIVA: 3
  • DOCTORADO EN AGUA Y DESARROLLO SOSTENIBLE: 1
  • DOCTORADO EN TURISMO: 1
  • DOCTORADO EN EMPRESA, ECONOMÍA Y SOCIEDAD: 1
  • DOCTORADO EN INFORMÁTICA: 2
  • DOCTORADO EN INGENIERÍA DE MATERIALES, ESTRUCTURAS Y TERRENO: CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE: 1
  • DOCTORADO EN INGENIERÍA QUÍMICA: 1

ANEXO III 

Baremos por ramas de conocimiento:

RAMA DE ARTE Y HUMANIDADES

Se seguirá el baremo publicado para la difusión de la investigación en la rama de conocimiento de arte y humanidades establecido en el POI de la Universidad de Alicante: baremo POI

Contribución de máxima puntuación: 20 puntos

En caso de que varios candidatos obtengan la misma puntación y sea necesario discriminar para poder otorgar el premio, la Comisión valorará:

1. Para los libros y capítulos de libros, posición de la editorial en SPI.

2. Para los artículos, presencia en las siguientes bases de datos: Arts & Humanities, Social Sciences, Scopus/SJR, FECYT y posición de revista (Q1, Q2, Q3, Q4). 

RAMA DE CIENCIAS

Contribución de máxima puntuación: 20 puntos

Puntuación

Tipo de mérito

20

Artículos en revistas del primer cuartil del Science Citation Index 

12

Artículos en revistas del segundo cuartil del Science Citation Index 

4

Artículos en revistas del tercer y cuarto cuartil del Science Citation Index

20

Libros*

6

Capítulos de libro*

4

Comunicaciones orales en congresos internacionales

2

Posters en congresos internacionales

2

Comunicaciones orales en congresos nacionales

1

Posters en congresos nacionales

15 

Patentes con examen previo positivo y en explotación

10

Patentes con examen previo sin explotación

*Solo se valorarán los libros y capítulos de libro de carácter científico que tengan ISBN y que se publiquen en editoriales especializadas de reconocido prestigio, en las que se pueda garantizar un riguroso proceso de selección y evaluación de los trabajos.rama de ciencias de la salud

Contribución de máxima puntuación: 20 puntos

PUNTUACIÓN

TIPO DE PUBLICACIÓN CIENTÍFICA

20

Artículo en Science Citation Index Expanded (SCIE) o Social Sciences Citation Index (SSCI) en Q1, Q2.

15

Artículo en Science Citation Index Expanded (SCIE) o Social Sciences Citation Index (SSCI) en Q3, Q4.

10

Artículos en revista indexada en los repertorios: Scimago Journal Rank, SCOPUS, Latindex, Ranking Cuiden-Citation (Index), IN-RECS, CINDOC.

20

Libros*

10

Capítulos de libro*

5

Libros**

2,5

Capítulos de libro**

*Libros de carácter científico con ISBN y que estén publicados en editoriales especializadas incluidas en el Scholarly Publishers Indicators (SPI).

**Libros de carácter científico con ISBN publicados en otras editoriales.

PUNTUACIÓN

TIPO DE PARTICIPACIÓN EN CONGRESOS

2

Congresos internacionales (ponencias, comunicaciones, poster)

1

Congresos nacionales (ponencias, comunicaciones, poster)

Las puntuaciones de cada actividad se dividirán por el número de autores de la siguiente manera. Nº de firmantes menor o igual a 6, la puntuación no se divide. Nº de firmantes de 7 a 11, la puntuación se divide por 2. Nº de firmantes igual o mayor a 12, la puntuación se divide por 3.

En caso de empate la comisión podrá valorar la posición del autor en la lista de autores de las contribuciones presentadas, las citas y la posición relativa de las revistas en el SCIE o el SSCI.

RAMA DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

  1. CIENCIAS SOCIALES:

Contribución de máxima puntuación: 100 puntos.

  • Puntuación de contribuciones por cuartiles: Puntuaciones en escala del 0 al 100.
    • ARTÍCULOS EN REVISTAS: Se tendrán en cuenta únicamente los siguientes índices: SSCI, FECYT o SCIMAGO/SCOPUS. El/la solicitante podrá escoger de entre estos índices aquel que le resulte más ventajoso.
    • LIBROS: Para evaluar los libros se tendrá en cuenta únicamente el ranking de SPI (Scholarly Publishers Indicators).
    • CAPÍTULOS DE LIBRO: Para evaluar los capítulos de libros se tendrá en cuenta únicamente el ranking de SPI (Scholarly Publishers Indicators).

