PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE ABORDEN LOS RETOS PLANTEADOS EN EL ODS 12 PRODUCCIÓN Y CONSUMO RESPONSABLE DE LA AGENDA 2030

Fecha de aprobación
03/04/2025
Fecha de publicación
08/04/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE ABORDEN LOS RETOS PLANTEADOS EN EL ODS 12 PRODUCCIÓN Y CONSUMO RESPONSABLE DE LA AGENDA 2030

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: jueves, 3 de abril de 2025

PREMIOS A TRABAJOS FIN DE GRADO Y TRABAJOS FIN DE MÁSTER QUE ABORDEN LOS RETOS PLANTEADOS EN EL ODS 12 PRODUCCIÓN Y CONSUMO RESPONSABLE DE LA AGENDA 2030

1.  Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios ODS 12- Agenda 2030 para Trabajos de Fin de Grado (TFG) y Trabajos de Fin de Máster (TFM) defendidos en la Universidad de Alicante a lo largo del curso académico 2024/2025.

2.  Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar este premio el alumnado de la UA que:

1.    Cumpla con los plazos y demás disposiciones establecidas en la presente convocatoria.

2.    Haya defendido su TFG-TFM en la Universidad de Alicante durante el curso académico 2024/2025.

3.    Haya alcanzado, en su defensa, una nota mínima de 9.

4.    Identifique expresamente las metas específicas del ODS 12 Producción y Consumo responsables a las que concierne y trata de dar respuesta en su trabajo.

3.  Temática

El Objetivo de Desarrollo Sostenible número 12 pretende cambiar el modelo actual de producción y consumo para garantizar un consumo responsable y eficiente de los recursos naturales, así como un modelo de producción sostenible.

Los trabajos deberán centrarse en una o varias de las siguientes temáticas relacionadas con el ODS 12 de la Agenda 2030:

-       Economía circular.

-       Reducción de las pérdidas de alimentos y del desperdicio alimentario.

-       Agricultura sostenible.

-       Consumo Responsable y estilos de vida sostenibles. 

-       Reciclaje, gestión y reducción de residuos.

-       Gestión sostenible de recursos (agua, energía, materias primas, recursos terrestres).

-       Comercio justo.

-       Contratación y compra verde en las administraciones públicas.

-       Empleabilidad verde.

-       Sostenibilidad en la moda: prácticas sostenibles en la industria de la moda y su impacto ambiental.

-       Educación Ambiental: Diseño de programas educativos para concienciar sobre la importancia de la producción y consumo responsables.

-       Turismo sostenible.

Los objetivos, hipótesis o marcos metodológicos deberán reflejar explícitamente su vinculación con el ODS 12, de manera que quede integrado a lo largo de todo el trabajo y no únicamente enunciado en uno o varios apartados.

4.  Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 4 premios: Premio a un TFG y accésit, dotados de 400 y 300 euros respectivamente, y premio a un TFM y accésit, dotados de 450 y 350 euros respectivamente. El importe total de los premios concedidos en la convocatoria ascenderá a un máximo de 1500 euros.

Los premios podrán ser declarados desiertos si ninguno de los trabajos presentados reúne los requisitos suficientes para merecer su concesión. La puntuación mínima requerida para la concesión del premio es de un 7 (siendo 10 la máxima puntuación que puede obtenerse).

5.  Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

5.1. Plazo de presentación

El plazo de solicitud se inicia a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en BOUA y finaliza el día 13 de octubre de 2025 a las 23:59 h.

5.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará de forma telemática a través del trámite de Instancia Genérica disponible en la aplicación de UA-Cloud.

En el campo "EXPONE" habrá de indicarse:

-       PREMIOS A TFG Y TFM SOBRE ODS 12 AGENDA 2030.

-       Si se trata de TFG o TFM.

En el campo "SOLICITA" habrá de indicarse "Dirigido a Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social".

En el campo "DOCUMENTOS ADJUNTOS" se subirá el siguiente documento en formato PDF:

-       Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster anonimizado, sin que conste la autoría ni la tutorización.

El tamaño máximo admisible del documento es de 15 Mb.

6.  Criterios de adjudicación

Las solicitudes serán evaluadas por parte del Jurado a partir del análisis y discusión de la documentación recibida para cada una de las candidaturas.

Serán valorados los siguientes aspectos:

-              Aspectos formales del trabajo y calidad del texto escrito (máx.1 punto).

-              Referencias bibliográficas y fuentes utilizadas (máx.1 punto).

-              Vinculación del marco teórico, objetivos, hipótesis, y metodología de investigación con el ODS 12 (máx. 4 puntos).

-              Impacto previsible de las soluciones planteadas sobre las personas o sobre el entorno (máx. 4 puntos).

7.  Órgano Gestor y Comisión de valoración

7.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la persona titular del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social, es el responsable de la ordenación e instrucción del procedimiento y acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia será la Unidad de Responsabilidad Social Universitaria, contacto: unitat.rsu@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación requerida se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

7.2. Comisión de valoración

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes admitidas y elaborará el informe de valoración.

La comisión tendrá la siguiente composición, o en su caso, personas que los sustituyan:

Presidencia:

-       Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social.

Secretaría:

-       Directora de Proyectos de Responsabilidad Social Universitaria.

Vocales:

-       Dos miembros del colectivo PDI de la Universidad de Alicante elegidos en función de las áreas de conocimiento de los TFG-TFM presentados.

-       Un técnico o técnica del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán un documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI). 

8.  Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://web.ua.es/es/vr-social/responsabilidad-social-universitaria/unidad.html, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos. 

Tras recibir las solicitudes, se elaborará una relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de subsanación de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se elaborará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, que será remitida a la comisión de valoración para su evaluación. 

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 31 de octubre de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, la persona titular del rectorado dictará la resolución definitiva de concesión. 

9.  Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2025SBV108, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS018 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, en la normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de las ayudas de un máximo de 1500 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 11.40.4B.00.01 del presupuesto del Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Responsabilidad Social. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad de liquidez de la UA. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

10.         Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago.

10.1.            Obligaciones de las personas beneficiarias.

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

1- La actividad subvencionada debe realizarse durante el año 2025.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

10.2.            Justificación de las personas beneficiarias y pago

La justificación de la persona beneficiaria será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la misma. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida mediante transferencia a cada una de las personas beneficiarias por el importe el premio adjudicado en la resolución.

El incumplimiento por la persona beneficiaria de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en su resolución de concesión, podrá dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención y al reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas.

11.         Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

12.         Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Alicante, a 3 de abril 2025 

La rectora

P.D. de firma, Raúl Ruiz Callado

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

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