FASE LOCAL DE LA VII OLIMPIADA NACIONAL DE INGENIERÍA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Fecha de aprobación
12/12/2024
Fecha de publicación
13/12/2024
Órgano competente
Rector
Sección
Convocatorias y concursos

Título: FASE LOCAL DE LA VII OLIMPIADA NACIONAL DE INGENIERÍA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rector

Fecha de aprobación: jueves, 12 de diciembre de 2024

FASE LOCAL DE LA VII OLIMPIADA NACIONAL DE INGENIERÍA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la celebración de la Fase Local de la VII Olimpiada Nacional de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, así como la concesión de un premio, consistente en unos auriculares, a cada uno de los componentes del equipo ganador. 

Entre los objetivos de la olimpiada está comprobar la capacidad de respuesta rápida e intuición estructural de diferentes grupos de estudiantes de secundaria trabajando en equipo. Las pruebas tienen distinto grado de dificultad, pero permite conocer bien los roles de liderazgo de los/las participantes, su actitud ante un problema, la capacidad de trabajo en equipo, la adaptación a medios y herramientas de trabajo limitados, etc.

En la realización de esta olimpiada no se dejan atrás los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que constituyen un llamamiento universal a la acción para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y mejorar las vidas y las perspectivas de las personas en todo el mundo. Las seis pruebas que constituyen esta olimpiada, están relacionadas con 8 de los 17 ODS definidos en la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible por la ONU aprobada en el año 2015. Estos objetivos son:

a.    Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todas las personas

b.    Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas

c.    Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todas las personas

d.    Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todas las personas

e.    Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las personas

f.     Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación

g.    Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles

h.    Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos

i.     Alianzas para lograr los objetivos

2.  Requisitos de las Personas Beneficiarias

Pueden participar las personas que en el curso actual 2024-25, estén cursando 1º o 2º de la ESO en cualquier centro público, concertado o privado de la provincia de Alicante, y cuya edad no supere los 20 años el 1 de julio del año de la presente edición (2025). Si el estudiantado inscrito es menor de 18 años, deberá tener autorización de sus padres o tutores legales.

3.  Número y dotación de los premios.

Se concederá un único premio al equipo ganador de la fase local de la VII Olimpiada Nacional de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, consistente en cinco auriculares inalámbricos, uno para cada integrante. El valor máximo por auricular será de 43,20€ (importe que incluye las correspondientes retenciones fiscales por tratarse de pagos en especie).

4.  Plazo de presentación de solicitudes

La fecha de inicio de inscripciones será el 15 de diciembre de 2024 y el plazo de inscripción finalizará a las 23:59 horas del día 22 de diciembre de 2024. Las inscripciones se formalizarán cumplimentando el formulario contenido en el siguiente enlace

que se adjuntará al formulario electrónico

que debe ser cumplimentado por algún representante del centro educativo en el que esté matriculado el alumnado interesado.

La inscripción implica la aceptación de las bases, deliberaciones, así como la autorización del uso de la documentación gráfica generada para las labores de difusión de la actividad.

Los equipos se inscribirán con un nombre identificativo y estarán formados cada uno por 5 estudiantes pertenecientes al mismo centro de secundaria interesado en participar y, liderado por un/a profesor/a responsable del centro de secundaria al que pertenezcan los estudiantes. Un mismo centro podrá inscribir tantos equipos como considere, pero deberá de disponer de un/a profesor/a responsable por cada equipo, pues debe existir un/a profesor/a para coordinar cada equipo individualmente. La aceptación de los equipos será por orden de inscripción, teniendo preferencia un equipo por centro, pudiendo aumentar la cifra de equipos por centro en caso de que queden plazas libres.

5.    Desarrollo de las pruebas

Se proponen las siguientes pruebas que se celebrarán el día 31 de enero de 2025 en la Escuela Politécnica Superior y ganará aquel equipo que consiga la máxima puntuación global. Las pruebas son las siguientes:

Ver ANEXO

6.  Criterios de adjudicación

En cada prueba el equipo ganador tendrá 10 puntos. Se valorará con 0 puntos al equipo que resulte peor clasificado. Al resto de equipos se les otorgará la puntuación que corresponda por interpolación lineal, para obtener una puntuación entre 0 y 10 puntos. En cada una de las pruebas 1 y 2, el equipo ganador será el que tarde el mínimo de tiempo y el equipo peor clasificado será el que consuma más tiempo o agote el tiempo máximo. En la prueba 3 el equipo ganador será el que logre el mayor tiempo de infiltración y el equipo peor clasificado será el que tenga un menor tiempo de infiltración. En cada una de las pruebas 4, 5, y 6, el equipo ganador será el que realice el mayor número de tareas (puzles, contenedores y niveles, respectivamente) y el equipo peor clasificado será el que realice el menor número de tareas. En caso de empate por tiempos o tareas, los equipos obtendrán la misma puntuación.

