PREMIOS IMPULSO A INICIATIVAS EMPRESARIALES INNOVADORAS 2025

Fecha de aprobación
04/04/2025
Fecha de publicación
07/04/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Título: PREMIOS IMPULSO A INICIATIVAS EMPRESARIALES INNOVADORAS 2025

Sección: CONVOCATORIAS Y CONCURSOS

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: viernes, 4 de abril de 2025

PREMIOS IMPULSO A INICIATIVAS EMPRESARIALES INNOVADORAS 2025

UNIVERSIDAD DE ALICANTE

BASES

1. OBJETO.

En el marco del programa institucional ua:emprende, la Universidad de Alicante (UA) y la Fundación Parque Científico de Alicante de la Comunitat Valenciana (FPCA), convocan la XIV Edición de los Premios IMPULSO, como una muestra clara de su apuesta por la innovación y la transferencia de conocimiento a la sociedad. 

Así, con el objeto de fomentar el espíritu emprendedor entre la comunidad universitaria y promover la creación de empresas, esta convocatoria premiará las iniciativas empresariales más innovadoras y sostenibles surgidas de la comunidad universitaria.

2. DEFINICIONES.

A los efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

-       PDI: personal docente e investigador de la UA.

-       Doctoras y doctores: personas que han obtenido su título de doctora o doctor por la UA con posterioridad al año 2019.

-       Estudiantado: personas matriculadas en enseñanzas oficiales de la UA en el curso 2024-2025.

-       Tituladas y titulados: personas que han obtenido una titulación oficial de la UA con posterioridad a 2019.

3. PERSONAS BENEFICIARIAS. QUIÉN PUEDE PARTICIPAR.

Podrán ser solicitantes en esta convocatoria PDI, doctoras y doctores, estudiantado, tituladas y titulados. Los premios en metálico serán percibidos por las personas físicas solicitantes, dividiendo el premio en metálico a partes iguales entre todos ellos, o por la empresa constituida, de acuerdo a lo especificado en la base quinta.

4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN.

Las MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN serán dos:

Modalidad SpinOff: Podrán presentarse a esta modalidad PDI, doctoras y doctores o estudiantado de doctorado con un proyecto empresarial cuyo objeto sea la explotación comercial de resultados de investigación de la UA a través de la creación de una empresa que cumpla las condiciones para ser aprobada como Empresa de Base Tecnológica de la UA.

Modalidad StartUp: Podrán presentarse a esta modalidad estudiantado, tituladas o titulados con un proyecto empresarial.

Las propuestas podrán ser presentadas de forma individual o colectiva. La propuesta presentada corresponderá a un proyecto en vías de desarrollo o a una empresa ya constituida solo en el caso de que su fecha de constitución sea posterior al 1 de mayo de 2024.

5. NÚMERO Y DOTACIÓN DE LOS PREMIOS.

Esta convocatoria consta de distintos premios a cargo de la UA, la FPCA y otras entidades.

En concreto, los premios que otorga la UA son los siguientes:

-       premio IMPULSO UA,

-       premio Transformación Digital,

-       premio Accesibilidad,

-       premio Emprendimiento Social,

-       premio Cátedra Germán Bernácer.

Por su parte, la FPCA otorga el premio IMPULSO FPCA.

Los premios Emprendimiento Femenino y JOVEMPA son otorgados, respectivamente, por la Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la Provincia de Alicante (AEPA) y la Asociación de Jóvenes Empresarios de la Provincia de Alicante (JOVEMPA).

La no comparecencia a la entrega de premios en el lugar y fecha indicados, salvo causa justificada previamente, supondrá la no concesión del premio que haya sido otorgado quedando este desierto en la categoría que corresponda.

La Universidad de Alicante pone a disposición de los participantes la posibilidad de recibir tutorización para madurar las ideas y preparar su participación en los Premios IMPULSO. Para tener acceso a esta tutorización los participantes deberán enviar un email a uaemprende@ua.es indicando su interés por participar en los premios.

A continuación, se detalla cada uno de los premios.

i.        Premio IMPULSO UA

Modalidad SpinOff. Premio de hasta 12.000 € para un máximo de dos proyectos. El número de premios y la asignación de la cuantía final a cada premio dependerá de la evaluación obtenida por los proyectos, si bien ninguno recibirá más de 8.000 €, según lo especificado en el punto 8 de esta convocatoria.

