PREMIOS UA:EMPRENDE SANTANDER X SPAIN AWARDS 2025 | PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Fecha de aprobación
10/03/2025
Fecha de publicación
12/03/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS UA:EMPRENDE SANTANDER X SPAIN AWARDS 2025 | PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: lunes, 10 de marzo de 2025

PREMIOS UA:EMPRENDE SANTANDER X SPAIN AWARDS 2025 | PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

En el marco del programa ua:emprende y del convenio firmado entre el Banco Santander, S.A. (en adelante, Santander) y la Universidad de Alicante, la presente convocatoria se centra en reconocer y potenciar los emprendimientos universitarios que se encuentren en fase de validación para el lanzamiento al mercado. Así, el objeto de esta convocatoria es reconocer, en régimen de concurrencia competitiva, los mejores emprendimientos surgidos en el ámbito universitario.

2.  Requisitos de participación

Podrán solicitar la participación en estos premios equipos emprendedores de la Universidad de Alicante. Se entiende por equipo emprendedor de la Universidad de Alicante aquel en el que al menos un integrante del equipo sea estudiante matriculado en la Universidad de Alicante en el curso 2024-2025; titulado o titulada de la Universidad de Alicante de los últimos cinco años o personal de la Universidad de Alicante.

Para participar en esta convocatoria deberán presentar un proyecto emprendedor innovador que cumpla con al menos uno de los siguientes requisitos:

-       Estar basado en conocimientos científicos o tecnológicos de vanguardia

-       Tener potencial disruptivo

-       Encontrarse en fase de validación con potenciales clientes.

Excepcionalmente el proyecto presentado podrá ser una empresa de reciente creación que no tenga facturación ni haya levantado financiación alguna.

En cualquier caso, los premios especificados en la base 3 de esta convocatoria serán divididos a partes iguales entre todos los integrantes del equipo emprendedor.

3.    Número y dotación de los premios

Se concederá un número máximo de tres (3) premios de 2.000 € cada uno.

4.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para la inscripción en estos premios se abrirá a partir del día siguiente a su publicación en el BOUA y finalizará:

- el 22 de abril (23:59 hora límite) de 2025 para la primera fase.

- el 7 de mayo (23:59 hora límite) de 2025 para la segunda fase.

Ambas fases son obligatorias y necesarias para que la inscripción sea válida, tal y como se especifica en el punto siguiente.

4.2. Procedimiento de presentación

Una persona del equipo actuará como representante del mismo y será quien realice la inscripción en esta convocatoria. La inscripción realizada por la persona representante del proyecto se entiende realizada por las personas que integran el equipo emprendedor. El procedimiento de presentación consta de dos fases, ambas obligatorias, con fechas límite diferentes.

Fase 1. El representante del equipo deberá inscribirse dentro de la plataforma https://www.santanderx.com  en la convocatoria "Premios Santander X Spain Awards | Proyectos Emprendedores Universitarios 2025". Se recomienda adjuntar, como información adicional, un enlace a un video de entre tres y cinco minutos de duración sobre la propuesta presentada. En caso contrario deberá adjuntarse en la Fase 2. Fecha límite 22 de abril de 2025 a las 23:59h.

Fase 2. Una vez realizada la inscripción a la que hace referencia la fase 1, las personas interesadas se inscribirán a través de UACLOUD, e-Administración, mediante instancia genérica dirigida al Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica e indicando "Premios Santander X Spain Awards | Proyectos Emprendedores Universitarios 2025". Con el objetivo de poder comprobar los requisitos de participación establecidos, en dicha instancia se adjuntará un documento donde conste la relación de las personas integrantes del equipo emprendedor haciendo constar sus datos personales y el colectivo al que pertenecen. Este documento será firmado por todos los integrantes del equipo emprendedor. Adicionalmente, en el caso de no haber adjuntado el enlace a un video de entre tres y cinco minutos en la Fase 1, la instancia también deberá incluir obligatoriamente dicho enlace. Para facilitar este trámite, puede utilizarse el borrador de documento que se encuentra en el Anexo I de esta convocatoria. Esta inscripción a través de la administración electrónica debe realizarse antes de las 23:59 del 7 de mayo de 2025.

