AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER DISPONIBLE EN LA BIBLIOTECA DE ECONÓMICAS
- Fecha de aprobación
- 11/02/2025
- Fecha de publicación
- 12/02/2025
- Órgano competente
- Rectora
- Sección
- Convocatorias y concursos
Título: AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER DISPONIBLE EN LA BIBLIOTECA DE ECONÓMICAS
Sección: Convocatorias y concursos
Órgano: Rectora
Fecha de aprobación: martes, 11 de febrero de 2025
AYUDA A LA INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS QUE PLANTEEN EL ANÁLISIS Y EXPLOTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL LEGADO DE GERMÁN BERNÁCER DISPONIBLE EN LA BIBLIOTECA DE ECONÓMICAS
1. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una ayuda a la investigación para proyectos que planteen el análisis y explotación de la documentación del Legado de Germán Bernácer disponible en la Biblioteca de Económicas. Se pretende fomentar el estudio y la difusión de la obra del economista alicantino Germán Bernácer, dando a conocer el legado del que disponemos en la Universidad de Alicante y con ello desarrollar las habilidades investigadoras de los alumnos que se encuentran realizando el doctorado y/o su tesis doctoral.
2. Requisitos de las Personas Beneficiarias
Podrá solicitar esta ayuda el alumnado matriculado en algún programa de doctorado de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Alicante, que presente un proyecto de investigación relacionado con el objeto de la convocatoria, que venga avalado por un profesor tutor de la Universidad de Alicante.
3. Número y dotación de las becas.
Se concederá un número máximo de 1 ayuda de 2.000 €.
4. Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes
4.1. Plazo de presentación
El plazo de solicitud se inicia a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en BOUA y finaliza el día 24 de febrero.
4.2. Procedimiento de presentación
La documentación se presentará, a través de la e-administración, por instancia genérica dirigida a la Cátedra Germán Bernácer, con indicación de los datos de esta convocatoria.
Se adjuntará la siguiente documentación:
· Propuesta detallada del proyecto de investigación a realizar por el alumno, firmada digitalmente por un profesor de la universidad de Alicante que actuará como tutor del alumno durante el proceso de duración de la ayuda.
· Currículum vitae del alumno.
Cuando la documentación obre en poder de la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.
5. Criterios de adjudicación
La asignación de ayuda se realizará siguiendo los siguientes criterios:
1. Criterios de adjudicación: se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de grado (máximo 2 puntos), idioma inglés (máximo 1 punto) y experiencia previa en tareas de archivo y digitalización de documentos (máximo 1 punto).
2. Fórmula de Cálculo: Nota media de la calificación global del expediente de grado*2 / 10; Nivel B2 de inglés 0.50 puntos; Nivel C1 o superior de inglés: 1 punto; Experiencia previa en tareas de archivo y digitalización: 0.01 puntos por hora acreditada).
Órgano Gestor y Comisión de valoración
5.1. Órgano gestor
El órgano gestor de la convocatoria, la dirección de la Cátedra Germán Bernácer de la Universidad de Alicante, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento y acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.
La unidad administrativa de referencia, es la cátedra Germán Bernácer de la Universidad de Alicante y el contacto: catedragermanbernacer@ua.es
Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida, se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.
5.2. Comisión de valoración
La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.
La comisión tendrá la siguiente composición:
Presidencia:
- Decano/a de la Facultad de Económicas o persona que le sustituya.
Secretaría:
- Directora de la Cátedra Germán Bernácer o persona que le sustituya.
Vocales:
- Presidente del Foro de Debate Económico Germán Bernácer o persona que le sustituya
- Director/a de la Biblioteca de la Facultad de Económicas, o persona que le sustituya.
Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
6. Resolución, notificación y publicación de los resultados
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://catedragermanbernacer.ua.es/ sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.
Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.
La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 10 de marzo de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estimen pertinentes, ante el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la Rectora dictará la resolución definitiva de concesión.
7. Marco legal y presupuestario
Esta convocatoria con código 2025SBV056 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS020 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.
La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.
La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 2.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV 32804B0001 del presupuesto del departamento de Organización de Empresas, al que se encuentra vinculada la Cátedra Germán Bernácer. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.
8. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.
8.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:
1- La actividad subvencionada debe realizarse desde su inicio en 2025 hasta finales del año 2025.
Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
b) Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
c) Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
8.2. Justificación de personas beneficiarias y pago
La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida, mediante un único pago realizado por transferencia bancaria.
El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.
9. Protección de datos de carácter personal
De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.
La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.
Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.
La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html
10. Recursos
Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
En Alicante, a 10 de febrero de 2025
La rectora
P.D. el director de Relaciones y Proyectos Institucionales
(Resolución de 19 de diciembre de 2024)
Juan Llopis Taverner