El premio se hará efectivo cuando se constituya la empresa siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses contados desde el día siguiente al de la comunicación del fallo del jurado. Excepcionalmente este plazo podrá ser ampliado cuando se justifique la imposibilidad de la constitución de la empresa en el plazo establecido.

Modalidad StartUp. Dos premios de 2.000 € cada uno.

ii.        Premio IMPULSO FPCA

Dos premios de 3.000 € en la Modalidad SpinOff y dos premios de 2.000 € en la Modalidad StartUp a los proyectos que hayan sido galardonados con el premio IMPULSO UA. Estos premios se otorgarán a la empresa una vez que se vincule al Parque Científico de Alicante, como empresa constituida y siempre que no hayan transcurrido más de veinticuatro meses contados desde el día siguiente al de la comunicación del fallo del jurado.

Además, el premio IMPULSO FPCA incluye, para cada uno de los proyectos ganadores en Modalidad SpinOff y Modalidad StartUp, el uso de hasta cuatro puestos de trabajo en el espacio colaborativo Innospace del edificio PCA, desde la comunicación del premio hasta que se constituya la empresa, con el mismo plazo máximo de veinticuatro meses y el seguimiento y acompañamiento por parte de un técnico del Parque Científico

iii.        Premio Transformación Digital

El Vicerrectorado de Transformación Digital otorgará un premio de 1.500 € al proyecto más innovador que suponga una Transformación Digital efectiva, creando valor diferencial gracias al uso de las tecnologías digitales.

iv.        Premio Accesibilidad

El Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo otorgará un premio de 1.500 € al proyecto que, de forma evidente, haya contemplado la accesibilidad, ya sea a nivel de productos, servicios, personas o entidades, como característica esencial del mismo.

v.        Premio Emprendimiento Social de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA

La Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA otorgará un premio de 1.500 € al proyecto que sea susceptible de generar un mayor impacto social positivo; dicho proyecto deberá tener entre sus objetivos tanto la solución de necesidades sociales detectadas en su entorno, como la sostenibilidad a todos los niveles. Los promotores de la iniciativa premiada tendrán que presentar a la cátedra una memoria de las actividades a realizar con el importe del premio en el plazo máximo de 3 meses desde la comunicación del premio para que este se haga efectivo.

vi.        Premio Cátedra Germán Bernácer de la UA

Por su parte, la Cátedra Germán Bernácer de la UA ofrecerá a los proyectos premiados en cada modalidad servicios de mentorización y tutorización durante un periodo de 6 meses. Los proyectos premiados tendrán un plazo de 12 meses para iniciar el disfrute de dichos servicios, a contar desde el día siguiente al de la notificación del fallo del jurado. Estos servicios serán ofrecidos por despachos profesionales socios del Foro de Debate Económico Germán Bernácer.

vii.        Premio Emprendimiento Femenino

La Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la Provincia de Alicante (AEPA) otorgará un premio de 1.000 € al mejor proyecto empresarial impulsado por mujeres.

viii.        Premio JOVEMPA

La Asociación de Jóvenes Empresarios de la Provincia de Alicante (JOVEMPA) otorgará un premio a uno de los proyectos participantes consistente en:

- Acompañamiento y mentorización hasta la puesta en marcha de la empresa o durante un máximo de dos años.

- Acceso gratuito a uno de los integrantes del equipo a todos los eventos que organice JOVEMPA durante dos años, que requieran el pago de una inscripción. 

- Pago de la cuota de asociado a JOVEMPA durante dos años a una persona del equipo, aunque la empresa no esté constituida. 

Tal y como se especifica en la base tercera, los premios en metálico serán percibidos por la persona física solicitante (o las personas físicas solicitantes dividiendo el premio en metálico a partes iguales entre todos ellos), para lo que, llegado el momento, tendrá que proporcionar una cuenta bancaria en la que percibir el premio. Este procedimiento será de aplicación a todos los premios excepto al Premio IMPULSO UA modalidad SpinOff y Premio IMPULSO FPCA modalidades SpinOff y StartUp donde el pago se realizará a una cuenta bancaria cuya titular sea la empresa constituida.

6. PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.

6.1 Plazo de presentación de candidaturas

El plazo de inscripción se inicia tras la publicación de la convocatoria en el BOUA y finaliza el 14 de mayo de 2025 a las 23:59. 

Concluido el plazo de presentación de candidaturas se publicará la lista provisional de candidaturas admitidas y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para subsanaciones. Transcurrido dicho plazo se publicará la lista definitiva de candidaturas admitidas. 