Solo tras la inscripción en ambas fases en el orden establecido se considerará que la candidatura ha sido efectivamente presentada.

Finalizado el plazo de inscripción en la segunda fase, se publicará la lista provisional de candidaturas admitidas y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para subsanaciones.

Para cualquier duda sobre la documentación que hay que aportar o la orientación de los proyectos, las personas interesadas se pueden dirigir al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web https://uaemprende.ua.es.

5.  Criterios de adjudicación

La comisión de valoración realizará la evaluación de las candidaturas presentadas en función de los siguientes criterios:

1.    Potencial de impacto: 25 puntos.

2.    Calidad de la innovación: 15 puntos.

3.    Viabilidad: 15 puntos.

4.    Escalabilidad: 15 puntos.

5.    Ventaja competitiva: 15 puntos.

6.    Estructura del equipo: 15 puntos.

Aquellas candidaturas que superen la valoración de sesenta puntos (en adelante, "candidaturas finalistas") tendrán que realizar una presentación de su propuesta ante la comisión de valoración, para lo que serán requeridos con la suficiente antelación. Esta presentación se valorará de 1 a 100 puntos y podrá ser sustituida por el video incluido en la solicitud, a instancias de la comisión.

La adjudicación final se realizará a las tres propuestas que obtengan la mayor puntuación según los siguientes criterios ponderados:

-       Potencial de impacto: 20%

-       Escalabilidad: 20%

-       Ventaja competitiva: 20%

-       Estructura del equipo: 20%

-       Valoración de la presentación: 20%

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI de la Universidad de Alicante y su método de contacto electrónico es uaemprende@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, o persona que lo sustituya.

Secretaría:

-       Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento, o persona que lo sustituya.

Vocales:

-       Vicerrector de Estudiantes y Empleo, o persona que lo sustituya.

-       Directora del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad o persona que la sustituya.

-       Gerente del Parque Científico de Alicante o persona que lo sustituya.

-       Técnica o técnico del Servicio de Transferencia y Resultados de Investigación

-       Técnica o técnico de Centro de Empleo

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://uaemprende.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Tras finalizar la Fase 2 y recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

Una vez evaluadas las solicitudes, la comisión emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que remitirá al Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica, quien emitirá la propuesta de resolución definitiva.

Los premios podrán declararse desiertos cuando la puntuación global obtenida sea inferior a sesenta puntos.

8.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2025SBV076 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 6.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV 51.10.4B.00.01 del presupuesto del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación - OTRI. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.  Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

-       La actividad subvencionada debe realizarse en 2025.

-       Facilitar cuanta información les sea requerida.

-       Cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La justificación del destino de los premios al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. Los premios se harán efectivos en un único pago.

10.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 10 de marzo de 2025

La rectora

P.D. de firma, VICERRECTORA DE TRANSFERENCIA, EMPRENDIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

María Jesús Pastor Llorca 

Anexo I - Borrador de documento a adjuntar en la fase 2 de inscripción (base 4.2)

En relación a la participación en la convocatoria Premios ua:emprende Santander X Spain Awards 2025 | Proyectos de Emprendimiento, de la Universidad de Alicante, las personas, abajo firmantes, se reconocen como integrantes del equipo emprendedor con el proyecto [INCLUIR NOMBRE DEL PROYECTO] y participantes, todas y cada una de ellas, en la presente convocatoria.

Para que conste, a los efectos oportunos, firman el presente documento.