De esta forma:

-       La fórmula en cada una de las pruebas 1 y 2 es Pi = 10 x (T - Tmáx) / (Tmín - Tmáx). Siendo Pi la puntuación en la prueba, T el tiempo consumido por el equipo valorado, Tmín el tiempo consumido por el equipo ganador y Tmáx el tiempo consumido por el equipo peor clasificado.

-       La fórmula en la prueba 3 es P3 = 10 x (T - Tmín) / (Tmáx - Tmín). Siendo P3 la puntuación en la prueba, T el tiempo logrado por el equipo valorado, Tmáx el tiempo logrado por el equipo ganador y Tmín el tiempo logrado por el equipo peor clasificado

-       La fórmula en cada una de las pruebas 4, 5 y 6 es Pi = 10 x (T - Tmín) / (Tmáx - Tmín). Siendo Pi la puntuación en la prueba, T el número de tareas completadas por el equipo valorado, Tmáx el número de tareas completadas por el equipo ganador y Tmín el número de tareas completadas por el equipo peor clasificado.

El equipo ganador de la fase local en la Universidad de Alicante será el que logre la puntuación más alta sobre un total de 60 puntos.

7.  Órgano Gestor y Comisión de valoración

7.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria es la dirección de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante y la dirección email de contacto es direccion.mastericcp@eps.ua.es. Se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia será la Secretaría de Másteres, Movilidad, Prácticas en empresa y Reconocimiento de créditos de la EPS, contacto: https://cvnet.cpd.ua.es/uaSolicitudes/Home/CreateId/?id=35.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

7.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       TITULAR: Directora o Director de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante.

-       SUPLENTE: Directora o Director del Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos en la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante.

Secretaría:

-       TITULAR: Coordinadora o Coordinador del Grado en Ingeniería Civil en la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante.

-       SUPLENTE: Secretaria o Secretario de la Comisión Académica del Grado en Ingeniería Civil en la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante.

Vocales:

-       TITULARES:

o   Decana o Decano de la demarcación en la Comunidad Valenciana del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

o   Una profesora o profesor del Área de Conocimiento de Medios Continuos y Teoría de Estructuras en la Universidad de Alicante.

-       SUPLENTE:

o   Representante Provincial en Alicante del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

o   Una profesora o profesor del Área de Conocimiento de Ingeniería de la Construcción en la Universidad de Alicante.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

8.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://eps.ua.es/es/ingenieria-civil/olimpiadas-de-ingenieria-de-caminos-canales-y-puertos.html.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

La propuesta de resolución del premio se publicará el día 31 de enero de 2025.

9.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2025SBV029 sirve de base reguladora y será incorporada la línea de subvención 2025SL en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 de la Universidad de Alicante, el cual se encuentra en proceso de elaboración y pendiente de aprobación.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 216 euros en el ejercicio 2025, será sufragada con cargo al capítulo IV 21404B0001     del presupuesto de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Alicante.  Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

10.         Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

10.1.            Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación del premio, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentra:

·         Realizar la actividad que fundamenta la concesión del premio en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada debe realizarse desde enero a diciembre de 2025.

10.2.            Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del destino del premio al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión.

Una vez comprobado el cumplimiento de dichos requisitos, la Universidad de Alicante procederá de oficio a la entrega del premio concedido, aplicándose las retenciones de rentas que, en su caso, establezca la legislación vigente.

11.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de comprobar si cumplen los requisitos establecidos en estas bases para las personas beneficiarias y para contactar con las personas que resulten premiadas en el concurso. La base de legitimación de este tratamiento se basa en que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal de la Universidad de Alicante. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada, hasta el fin del ejercicio económico 2025.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

12.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 12 de diciembre de 2024

El rector en funciones,

PD de firma, la vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

(Resolución de 3 de octubre de 2024)

Rosario Ferrer Cascales