6.2 Procedimiento de presentación de candidaturas

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo. 

Para cualquier duda sobre la documentación a aportar o la orientación de los proyectos pueden dirigirse al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web http://uaemprende.ua.es. 

Las candidaturas se presentarán a través de la plataforma UACloud, administración electrónica, mediante el enlace «Inscripción Premios IMPULSO 2025-MODALIDAD SpinOff» o «Inscripción Premios IMPULSO 2025-MODALIDAD StartUp», según corresponda. Ambos enlaces dan acceso al formulario de inscripción donde se requiere información sobre la idea de negocio (anexo I), foto de los participantes, el modelo CANVAS (anexo II) así como un enlace a un video de una duración de entre tres y cinco minutos. Una vez se haya cumplimentado el formulario se pulsará la opción "enviar"; aparecerán los datos resumen de la documentación aportada y se deberá pulsar de nuevo sobre "enviar" para concluir con el registro electrónico de la solicitud. Es necesario realizar estos dos pasos dentro del plazo de inscripción establecido. Solo entonces se considerará presentada la candidatura. 

7. ÓRGANO INSTRUCTOR, JURADO Y UNIDAD ADMINISTRATIVA DE REFERENCIA. 

7.1 Órgano instructor

El órgano instructor será la Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica de la UA, o persona en quien delegue.

7.2 Jurado

Habrá dos jurados, uno por cada modalidad, responsables de evaluar las propuestas presentadas a las modalidades SpinOff y StartUp. 

El jurado de la modalidad SpinOff estará compuesto por: 

-       Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica de la UA, o persona que la sustituya, que actuará como presidenta. 

-       Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento de la UA, o persona que lo sustituya, que actuará como secretario. 

-       Presidente del Consejo Social de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Gerente de la Fundación Parque Científico de Alicante, o persona que lo sustituya. 

-       Representante del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig con competencias en empleo. 

-       Una técnica o técnico del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI. 

El jurado de la modalidad StartUp estará compuesto por: 

-        Vicerrector de Estudiantes y Empleo de la UA, o persona que lo sustituya, que actuará como presidente. 

-       Directora del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona que la sustituya, que actuará como secretaria. 

-       Presidente del Consejo Social de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Gerente de la Fundación Parque Científico de Alicante, o persona que lo sustituya. 

-       Representante del Ayuntamiento de Alicante con competencias en empleo. 

-       Una técnica o técnico del Centro de Empleo de la UA. 

En cuanto a los premios adicionales: Transformación Digital, Accesibilidad, Emprendimiento Social de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA, Emprendimiento femenino y JOVEMPA, su fallo corresponde a las siguientes personas: 

-       Premio Transformación Digital: Vicerrector de Transformación Digital de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Premio Accesibilidad: Vicerrector de Estudiantes y Empleo de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Premio Emprendimiento Social: Representante de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA.

-       Premio Emprendimiento Femenino: Representante de AEPA.

-       Premio JOVEMPA: Representante de JOVEMPA.

Las anteriores personas, encargadas de dirimir los premios adicionales, no tendrán voto lo que respecta a las modalidades SpinOff y StartUp, si bien podrán tener voz. 

Con el objeto de aclarar cualquier cuestión relativa al proyecto presentado, las candidatas y candidatos podrán ser requeridos para realizar una presentación ante el Jurado que corresponda según la modalidad. La fecha concreta será comunicada a la persona representante del proyecto con suficiente antelación. 

Será prerrogativa del Jurado el cambio de modalidad de cualquier candidatura, en cualquier momento. 

Los miembros del Jurado firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI). 

7.3 Unidad administrativa

La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI de la Universidad de Alicante y su método de contacto electrónico es uaemprende@ua.es 

8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Las propuestas serán evaluadas sobre un total de 100 puntos, según los siguientes criterios, valorados cada uno de ellos de 1 a 20 puntos: 

A.   Potencial de impacto y viabilidad.

B.   Potencial de escalabilidad y grado de desarrollo.

C.   Carácter innovador de la propuesta y ventaja competitiva.

D.   Idoneidad del equipo promotor.

E.   Valoración de la presentación. 

Una vez evaluadas las solicitudes, el Jurado emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que remitirá al Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, quien emitirá la propuesta de resolución definitiva. 

Los premios podrán declararse desiertos cuando la puntuación global obtenida sea inferior a sesenta puntos. 