[Incluir relación de participantes y su firma. Identificar a la persona con: DNI; nombre y apellidos; colectivo. El colectivo podrá ser: personal UA (identificar tipo); titulada o titulado UA; estudiante; otros; en el caso de otros se pide especificar]

[Indicar enlace al video de la propuesta en caso de no haber sido entregado en Fase1]

PREMIOS UA:EMPRENDE SANTANDER X SPAIN AWARDS 2025 | PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO, DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

En el marco del programa ua:emprende y del convenio firmado entre el Banco Santander, S.A. (en adelante, Santander) y la Universidad de Alicante, la presente convocatoria se centra en reconocer y potenciar los emprendimientos universitarios que se encuentren en fase de validación para el lanzamiento al mercado. Así, el objeto de esta convocatoria es reconocer, en régimen de concurrencia competitiva, los mejores emprendimientos surgidos en el ámbito universitario.

2.  Requisitos de participación

Podrán solicitar la participación en estos premios equipos emprendedores de la Universidad de Alicante. Se entiende por equipo emprendedor de la Universidad de Alicante aquel en el que al menos un integrante del equipo sea estudiante matriculado en la Universidad de Alicante en el curso 2024-2025; titulado o titulada de la Universidad de Alicante de los últimos cinco años o personal de la Universidad de Alicante.

Para participar en esta convocatoria deberán presentar un proyecto emprendedor innovador que cumpla con al menos uno de los siguientes requisitos:

-       Estar basado en conocimientos científicos o tecnológicos de vanguardia

-       Tener potencial disruptivo

-       Encontrarse en fase de validación con potenciales clientes.

Excepcionalmente el proyecto presentado podrá ser una empresa de reciente creación que no tenga facturación ni haya levantado financiación alguna.

En cualquier caso, los premios especificados en la base 3 de esta convocatoria serán divididos a partes iguales entre todos los integrantes del equipo emprendedor.

3.    Número y dotación de los premios

Se concederá un número máximo de tres (3) premios de 2.000 € cada uno.

4.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para la inscripción en estos premios se abrirá a partir del día siguiente a su publicación en el BOUA y finalizará:

- el 22 de abril (23:59 hora límite) de 2025 para la primera fase.

- el 7 de mayo (23:59 hora límite) de 2025 para la segunda fase.

Ambas fases son obligatorias y necesarias para que la inscripción sea válida, tal y como se especifica en el punto siguiente.

4.2. Procedimiento de presentación

Una persona del equipo actuará como representante del mismo y será quien realice la inscripción en esta convocatoria. La inscripción realizada por la persona representante del proyecto se entiende realizada por las personas que integran el equipo emprendedor. El procedimiento de presentación consta de dos fases, ambas obligatorias, con fechas límite diferentes.

Fase 1. El representante del equipo deberá inscribirse dentro de la plataforma https://www.santanderx.com  en la convocatoria "Premios Santander X Spain Awards | Proyectos Emprendedores Universitarios 2025". Se recomienda adjuntar, como información adicional, un enlace a un video de entre tres y cinco minutos de duración sobre la propuesta presentada. En caso contrario deberá adjuntarse en la Fase 2. Fecha límite 22 de abril de 2025 a las 23:59h.

Fase 2. Una vez realizada la inscripción a la que hace referencia la fase 1, las personas interesadas se inscribirán a través de UACLOUD, e-Administración, mediante instancia genérica dirigida al Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica e indicando "Premios Santander X Spain Awards | Proyectos Emprendedores Universitarios 2025". Con el objetivo de poder comprobar los requisitos de participación establecidos, en dicha instancia se adjuntará un documento donde conste la relación de las personas integrantes del equipo emprendedor haciendo constar sus datos personales y el colectivo al que pertenecen. Este documento será firmado por todos los integrantes del equipo emprendedor. Adicionalmente, en el caso de no haber adjuntado el enlace a un video de entre tres y cinco minutos en la Fase 1, la instancia también deberá incluir obligatoriamente dicho enlace. Para facilitar este trámite, puede utilizarse el borrador de documento que se encuentra en el Anexo I de esta convocatoria. Esta inscripción a través de la administración electrónica debe realizarse antes de las 23:59 del 7 de mayo de 2025.

