CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL CINCUENTENARIO

Fecha de aprobación
03/04/2025
Fecha de publicación
07/04/2025
Órgano competente
Facultad de Filosofía y Letras
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL CINCUENTENARIO

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Facultad de Filosofía y Letras

Fecha de aprobación: jueves, 3 de abril de 2025

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL CINCUENTENARIO

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es fomentar la participación de los departamentos adscritos a la Facultad en el programa de actividades de la celebración del cincuentenario.

2.  Requisitos de las solicitudes y de las actividades

·         Podrán solicitar esta ayuda las directoras o directores de los departamentos adscritos a la Facultad de Filosofía y Letras.

·         Sólo se admitirá una solicitud por departamento. La presentación de dos o más solicitudes conllevará la exclusión de todas ellas.

·         La solicitud contendrá una única actividad.

·         Los contenidos de la actividad han tener una relación directa con el cincuentenario de la Facultad de Filosofía y Letras.

·         La actividad se podrá desarrollar a través de diversos formatos, incluyendo conferencias, mesas redondas, concursos, debates, cronología de hitos, encuentros, entre otros.

·         La actividad se realizará dentro del periodo temporal que va de octubre de 2025 a mayo de 2026.

3.  Número y dotación de las ayudas.

Se establece un número máximo de 10 ayudas a razón de una ayuda de un máximo de 400€ por departamento. Se asignará la máxima dotación de 400€ siempre y cuando los gastos reflejados en el presupuesto que se adjunte a la solicitud, justifiquen gastos iguales o superiores a esa cantidad. En caso contrario, la ayuda alcanzará el importe de los gastos reales de la actividad.

4.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOUA hasta el 30 de junio de 2025.

No se aceptarán solicitudes que no se ajustan a las condiciones que establecen estos plazos.

4.2. Procedimiento de presentación

La solicitud se dirigirá al Decanato de la Facultad de Filosofía y Letras mediante el formulario que se puede encontrar en este enlace https://cvnet.cpd.ua.es/uaCuestionarios/acceso/preguntas.aspx?idcuestionario=215022&idioma=es, con indicación de los datos de esta convocatoria. En dicho formulario se adjuntará, en los apartados correspondientes, la siguiente documentación requerida para obtener la ayuda:

·         Certificación de la aprobación en Consejo de departamento de la actividad propuesta.

·         Programa detallado de la actividad

·         Previsión detallada del presupuesto de la actividad

Cuando la documentación obre en poder la Universidad de Alicante, debe indicarse la unidad administrativa que la generó o en la que fue presentada.

5.  Criterios de adjudicación

Se adjudicará la ayuda a aquellas solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en el punto 2 de esta convocatoria y hayan presentado en plazo la solicitud y documentación requerida.

6.  Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria será el decanato de la Facultad de Filosofía y Letras que se encargará de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, será el decanato (dega.lletres@ua.es).

6.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración tendrá la siguiente composición:

Presidencia:

-       El decano o persona que le sustituya.

Secretaría:

-       La vicedecana de Cultura, Comunicación y Promoción del valenciano o persona que le sustituya.

Vocales:

-       La vicedecana de Ordenación Académica o persona que le sustituya.

-       La responsable de la Administración del Centro o persona que le sustituya.

Los miembros de la comisión de valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

7.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://lletres.ua.es/es/cincuentenario/cincuentenario-de-la-facultad-de-filosofia-y-letras.html sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

Transcurrido el plazo de subsanación, la comisión estudiará las alegaciones presentadas y elaborará y publicará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

La comisión de valoración se reunirá entre el 1 y el 11 de julio de 2025 para realizar el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración y la resolución provisional de las ayudas.

A partir del día siguiente a la publicación provisional de las ayudas, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Tras la valoración de la solicitud, el decano de la Facultad dictará la resolución definitiva de la concesión.

8.  Marco legal y presupuestario

La dotación máxima de esta convocatoria es de 4000 euros, y se encuentra consignada en la aplicación 20.10.2G.00.01 del Capítulo 2 de créditos del presupuesto de la Facultad de Filosofía y Letras. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

La concesión de las ayudas estará limitada a la disponibilidad presupuestaria anual y a una cantidad de 400 € por departamento de la Facultad.

La ayuda obtenida para una actividad a través de esta convocatoria será incompatible con las que regula la Convocatoria de ayudas de la Facultad de Filosofía y Letras para actividades culturales, académicas y científicas.

La dotación asignada a cada ayuda se ajustará, en sus principios generales, al que se dispone en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y al que establece esta convocatoria.

9.  Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias.

La participación en esta convocatoria conllevará el compromiso del departamento en la realización de la actividad en la fecha y contenido indicados.

Las personas beneficiarias tendrán que utilizar en la publicidad derivada de estas actividades, la plantilla disponible en https://lletres.ua.es/es/cincuentenario/convocatoria-ayudas-actividades-cincuentenario-para-departamentos.html

Además, tendrán que enviar, con una antelación mínima de una semana de la celebración de la actividad, las pruebas de la publicidad (cartel anunciador, díptico, etc.) con el formulario https://cvnet.cpd.ua.es/uacuestionarios/preguntas.aspx?idcuestionario=5683&idioma=es con el objetivo que se publique en la agenda cultural de la Facultad de Filosofía y Letras, así como en el programa de actividades del Cincuentenario.

El incumplimiento de estas condiciones implicará la pérdida de la ayuda.

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión.

El pago de estas ayudas se realizará mediante traspaso interno de crédito al capítulo 2G del departamento correspondiente.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la ayuda y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10.         Protección de datos de carácter personal

En conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con el fin de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria de ayudas para la organización de actividades relacionadas con el cincuentenario de la Facultad de Filosofía y Letras.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos en la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en la solicitud de participación en esta.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta no agotan la vía administrativa, por lo que podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la rectora como órgano competente para resolverlo. 

En Alicante, a 3 de abril de 2025 

Decano de la Facultad de Filosofía y Letras

José María Ferri Coll