En lo que respecta al premio IMPULSO UA, para determinar el número de premios finales y su cuantía se procederá de la siguiente manera:

-       Se otorgarán un máximo de dos premios.

-       Se considerarán las dos candidaturas que hayan obtenido una mayor puntuación, según los criterios de adjudicación.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es superior a 20 puntos, se otorgará un único premio de 8.000 € a la candidatura con mayor puntuación.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es superior a 10 puntos, pero inferior a 20 puntos, se otorgarán dos premios: uno de 7.000 €, para la candidatura con mayor puntuación, y otro de 5.000 € para la siguiente candidatura.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es inferior a 10 puntos, se otorgarán dos premios de 6.000 € cada uno a las dos primeras candidaturas. 

La adjudicación de los premios se hará pública en un acto abierto que tendrá lugar, previsiblemente, el 12 de junio de 2025. La no comparecencia a dicho acto dará lugar a la pérdida del premio. 

Las candidaturas que consigan un premio de mentorización y acompañamiento y premio JOVEMPA, deberán aceptar el premio explícitamente y comprometerse a trabajar en el proyecto conjuntamente con la entidad que otorga el premio. De no ser así, las entidades involucradas se reservan el derecho a conceder el premio a otra candidatura. 

9. MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO. 

Esta convocatoria, con código 2025SBV093, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025SL024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante. 

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

La dotación máxima, en lo que respecta a la Universidad de Alicante es de 20.500 €, consignados de la siguiente forma: 12.000 € en la clave orgánica 10904E0001 del Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica; 5.500 € en la 10504B0003 del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo; 1.500 € en la 10704B0001 del Vicerrectorado de Transformación Digital; 1.500 € en la 20304B0002 de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA.

La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. 

Adicionalmente, esta convocatoria incluye premios de la FPCA, que incluye una dotación máxima en su presupuesto de 10.000 €. 

Por su parte, la Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la provincia de Alicante (AEPA) concede un premio de 1.000 €. 

Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. 

10. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

10.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

La actividad subvencionada debe realizarse en 2025.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

10.2 Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. Los premios se harán efectivos en un único pago.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.                                

La participación en este concurso supone la total aceptación de las bases, que podrán ser interpretadas por los jurados en aquellos aspectos no previstos en las mismas.

11. PUBLICACIONES.

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web http://uaemprende.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

12. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.

La información aportada por las personas participantes será considerada confidencial.

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

13. RECURSOS. 

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 4 de abril de 2025

La rectora, 

P.D. de firma, la vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica.

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

María Jesús Pastor Llorca

__________

Anexo I. Información requerida en el formulario de inscripción.

En el formulario de inscripción habilitado se requerirá información referente a los siguientes puntos:

- Título del proyecto.

- Información sobre la empresa constituida, si es el caso.

- Resumen del proyecto empresarial presentado.

- Premios adicionales a los que concurre dentro de esta convocatoria.

- Miembros del equipo y persona representante del proyecto.

- Experiencia empresarial del equipo.

- Origen del proyecto.

- Indicar si existen derechos de propiedad industrial e intelectual.

- Necesidad o problema al que responde el proyecto.

- Mercado al que se dirige (sectores, segmentos de cliente, competencia).

- Ventaja competitiva.

- Grado de desarrollo.

- Previsiones gastos e ingresos primer año.

- Puntos fuertes y débiles del proyecto.

- Foto de los integrantes el equipo, individual o conjunta, de calidad (mínima resolución 2000x2000 megapixels)

- Enlace a un vídeo de entre tres y cinco minutos explicando el proyecto de forma que el jurado pueda evaluarlo.

Además, el solicitante se hace responsable de la documentación enviada (conformidad del resto del equipo, autoría e información fidedigna)

__________

Anexo II. Modelo CANVAS (Business Model Canvas)

El Business Model Canvas es una herramienta utilizada para definir modelos de negocio de manera esquemática. Consta de 9 bloques:

1.    Propuesta de valor.

2.    Segmentos de clientes.

3.    Canales.

4.    Relaciones con los clientes.

5.    Estructura de ingresos.

6.    Recursos clave.

7.    Actividades clave.

8.    Socios clave.

9.    Estructura de costes.

Esta herramienta está bien documentada y se encuentran con facilidad plantillas que facilitan su cumplimentación. Para cualquier duda, se puede enviar un mail a uaemprende@ua.es al respecto.