Solo tras la inscripción en ambas fases en el orden establecido se considerará que la candidatura ha sido efectivamente presentada.

Finalizado el plazo de inscripción en la segunda fase, se publicará la lista provisional de candidaturas admitidas y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para subsanaciones.

Para cualquier duda sobre la documentación que hay que aportar o la orientación de los proyectos, las personas interesadas se pueden dirigir al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web https://uaemprende.ua.es.

5.  Criterios de adjudicación

La comisión de valoración realizará la evaluación de las candidaturas presentadas en función de los siguientes criterios:

1.    Potencial de impacto: 25 puntos.

2.    Calidad de la innovación: 15 puntos.

3.    Viabilidad: 15 puntos.

4.    Escalabilidad: 15 puntos.

5.    Ventaja competitiva: 15 puntos.

6.    Estructura del equipo: 15 puntos.

Aquellas candidaturas que superen la valoración de sesenta puntos (en adelante, "candidaturas finalistas") tendrán que realizar una presentación de su propuesta ante la comisión de valoración, para lo que serán requeridos con la suficiente antelación. Esta presentación se valorará de 1 a 100 puntos y podrá ser sustituida por el video incluido en la solicitud, a instancias de la comisión.

La adjudicación final se realizará a las tres propuestas que obtengan la mayor puntuación según los siguientes criterios ponderados:

-       Potencial de impacto: 20%

-       Escalabilidad: 20%

-       Ventaja competitiva: 20%

-       Estructura del equipo: 20%

-       Valoración de la presentación: 20%

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI de la Universidad de Alicante y su método de contacto electrónico es uaemprende@ua.es.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, o persona que lo sustituya.

Secretaría:

-       Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento, o persona que lo sustituya.

Vocales:

-       Vicerrector de Estudiantes y Empleo, o persona que lo sustituya.

-       Directora del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad o persona que la sustituya.

-       Gerente del Parque Científico de Alicante o persona que lo sustituya.

-       Técnica o técnico del Servicio de Transferencia y Resultados de Investigación

-       Técnica o técnico de Centro de Empleo

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://uaemprende.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Tras finalizar la Fase 2 y recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación.

Una vez evaluadas las solicitudes, la comisión emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que remitirá al Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica, quien emitirá la propuesta de resolución definitiva.

Los premios podrán declararse desiertos cuando la puntuación global obtenida sea inferior a sesenta puntos.

8.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2024SBV076 sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2024LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 6.000 euros será sufragada con cargo al capítulo IV 51.10.4B.00.01 del presupuesto del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación - OTRI. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.  Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

Las obligaciones de los beneficiarios de esta convocatoria son:

-       La actividad subvencionada debe realizarse en 2025.

-       Facilitar cuanta información les sea requerida.

-       Cumplir, en su caso, los deberes que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La justificación del destino de los premios al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la adjudicación.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. Los premios se harán efectivos en un único pago.

10.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal.

Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede Electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 10 de marzo de 2025

La rectora

P.D. de firma, VICERRECTORA DE TRANSFERENCIA, EMPRENDIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

María Jesús Pastor Llorca 

Anexo I - Borrador de documento a adjuntar en la fase 2 de inscripción (base 4.2)

En relación a la participación en la convocatoria Premios ua:emprende Santander X Spain Awards 2025 | Proyectos de Emprendimiento, de la Universidad de Alicante, las personas, abajo firmantes, se reconocen como integrantes del equipo emprendedor con el proyecto [INCLUIR NOMBRE DEL PROYECTO] y participantes, todas y cada una de ellas, en la presente convocatoria.

Para que conste, a los efectos oportunos, firman el presente documento.

[Incluir relación de participantes y su firma. Identificar a la persona con: DNI; nombre y apellidos; colectivo. El colectivo podrá ser: personal UA (identificar tipo); titulada o titulado UA; estudiante; otros; en el caso de otros se pide especificar]

[Indicar enlace al video de la propuesta en caso de no haber sido entregado en Fase1]