PENALIZACIÓN POR NÚMERO DE AUTORES: Esta se aplica tanto a las publicaciones de libros o capítulos de libros como a las publicaciones en revistas.

  • Hasta 3 autores (3 incluido) no hay penalización.
  • 4-6 autores: 50% de la puntuación
  • 7+ autores: 33% de la puntuación.

CUARTIL

ARTÍCULOS EN REVISTAS

LIBROS

CAPÍTULO DE LIBROS

Q1

100 PUNTOS

100 PUNTOS

50 PUNTOS

Q2

75 PUNTOS

75 PUNTOS

37.5 PUNTOS

Q3

50 PUNTOS

50 PUNTOS

25 PUNTOS

Q4

25 PUNTOS

25 PUNTOS

12.5 PUNTOS

  • Participación en congresos

 

INTERNACIONAL

NACIONAL

PONENCIA O COMUNICACIÓN

25 puntos

12.5 puntos

POSTER

10 puntos

5 puntos

En la participación en congresos no se penaliza en función del número de autores, si bien el/la solicitante deberá acreditar que fue él/ella quien presentó el trabajo.

  1. CIENCIAS JURÍDICAS:

Contribución de máxima puntuación: 300 puntos.

  • Puntuación de contribuciones por cuartiles: Puntuaciones en escala del 0 al 300.
    • LIBROS: Para evaluar los libros se tendrá en cuenta únicamente el ranking de SPI (Scholarly Publishers Indicators).
    • ARTÍCULOS EN REVISTAS: Para evaluar las revistas se tendrán en cuenta únicamente los siguientes índices: CARHUS PLUS, FECYT, Ranking de Revistas de Derecho elaborado por la Conferencia de Decanos, SCIMAGO, SCOPUS, SSCI. El solicitante podrá escoger de entre estos índices aquel que le resulte más ventajoso.
    • CAPÍTULOS DE LIBRO: Para evaluar los capítulos de libro se tendrá en cuenta únicamente el ranking de SPI (Scholarly Publishers Indicators).

AUTORÍA: No se permite más de dos autores por contribución, cualquiera que sea su tipo (artículo, libro, capítulo de libro, ponencia, comunicación o poster). Cuando los autores sean dos, la puntuación será del 50%.  

CUARTIL

ARTÍCULOS EN REVISTAS

LIBROS

CAPÍTULO DE LIBROS

Q1

300 PUNTOS

100 PUNTOS

90 PUNTOS

Q2

225 PUNTOS

75 PUNTOS

65 PUNTOS

Q3

150 PUNTOS

50 PUNTOS

40 PUNTOS

Q4

75 PUNTOS

25 PUNTOS

15 PUNTOS

  • Participación en congresos

 

INTERNACIONAL

NACIONAL

PONENCIA

25 puntos

12,5 puntos

COMUNICACIÓN O POSTER

10 puntos

5 puntos

RAMA DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

1. Se tienen en cuenta los criterios de valoración de los sexenios de investigación vigentes en la fecha de convocatoria de premios extraordinarios. En concreto los criterios del área 6.1 para el programa de Ingeniería química, del área 6.2 para el programa de Informática y del área 6.3 para el programa de Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo.

2. Se considerarán las aportaciones de los dos primeros puntos del baremo de sexenios. Artículos en revistas JCR (o su equivalente en congresos clase 1 y 2 de la lista GII-GRIN-SCIE en el caso del área 6.2 de Informática y en la base de datos SJR en el caso del área 6.3 de Ingeniería y Arquitectura) y las patentes.

Contribución de máxima puntuación: 20 puntos

Puntuación

Tipo de mérito

20

Artículos en revistas del primer cuartil JCR (o SJR en Arquitectura), o congresos clase 1 en Informática

15

Artículos en revistas del segundo cuartil 

10

Artículos en revistas del tercer cuartil (o congresos clase 2 en Informática)

5

Artículos en revistas del cuarto cuartil

15

Patentes con examen previo positivo y en explotación

10

Patentes con examen previo positivo sin explotación

En caso de empate, la comisión podrá valorar la posición del autor en la lista de autores de las contribuciones presentadas, las citas y la posición relativa de las revistas en la lista JCR más reciente.