PREMIOS IMPULSO A INICIATIVAS EMPRESARIALES INNOVADORAS 2025

UNIVERSIDAD DE ALICANTE

BASES

1. OBJETO.

En el marco del programa institucional ua:emprende, la Universidad de Alicante (UA) y la Fundación Parque Científico de Alicante de la Comunitat Valenciana (FPCA), convocan la XIV Edición de los Premios IMPULSO, como una muestra clara de su apuesta por la innovación y la transferencia de conocimiento a la sociedad. 

Así, con el objeto de fomentar el espíritu emprendedor entre la comunidad universitaria y promover la creación de empresas, esta convocatoria premiará las iniciativas empresariales más innovadoras y sostenibles surgidas de la comunidad universitaria.

2. DEFINICIONES.

A los efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

-       PDI: personal docente e investigador de la UA.

-       Doctoras y doctores: personas que han obtenido su título de doctora o doctor por la UA con posterioridad al año 2019.

-       Estudiantado: personas matriculadas en enseñanzas oficiales de la UA en el curso 2024-2025.

-       Tituladas y titulados: personas que han obtenido una titulación oficial de la UA con posterioridad a 2019.

3. PERSONAS BENEFICIARIAS. QUIÉN PUEDE PARTICIPAR.

Podrán ser solicitantes en esta convocatoria PDI, doctoras y doctores, estudiantado, tituladas y titulados. Los premios en metálico serán percibidos por las personas físicas solicitantes, dividiendo el premio en metálico a partes iguales entre todos ellos, o por la empresa constituida, de acuerdo a lo especificado en la base quinta.

4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN.

Las MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN serán dos:

Modalidad SpinOff: Podrán presentarse a esta modalidad PDI, doctoras y doctores o estudiantado de doctorado con un proyecto empresarial cuyo objeto sea la explotación comercial de resultados de investigación de la UA a través de la creación de una empresa que cumpla las condiciones para ser aprobada como Empresa de Base Tecnológica de la UA.

Modalidad StartUp: Podrán presentarse a esta modalidad estudiantado, tituladas o titulados con un proyecto empresarial.

Las propuestas podrán ser presentadas de forma individual o colectiva. La propuesta presentada corresponderá a un proyecto en vías de desarrollo o a una empresa ya constituida solo en el caso de que su fecha de constitución sea posterior al 1 de mayo de 2024.

5. NÚMERO Y DOTACIÓN DE LOS PREMIOS.

Esta convocatoria consta de distintos premios a cargo de la UA, la FPCA y otras entidades.

En concreto, los premios que otorga la UA son los siguientes:

-       premio IMPULSO UA,

-       premio Transformación Digital,

-       premio Accesibilidad,

-       premio Emprendimiento Social,

-       premio Cátedra Germán Bernácer.

Por su parte, la FPCA otorga el premio IMPULSO FPCA.

Los premios Emprendimiento Femenino y JOVEMPA son otorgados, respectivamente, por la Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la Provincia de Alicante (AEPA) y la Asociación de Jóvenes Empresarios de la Provincia de Alicante (JOVEMPA).

La no comparecencia a la entrega de premios en el lugar y fecha indicados, salvo causa justificada previamente, supondrá la no concesión del premio que haya sido otorgado quedando este desierto en la categoría que corresponda.

La Universidad de Alicante pone a disposición de los participantes la posibilidad de recibir tutorización para madurar las ideas y preparar su participación en los Premios IMPULSO. Para tener acceso a esta tutorización los participantes deberán enviar un email a uaemprende@ua.es indicando su interés por participar en los premios.

A continuación, se detalla cada uno de los premios.

i.        Premio IMPULSO UA

Modalidad SpinOff. Premio de hasta 12.000 € para un máximo de dos proyectos. El número de premios y la asignación de la cuantía final a cada premio dependerá de la evaluación obtenida por los proyectos, si bien ninguno recibirá más de 8.000 €, según lo especificado en el punto 8 de esta convocatoria.

El premio se hará efectivo cuando se constituya la empresa siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses contados desde el día siguiente al de la comunicación del fallo del jurado. Excepcionalmente este plazo podrá ser ampliado cuando se justifique la imposibilidad de la constitución de la empresa en el plazo establecido.

Modalidad StartUp. Dos premios de 2.000 € cada uno.

ii.        Premio IMPULSO FPCA

Dos premios de 3.000 € en la Modalidad SpinOff y dos premios de 2.000 € en la Modalidad StartUp a los proyectos que hayan sido galardonados con el premio IMPULSO UA. Estos premios se otorgarán a la empresa una vez que se vincule al Parque Científico de Alicante, como empresa constituida y siempre que no hayan transcurrido más de veinticuatro meses contados desde el día siguiente al de la comunicación del fallo del jurado.

