CONVOCATORIA DE PREMIOS "CATA DE DATOS TURÍSTICOS 2025"

Fecha de aprobación
13/05/2025
Fecha de publicación
15/05/2025
Órgano competente
Rectora
Sección
Convocatorias y concursos

Título: CONVOCATORIA DE PREMIOS "CATA DE DATOS TURÍSTICOS 2025"

Sección: Convocatorias y concursos

Órgano: Rectora

Fecha de aprobación: martes, 13 de mayo de 2025

CONVOCATORIA DE PREMIOS "CATA DE DATOS TURÍSTICOS 2025"

1.    Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, es la promoción de un concurso para fomentar la reutilización de datos abiertos en turismo a través del proyecto VirtualData (CIAICO/2022/019) financiado por la Generalitat Valenciana y del Laboratorio Universitario de Turismo Inteligente, que forma parte del convenio entre la Universidad de Alicante y el Ayuntamiento de Torrevieja para el establecimiento de la Sede de la Universidad de Alicante en Torrevieja. Este concurso, denominado "Cata de Datos Turísticos 2025" pretende dar a conocer diversos conjuntos de datos (como los existentes en https://tdata.dlsi.ua.es/), solicitando a las personas participantes que desarrollen soluciones tecnológicas a partir del análisis de estos datos, mediante el uso de técnicas de aprendizaje automático y minería de datos, siendo aplicables al destino turístico de Torrevieja y su zona de influencia.

2.    Requisitos de las Personas Beneficiarias

Podrán solicitar este premio cualquier persona física individual o grupo de personas físicas, cada uno de los cuales debe ser estudiante del Máster Universitario en Ciencia de Datos de la Universidad de Alicante en el curso 2024/2025.

3.    Número y dotación de las becas.

Se concederá un número máximo de 7 premios, distribuyendo la asignación, hasta un máximo de 1800 €, de la siguiente manera:

·         Primer premio del jurado a la mejor solución de minería de datos dotado con 600 €.

·         Segundo premio del jurado a la mejor solución de minería de datos dotado con 400 €

·         3 accésits dotados con 200 € cada uno de ellos.

·         2 accésits dotados con 100 € cada uno de ellos.

En el caso de los grupos, cada premio se otorgará a cada persona miembro del grupo de manera equitativa con independencia del número de participantes.

4.    Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes

4.1. Plazo de presentación

El plazo para solicitar la ayuda se abrirá a partir del día siguiente de su publicación en el BOUA hasta el 2 de junio de 2025, a las 23:59 h. 

4.2. Procedimiento de presentación

La documentación se presentará mediante el envío de un email a la dirección electrónica: jnmazon@ua.es, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Se adjuntará la siguiente documentación:

·         Un documento con el nombre, la dirección postal, el teléfono y el correo electrónico de las personas participantes que forman parte del grupo.

·         Un enlace a un notebook en Kaggle o Colab o similar que contenga los resultados del trabajo, código y documentación del trabajo realizado (se debe publicar con una licencia abierta).

Cada uno de los grupos deberá realizar una exposición pública de la solución desarrollada durante las jornadas de IA y datos en turismo que se organizan la primera semana de junio en la Sede de la Universidad de Alicante en Torrevieja. Esta fecha se concretará en dependencia de la disponibilidad de aulas por lo que se avisará a todas las personas participantes con antelación del día, hora y lugar de las exposiciones.

5.    Criterios de adjudicación

La asignación de premios se realizará siguiendo los siguientes criterios:

·         Impacto de la solución desarrollada, así como su creatividad e innovación (20 puntos)

·         Uso adecuado y original de datos, incluido el uso de datos externos (20 puntos)

·         Adecuación del uso de técnicas de minería de datos o aprendizaje automático (40 puntos)

·         Grado de acabado (10 puntos)

·         Exposición (10 puntos)

6.    Órgano Gestor y Comisión de valoración

6.1. Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia es el Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas, contacto: iuit@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente. 

6.2. Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes se denomina "TILAB Cata de Datos 2025".

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas.

La comisión tendrá la siguiente composición o, en su caso, personas que los sustituyan:

·         Presidencia:

o   Concejala de turismo del Ayuntamiento de Torrevieja

·         Secretaría:

o   Director de la Sede de la Universidad de Alicante en Torrevieja

·         Vocales:

o   Coordinador Técnico del Laboratorio Universitario de Turismo Inteligente.

o   Representante del Consejo Municipal de Turismo de Torrevieja.

7.    Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://lab.turismodetorrevieja.com/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 15 de junio de 2025. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista la propuesta motivada de la resolución por la comisión de valoración, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

8.    Marco legal y presupuestario

La presente convocatoria con código 2025SBV130, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2025LS024 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2025) de la Universidad de Alicante. 

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria de un máximo de 1800 euros será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 41.60.4B.00.01 del presupuesto del Instituto Universitario de Investigaciones Turísticas. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

9.    Obligaciones, justificación de personas beneficiarias y pago

9.1. Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias, además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

·         Es responsabilidad de las personas participantes asegurar que la propuesta sea original.

·         La aceptación de participación en esta convocatoria conlleva que la persona participante autoriza a la Universidad de Alicante para la publicación y difusión en todos aquellos medios que estime oportuno, los resultados de los proyectos desarrollados y presentados, además de cualquier información relacionada con los resultados, para darla a conocer por cualquier medio que la Universidad de Alicante estime conveniente con fines de divulgación y promoción del evento, respetando en todo caso la normativa sobre protección de datos.

·         El código fuente de los retos desarrollados, así como los recursos necesarios estarán disponibles bajo licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike (CC BY-NC-SA).

·         La participación en esta convocatoria comporta la aceptación de estas bases, que podrán ser interpretadas por el jurado y la entidad convocante en aquellos aspectos no previstos inicialmente.

·         Realizar una exposición el trabajo desarrollado en la Sede de la Universidad de Alicante en Torrevieja.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

a)    Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación. La actividad subvencionada debe realizarse desde 2025 hasta 2025.

b)    Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos. 

c)    Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control. 

9.2. Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del beneficiario será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para la concesión.

10. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de gestionar y tramitar las solicitudes de participación en esta convocatoria.

La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante, y en el consentimiento expresado en su solicitud de participación en ella.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Le informamos de que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es.

La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html

11. Recursos

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el artículo 6.4 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna. 

De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, no se podrá presentar recurso contra los actos de trámite, salvo que éstos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto o determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

En Alicante, a 13 de mayo de 2025

La rectora

P.D. de firma, el vicerrector de Estudiantes y Empleo

(Resolución de 19 de diciembre de 2024)

Raúl Ruiz Callado