Además, el premio IMPULSO FPCA incluye, para cada uno de los proyectos ganadores en Modalidad SpinOff y Modalidad StartUp, el uso de hasta cuatro puestos de trabajo en el espacio colaborativo Innospace del edificio PCA, desde la comunicación del premio hasta que se constituya la empresa, con el mismo plazo máximo de veinticuatro meses y el seguimiento y acompañamiento por parte de un técnico del Parque Científico

iii.        Premio Transformación Digital

El Vicerrectorado de Transformación Digital otorgará un premio de 1.500 € al proyecto más innovador que suponga una Transformación Digital efectiva, creando valor diferencial gracias al uso de las tecnologías digitales.

iv.        Premio Accesibilidad

El Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo otorgará un premio de 1.500 € al proyecto que, de forma evidente, haya contemplado la accesibilidad, ya sea a nivel de productos, servicios, personas o entidades, como característica esencial del mismo.

v.        Premio Emprendimiento Social de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA

La Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA otorgará un premio de 1.500 € al proyecto que sea susceptible de generar un mayor impacto social positivo; dicho proyecto deberá tener entre sus objetivos tanto la solución de necesidades sociales detectadas en su entorno, como la sostenibilidad a todos los niveles. Los promotores de la iniciativa premiada tendrán que presentar a la cátedra una memoria de las actividades a realizar con el importe del premio en el plazo máximo de 3 meses desde la comunicación del premio para que este se haga efectivo.

vi.        Premio Cátedra Germán Bernácer de la UA

Por su parte, la Cátedra Germán Bernácer de la UA ofrecerá a los proyectos premiados en cada modalidad servicios de mentorización y tutorización durante un periodo de 6 meses. Los proyectos premiados tendrán un plazo de 12 meses para iniciar el disfrute de dichos servicios, a contar desde el día siguiente al de la notificación del fallo del jurado. Estos servicios serán ofrecidos por despachos profesionales socios del Foro de Debate Económico Germán Bernácer.

vii.        Premio Emprendimiento Femenino

La Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la Provincia de Alicante (AEPA) otorgará un premio de 1.000 € al mejor proyecto empresarial impulsado por mujeres.

viii.        Premio JOVEMPA

La Asociación de Jóvenes Empresarios de la Provincia de Alicante (JOVEMPA) otorgará un premio a uno de los proyectos participantes consistente en:

- Acompañamiento y mentorización hasta la puesta en marcha de la empresa o durante un máximo de dos años.

- Acceso gratuito a uno de los integrantes del equipo a todos los eventos que organice JOVEMPA durante dos años, que requieran el pago de una inscripción. 

- Pago de la cuota de asociado a JOVEMPA durante dos años a una persona del equipo, aunque la empresa no esté constituida. 

Tal y como se especifica en la base tercera, los premios en metálico serán percibidos por la persona física solicitante (o las personas físicas solicitantes dividiendo el premio en metálico a partes iguales entre todos ellos), para lo que, llegado el momento, tendrá que proporcionar una cuenta bancaria en la que percibir el premio. Este procedimiento será de aplicación a todos los premios excepto al Premio IMPULSO UA modalidad SpinOff y Premio IMPULSO FPCA modalidades SpinOff y StartUp donde el pago se realizará a una cuenta bancaria cuya titular sea la empresa constituida.

6. PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.

6.1 Plazo de presentación de candidaturas

El plazo de inscripción se inicia tras la publicación de la convocatoria en el BOUA y finaliza el 7 de mayo de 2025 a las 23:59.

Concluido el plazo de presentación de candidaturas se publicará la lista provisional de candidaturas admitidas y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para subsanaciones. Transcurrido dicho plazo se publicará la lista definitiva de candidaturas admitidas.

6.2 Procedimiento de presentación de candidaturas

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo. 

Para cualquier duda sobre la documentación a aportar o la orientación de los proyectos pueden dirigirse al correo uaemprende@ua.es o consultar la página web http://uaemprende.ua.es. 

Las candidaturas se presentarán a través de la plataforma UACloud, administración electrónica, mediante el enlace «Inscripción Premios IMPULSO 2025-MODALIDAD SpinOff» o «Inscripción Premios IMPULSO 2025-MODALIDAD StartUp», según corresponda. Ambos enlaces dan acceso al formulario de inscripción donde se requiere información sobre la idea de negocio (anexo I), foto de los participantes, el modelo CANVAS (anexo II) así como un enlace a un video de una duración de entre tres y cinco minutos. Una vez se haya cumplimentado el formulario se pulsará la opción "enviar"; aparecerán los datos resumen de la documentación aportada y se deberá pulsar de nuevo sobre "enviar" para concluir con el registro electrónico de la solicitud. Es necesario realizar estos dos pasos dentro del plazo de inscripción establecido. Solo entonces se considerará presentada la candidatura. 

7. ÓRGANO INSTRUCTOR, JURADO Y UNIDAD ADMINISTRATIVA DE REFERENCIA. 

7.1 Órgano instructor

El órgano instructor será la Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica de la UA, o persona en quien delegue.

7.2 Jurado

Habrá dos jurados, uno por cada modalidad, responsables de evaluar las propuestas presentadas a las modalidades SpinOff y StartUp. 

El jurado de la modalidad SpinOff estará compuesto por: 

-       Vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica de la UA, o persona que la sustituya, que actuará como presidenta. 

-       Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento de la UA, o persona que lo sustituya, que actuará como secretario. 

-       Presidente del Consejo Social de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Gerente de la Fundación Parque Científico de Alicante, o persona que lo sustituya. 

-       Representante del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig con competencias en empleo. 

-       Una técnica o técnico del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI. 

El jurado de la modalidad StartUp estará compuesto por: 

-        Vicerrector de Estudiantes y Empleo de la UA, o persona que lo sustituya, que actuará como presidente. 

-       Directora del Secretariado de Apoyo a Estudiantes y Empleabilidad de la UA, o persona que la sustituya, que actuará como secretaria. 

-       Presidente del Consejo Social de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Gerente de la Fundación Parque Científico de Alicante, o persona que lo sustituya. 

-       Representante del Ayuntamiento de Alicante con competencias en empleo. 

-       Una técnica o técnico del Centro de Empleo de la UA. 

En cuanto a los premios adicionales: Transformación Digital, Accesibilidad, Emprendimiento Social de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA, Emprendimiento femenino y JOVEMPA, su fallo corresponde a las siguientes personas: 

-       Premio Transformación Digital: Vicerrector de Transformación Digital de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Premio Accesibilidad: Vicerrector de Estudiantes y Empleo de la UA, o persona que lo sustituya. 

-       Premio Emprendimiento Social: Representante de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA.

-       Premio Emprendimiento Femenino: Representante de AEPA.

-       Premio JOVEMPA: Representante de JOVEMPA.

Las anteriores personas, encargadas de dirimir los premios adicionales, no tendrán voto lo que respecta a las modalidades SpinOff y StartUp, si bien podrán tener voz. 

Con el objeto de aclarar cualquier cuestión relativa al proyecto presentado, las candidatas y candidatos podrán ser requeridos para realizar una presentación ante el Jurado que corresponda según la modalidad. La fecha concreta será comunicada a la persona representante del proyecto con suficiente antelación. 

Será prerrogativa del Jurado el cambio de modalidad de cualquier candidatura, en cualquier momento. 

Los miembros del Jurado firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI). 

7.3 Unidad administrativa

La unidad administrativa de referencia que gestionará la convocatoria es el Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación-OTRI de la Universidad de Alicante y su método de contacto electrónico es uaemprende@ua.es 

8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Las propuestas serán evaluadas sobre un total de 100 puntos, según los siguientes criterios, valorados cada uno de ellos de 1 a 20 puntos: 

A.   Potencial de impacto y viabilidad.

B.   Potencial de escalabilidad y grado de desarrollo.

C.   Carácter innovador de la propuesta y ventaja competitiva.

D.   Idoneidad del equipo promotor.

E.   Valoración de la presentación. 

Una vez evaluadas las solicitudes, el Jurado emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, que remitirá al Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica, quien emitirá la propuesta de resolución definitiva. 

Los premios podrán declararse desiertos cuando la puntuación global obtenida sea inferior a sesenta puntos. 

En lo que respecta al premio IMPULSO UA, para determinar el número de premios finales y su cuantía se procederá de la siguiente manera:

-       Se otorgarán un máximo de dos premios.

-       Se considerarán las dos candidaturas que hayan obtenido una mayor puntuación, según los criterios de adjudicación.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es superior a 20 puntos, se otorgará un único premio de 8.000 € a la candidatura con mayor puntuación.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es superior a 10 puntos, pero inferior a 20 puntos, se otorgarán dos premios: uno de 7.000 €, para la candidatura con mayor puntuación, y otro de 5.000 € para la siguiente candidatura.

-       Si la diferencia entre las dos candidaturas con mayor puntuación es inferior a 10 puntos, se otorgarán dos premios de 6.000 € cada uno a las dos primeras candidaturas. 

La adjudicación de los premios se hará pública en un acto abierto que tendrá lugar, previsiblemente, el 12 de junio de 2025. La no comparecencia a dicho acto dará lugar a la pérdida del premio. 

Las candidaturas que consigan un premio de mentorización y acompañamiento y premio JOVEMPA, deberán aceptar el premio explícitamente y comprometerse a trabajar en el proyecto conjuntamente con la entidad que otorga el premio. De no ser así, las entidades involucradas se reservan el derecho a conceder el premio a otra candidatura. 

9. MARCO LEGAL Y PRESUPUESTARIO. 

Esta convocatoria, con código 2025SBV093, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025SL024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante. 

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria establece.

La dotación máxima, en lo que respecta a la Universidad de Alicante es de 20.500 €, consignados de la siguiente forma: 12.000 € en la clave orgánica 10904E0001 del Vicerrectorado de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica; 5.500 € en la 10504B0003 del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo; 1.500 € en la 10704B0001 del Vicerrectorado de Transformación Digital; 1.500 € en la 20304B0002 de la Cátedra de Responsabilidad Social de la Generalitat Valenciana en la UA.

La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. 

Adicionalmente, esta convocatoria incluye premios de la FPCA, que incluye una dotación máxima en su presupuesto de 10.000 €. 

Por su parte, la Asociación de Empresarias, Profesionales y Directivas de la provincia de Alicante (AEPA) concede un premio de 1.000 €. 

Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes. 

10. Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

10.1 Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

La actividad subvencionada debe realizarse en 2025.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

10.2 Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión. Los premios se harán efectivos en un único pago.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.                                

La participación en este concurso supone la total aceptación de las bases, que podrán ser interpretadas por los jurados en aquellos aspectos no previstos en las mismas.

11. PUBLICACIONES.

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web http://uaemprende.ua.es, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

12. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.

La información aportada por las personas participantes será considerada confidencial.

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

13. RECURSOS. 

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 4 de abril de 2025

La rectora, 

P.D. de firma, la vicerrectora de Transferencia, Emprendimiento y Divulgación Científica.

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

María Jesús Pastor Llorca

__________

Anexo I. Información requerida en el formulario de inscripción.

En el formulario de inscripción habilitado se requerirá información referente a los siguientes puntos:

- Título del proyecto.

- Información sobre la empresa constituida, si es el caso.

- Resumen del proyecto empresarial presentado.

- Premios adicionales a los que concurre dentro de esta convocatoria.

- Miembros del equipo y persona representante del proyecto.

- Experiencia empresarial del equipo.

- Origen del proyecto.

- Indicar si existen derechos de propiedad industrial e intelectual.

- Necesidad o problema al que responde el proyecto.

- Mercado al que se dirige (sectores, segmentos de cliente, competencia).

- Ventaja competitiva.

- Grado de desarrollo.

- Previsiones gastos e ingresos primer año.

- Puntos fuertes y débiles del proyecto.

- Foto de los integrantes el equipo, individual o conjunta, de calidad (mínima resolución 2000x2000 megapixels)

- Enlace a un vídeo de entre tres y cinco minutos explicando el proyecto de forma que el jurado pueda evaluarlo.

Además, el solicitante se hace responsable de la documentación enviada (conformidad del resto del equipo, autoría e información fidedigna)

__________

Anexo II. Modelo CANVAS (Business Model Canvas)

El Business Model Canvas es una herramienta utilizada para definir modelos de negocio de manera esquemática. Consta de 9 bloques:

1.    Propuesta de valor.

2.    Segmentos de clientes.

3.    Canales.

4.    Relaciones con los clientes.

5.    Estructura de ingresos.

6.    Recursos clave.

7.    Actividades clave.

8.    Socios clave.

9.    Estructura de costes.

Esta herramienta está bien documentada y se encuentran con facilidad plantillas que facilitan su cumplimentación. Para cualquier duda, se puede enviar un mail a uaemprende@ua.es al respecto.